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328 Infranci4' tontra la [olución antecedente. 321 Icito es el contrato, €h que Pedro did juan vna viña, y fuandrd Pedro , vna cafa para que cada uno goze ¿ ¡de lo “que recibe halla que alguno de ellos buelva lo que recibió , como lo dán por cierto Lugo num. 134 Salmanticenfe num. 10.con tal , que el vÍut: uto,y evtilidad de la caía ¿que Juani dió á Pedro fea igual al víuftuto., y vtilidad de la viña ¿que Pedro did Juan : luego tambien cs licito el contrato en que Pedro 41 1os mil elcudos a luan , y Juan da la vio ñad Pedroenel modo explicado en la objeción antecedente: O 722 Relpondo ¿concedo el antecedente con dichos Autores, y niego la:confequencia. Y la dila parid d conbilte ; en.que en; el cato del anteceden. te, no ay. mutao exprelo, hivirtual, (¡no lolo vn éontrato de permuta del. víufruto de la caía por el vfufruro de la viña ,la qual permutaes licita, ob/ervandofe dicha igualdad , O avrá contrato de alquilarla viña, y la.cofa por igual, y correlpon. diente precio , lo qual tambien es licito. Pero en el calo del confíguicate , enque Pedro de los mil éícudos 4 Jaen, ay mutuo 4 lo menos implicito, G virtual ¿por el qual nada fe puede levar ultra farcera , 85 09 doncurren dichas caufas , 0 motivos del lucro coffante , O daño emergentes Y aísi ho óncurrientocíle en Pedro, no podria gozar de S viña recibida de Juan, COAS:0 FIL, 32y Craviano vendio: vna heredad 1 Juliano 3 y paffado algun tiempo fe difíolvio dicho contrato de venta. Pregantafe: fi los frutos ¿que la heredad prodúxo def[de quefe celebro la venza, hajla que fe difoluio , eran de OGG aviano, ode Juliano? Antes de relponder al cafo, fupongo, que el contrato fe puede diflolver de cinco modos, El1.'es por uuevopatto; O có: traro,con el qual los contrayentes arrepentidos del primer contrato lo revocoW , y deshazen. Y en elte calo li el contrato fue de compra", O venta, dicha diflolution, O refcilsion es nueva compra; y venta. El fcgundo modo es; por averíe ecle - brado corel pacto, de adiectionis in diem ( G dize cl Jurifta ) y es quandofe vende vna cola, expre» fandofeé en el contrato ¿que li el vendédor dentro de vn año; Y. yr. tuviere conveniencia de vender la cofa con mejorescondiciones , defde luego le de la cofa por no vendida, El 3. es, por el paíto de la ley Comifloria”, y es quando te vende la co- fa con tal condición , y ley, que fe pague dentro de tanto tiempo ; y fino le pagare dentro de el, fe de por no vendida *, O le de por nulo el primer contrato yO quele de por diffucito. El 4.85, por el paéto de rerroventiun, como fi fe dice: te vena do eita cola, con tal condicion, y paíto, que del- Tratado XVI. Delos Comvrátos: pues, quando yo quiera me"a has de bolve: ger, El 5.quando ¿bcontrito fe celebiida, ¿Aguna condicion , y ela no fe cumplió", ver có. Veale Lelsio dub. 15. ¿mum 122.404 Silmanticeníe; $, 4¿nunás 2 1, Bonácina. fu 2.0.1.0 2. Ef polis, UN 324 Reípondo lo 1.que li el contr ta celebrado entrreO aviano¡y luliáno fe por nucvo, y reciproco pacto, y contrate tos, que en el tiempo intermedio produx dad erantodosde Juliano ; y los que del; dicha difolucion produxerc , ferian de GH 09. Ella refpuetta cs detodos los DIDIER Lefsio 12m. 122. Salmanticente iiem. 2301 cinamam.8. Tapia arric. 164 mamo 1, Y y es patentes porque defde que fe celebtd'el contrato, halla que le difolvió, era Tuliar de dicha viña, y el peligro: de clla core guenta, y ricfgo': luego losfrutos, q dió, eran de Juliano, y pará cl £r + Viña. e: 325 Y lo mifmo fe dize pord con dichos Aurores : quando el conta : pra, y venta, le difuelve, «Y refcinde po dio dela ley 2. C. de ve/cindenda wd 4 es quando el vendedor fue engañado $ perjuizio emmas de lá mitad del jof 0 bl comprádo? no le lo quietefuplir, e cinda el contrato, Porque ¿como q venta fue Tojulta, no obltante elto translado el dominio de la cofá en el é y afsi elte tenia derecho a los frutos pe dicho tiempo intermedio;y á los quelg al ticapo:de la difolucion bel contra dl eltimación ,queal difolveríe tuivie "Me por la iojulticia , que comctio al cele contrato injulto , devera en conciencia recompantar al vendedor todo aquelló fue perjudicado por dicho engaño, € 18] contrato, O porno averle dado eljuke p le aviade. aver dado'al principio, "HA 326 Refpondolo 2; al cafo , qu que Otavianohizo 4 Juliano , fue : laley Comiforja , con palabras cxpreal reétas: como file la vendió, con tal com ley; queí uo le psgaba dentro de tántó! fe diefíe la viña por vendida , 9 el c6 di difluclto defde cl mifmo tiempo y ER bro yo la vendió ¿dichos frutos , que viña delde el eontrato de venta, hal cindió, y diffovió , por no'2verla p no dentro del tiempo prefixo,, pertef viano , y eran (uyos. Y tambien eran: tos de Oftavisno, lle hizo la venta! ¡ccHonis in diem con dichas paldbras direótas: como fi huvicllo dicho 4 con tal condicion, y ley que dem tierapo hallaba ocafion de venderle condiciones, fe dicíle la venta, y COM ló dele luegos pe ó y 0 «+ 7

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