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312 Tratado XVII,De los Contratos; ) 0 los textos citados en efta refpuelfta. D. que infe- ren Leísio, lib.2.cap.40.dmb.3. num. 18. Sanchez d5b.4.im Decalegum sap. 3.nuro. 9. Leandro/upro difp. 10.9ueft. 3. Tamburino.l3b. 1. cap: 2.5.8, mm. 3 ¿con cal todoslosDD. Que la diferencia de ler núlo , ¿invalido el voto hecho por dicho miedo,y Lar valido el juramento hecho por el'mil- rpo miedo , proviene (olamente del derecho Ecleli- aítico , y no del derecho natural , como algunos quieren. 232 Tambien (le puede reíponder á la ebje- cion cen Torrecilla num,200. Salmantieeníe dicho mm.6 4.queaun atenta la difinicien del juramentof y veto; (eintiere , que le requiere mas volupitaric. dad , y libertad para el voto, que para el Juramento, pues elte le dife: Invocario divininominis ad fi- dem faciendam , vel promifsionem firmandan. O Segun outos Invecario divini re/fimenijad idem fa- ciendam Y aísi, lolo le requiere en virtud de dicha difinicion , que el juramento lea de coía licita , y fuficientemente voluntario , y libre con aquella li. bertad , que balta para pecar mortalmente. Lo qual tiene ei juramento hecho por dicho' miedo grave; pues parael pecado mortal balta que el ao [ea yo- luntario , /¿mplisiter» Y el voto le difine : Promif- fio deliberata Deo facta de melioribono,Ó pofsibi- di. Como fe puede ver en les que tratan de diches voto, y juramento. Y aísi todos los Autores alsi. entán , que no puede [er materia del voto , la ceía mala , ni la indiferente ; porque la yna, no es bue- ma, ni agradable a Dios; y laotra, no es méjor* hazerla , que dexarlá'de hazer. Mas el juramento fiendo hecho ¿loshombres , puede tener por ma teria , no lolo la cofa buena , fino tambien la coía indiferente. 233 Dedondeinfieren los Doktores arriba ci. tados , que como el voto fiempre requiere materia agradable , y aceptable por Dios, y que (ea mejor; y elto no fe verifica , quando lo que fe ofrece , 9 promete 4 lu Magcítad , le haze violentamente , d por miedo, fegun lo quedixo David : Plal. 53. Volunrarió facrificabo ribi. De aqui es , que ) para que aya verdadero voto , le requiere , que no aya ecaccion, ni violencia, Y miedo. Pero para el vali. do , y verdadero juramente balta ¿ que fe traiga d Dios por teltigo de vna cofa, con ral , que no Íea mala , y que aya fuficiente voluntario ,y libre para pecado mortal. OBFECION. PL. Contra la mifma refpuefiaz 234 L juramento figue la naturaleza del ; acto, óÓ contrato , lobre que recae, Tegun la regla del derecho: Zuramentum regula. rar fecumduvs naturam aciws cui adijcitur, Leg. Ulrimg ,C de non numer. pecun. Luego k el con. rato , Lobre que recayO el juramento de Tapelio -Lrato, que es to principal. “ble, precilo , y fecluío di juramento, yd era revocable, o re(cindible, tambien lo Cerf d ramanto : luego dicho juramente-io fue valido, obligatorio; pues (lo fuera , no lo podria el mo revocar. Confirmale; perquela pron por miedo grave , esirrira, 8 irritable, 4 laj tad del promitente, como dirémos adelante + fi cambien el Juramento , queañadió Tap contrato , fue irrito, 0 ¿lo menos irritab le AE E trio del miíme Tapelio; y por configuiente era valido , y obligatorio 5 pues el ju 4 accellorio figue la naturaleza de la prom a 30 235 Reípondo, diftingo el antecede juramento figue la naturaleza delalto, d con Lobre que recac, en mashas cofas , concedos cedente: en todas las eofas , niego el ant ce niego la confequencia. Porque en quante' lido, d nulo el juramento , no ligue lam del contrato , lobre que recae 5 pues es A entre todos los DD, (como arriba (e díx muchas vezes es el contrato revocable ¿06 pucíte elte esirrelcindible , ¿irrevocable confirma y corrobora el contrato , y Íef lervar aísi.el juramento , somo el conta donde coníta claramente , que el juramen gue la naturaleza del eontrato, en 944 el juramento, quando el contrato porH positivoes anule , y puede muy bien el juranento , en razon de tal , lin Íe en quanto centrate, 236 Ala confirmacion le coles de endo el antecedente , y negando la cOn por la miíma razon dicha porque 1026 ligue la naturaleza de lo principal , en 4 las, ic [on proprias de cada vano, 9 porÍ le diltinguen , en ler de accelorio, y ri ' alsi , aunque el jurumente («a acceorio mella , y: efta (ea nula , e irfita,9 irritab! € [e haze por miedo grave: no (e infiere, qu to, O irritable el juramento añadido , dell pro libiso 0 dla voluntad del quelo kh . revocar , como le puede revocar la pren en quanto al valor ,0 nulidad , mo fig leza de ella,(¡no en quanto 4 otras condigl por íu paturaleza , coltumbre , 011 0 contrayentes, $ poralgua derecho ¡ent to y O lapromella., Y atvi el jurament fue valido, y obligatorio, y nolo po% dexar decumplir por lu arbitrio , y VOluÓf que lalo podria obtener relaxacion, 0 7 : de el , 9 cumplir con la momentanea Lo1d deipues repetir , y recobrar en jul diante legivima autoridad, lo que re pagado. d 4 AA yo *kygh jes Ae

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