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> AAAA 36 Tratado XVIH.De los Contratos. 0000 y 305 Pero advierten todos los DD. que lo di cho le entende ,demodo , que vendan las colas tiempre fin txccder eljulto precio, y eite ferá ayuel que les feñalare la Republica , 0 el Govera nidor 3y li no fe les feñalaró O taffare , fer el juílo precio ¿quel , en que comunmente fe vende entre los timoratos Mercaderes , y Negociantes, Y sfsi no pacden exceder dicho precio ,alegam- do' elcofte de los portes, O que les han collado mas que á losotros , 0 que han hecho mayores exrenfis en tracrlas, que los otros, Porque todas dichas colas fon extrinfecas al valor de las miímas colas, Y afsi , aunquedá vno le ayan coltado , más que á otro , quando las compro, O aya lischoma» yores expentas en tranfportarlas , no por elto po= ri venderlas en mayor precio que el legitimo, O taflado par ley, O Republica, ti Jo huvjere;y í no lo huvierce,no padrá venderlas en may or pre- cio, que aquel en que comunmente fe,venden,fe. gun la comun priítica , y vío entre femejantes Mercaderes , y Negociantes timoratos. Tambien advierten los Autores ,que los Mercaderes, Y Ne= gocianres , que fe obligan 3 proveer d la Republi» ca, aballecerlos de los generos , y colas , de que neccísita , podrán tambien venderlas algo mas ca- ro , que los otros Mercaderes , que no tienen tal cbligacion , ni han hecho femejante paéto.. Por que en virtud de 81 fe exponen 4 machos peligros a tener mas cuidado de proveer 4 la Republica, y fc exponen multas, y penas , que les impongatr. Mas no queda al arbitrio de los talesel vender las cofas, dandolesel precio, que ellos quiliercn, fino que han de eftár al precio , que les talfare , 0 leña. lare la Republica, quando hozen [emejantes pac tos , y lo deben oblervar relpeto de cada merca. dui ia. / ( E h 166 Y de aqui- advierten muchos DD. que los Confelfores atiendan mucho A dichos «Merca. dercs, y Negociantes, apremiandoles, d que ob-, ferven la doctrina dicha en efta conclulion ; y 4 que no vendan mas care, alegando los titulos, de averles coltado mas que A otros ,d aver hes cho, mas galto en el traníporte , pues por efta Cau- la no pueden levar mas. Porque fucede muchas vezes , que acuden 7 los que no fon Mercaderes, con femejañtes colas ,4 las plaZás , Mercádos ; 9 Republicas ¿y abundando por elte medio las mer2 cadurias, O generos ¿fuelen valer comunmente 10 en dichas Republicas más varatas ,que las com- praron los Mercaderes , menos qúe cllos les cof. taron, Y comofegun lo dicho deben atenerfe al precio común , y Corriénte ,no podrán en dichos calos venderlas, aun en el precio, en que 1 com. praron , find que fi quifieren facar dicho precio las avsán de guandar, halta que el presio co. munfca igual, á aquel en que las compraron, En Ayo A yok kk Kyo Cafos praíticos acerca de la Ce recói se SEE teria de la Compra ¿y venta. SUMARTO, Si es liciro vender las cofas de que regula Juelen vfar mal los compradires If resener en conciencia el precio re ellas! A num, 367644375. 010 2 Quando [era liciro 4 un Clerigo trat char por medio de vn Mercader y di nero para el traro, y recibiendo pare AM 72d EN Stesliciro 4 los Clerigos comprar fr vbas olivas, MANZANAS y Y conducir ) para facar los licores ; y venderlos? Y ¡ 378. ad 381. 0 Si es liciro comprar cantidad ¿grande tiempo de abundancia, y venderlo d ¿+ tempo de penuria? anum. 382. ad. Quando es licito comprar. una dend de loque es la cantidad debida A , Serálicito? 4 num. 38514d 398.) 0% Si es licito 4 dos Principes Soberanos oficios ferubares de fu difirico , y jm AMM, 399.0d 405. CASOTi e L : P : 4 A: 367 Le folia vender algú + de que los compradoR mal , como, erañ corderos 4 los Judiospa crificios , Idolos:4 los Genriles , vene Chriftianos , añillos , [ellos aftronom cos colas, de que regularmente fe fucle vlar H góntafe : fi dicha venta era valida,y pú nioen conciencia retener, el precio , que por dichas, cofas > Supongo », que prel antes de telponder ,0 para darla pecado , que cometia Litonio vendiendo propueftas en el cafo;pues el (aber qual caba, y qué pecado cometia Litonio en dié ta , pertenece al tratado de elcandalo; 1 munmente lo tratan los DD, y las caulas, neceflarias para jultificar dicha venta ¿4 temirimos. Efto fupuefto, ¿CARO 368 Reípendo, que dicha so y podia Litonio en conciencia retener El que por dichas cofas avia recibido,y au en calo ,que el yá buviera entregad y note las quilieflen*bolver. Ella Lugo /04.¿. vum. 19. Salmanticer num, 32. Y larazón es 5 porque para: la venta baíta , que aya igualdad entre dida , y el precio , y que ne inter ye injullicia: Arqui ,en el calo de LitonioÑ que vendia diehas colas por el julto prec ES EM My? 7 AN A LR o Ed Y,

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