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> .n AMP PET y Da PE > 304 Tratado XV HL De los Contratos; los menores lobre las epfas immueble»,9. mucbli s» que fervando fervanri pofune que los celeorad 'S (obre lascofas muebles , queServan io fervari non po unr ¿fobre que contraro Ritonto. Y etto aun (egin el milmo Sal manticenfespues en cl num.40, confiela con todos los Doétores , que los contras tos de los menores fobre dichas colas inmuebles, y mucbles, que fervando fer vari pofunt , 10n irritos , y nulospor derecho en ambos fueros inre- rior, y esteriór. Y enel num. 70 Y 71. leva, que lós cobrratos de los menores [obre las cofas mucbles, que [¿rvando [ervari non poJuns , Lon validos en el fuero interior , y lo miímo lignifica, O lupone enel 2um.41- Y alsi ablolutamente ha. Blardo , no es Ver Llera la mayor, de que los de— fechos irritan , y anulan igualmente, O de vn mil. mo modo los contratos de los menores Ídbie di. chás colas inmuebles , Sc. que Íóbre las muebles, que Jervando Jervari. pofunt, 183 Lamenorlegunda le negd.Porque aun. que dicho Salmanticente mum. 7 3.c18, afirma,que no fe confitman con juramento los contratos de los menores fobre dichas colas inmucbles, d mue- bles , que /er vando [ervari prfu:-e 5 *.<chas lin autoridad , y decreto del Juez 5 pero lo contrario es mas comun , y fundado ,cotno le puede ver en los DD. que exprefamente lo arman , que fon Sanchez, dicha difp.38. nnm. 1 3.Torrecilla /upr, Sobre el 4.quajfit. 4. num.8 4. Lacroix mum.? y 1: Cafpente difp.1.fec?.24 mum. 23. Machado fupr. brait.9. docum. KR. mum. 1. y Otros, que cltos ci. tan , y le dixo en el $. antes. concluf.7. nm. 134. Y la razon es; porque aunque el derecho irrita, y anula en ambes fueros el confentimiento de contrato de los menores, celebrado lobre dichas cofas inmucbles, fin decreto,y autoridad del Juez; pero quando fe añade el juraménto 4 "dichos con», tratos, el mifmo derecho revoca la difpolicion con que los anulaba., y quiere, que el Confentimiento Quede con la firmeza , quetendria fecluío el de- rechoanulativo. Y como fecluío dicho derecho, y tomado el conlentimiento,/ecundwm fe,era va. íido : por efto puefto el juramento es yá valido el contentimíento , y él contrato, y efte le cónfir ma par el juramento , como dice Lacroix,O legun Machado : dicho juramento fuple el defefto de la menor edad , y por él el menor le haze mayor 5 y por configuiente, alsi corno le contirmaria el con. trato por el juramentó añadido , li lo huviéera ces lebrado vno en la mayor edad > tanbien le confir- ía, quando lo celebró el menor. inflancia contra la frlución dada al anrece dente, 184 S el contrato celebrado por Ritonio, fobre las coías muebles , [obre que recayó, fuelle confirmable , d te pudiele cona firmar con juramento , y tambien le confirmaile con el juraménto el contrato de los menores obre las colas , de que necefsitan de autoridad dn pra contratarlas , O enagenarlas, quando dich cuntratos [e célebran fin auroridad dal Tutor! Curador ¿0 (in autoridad , O decreto del iW eltando los contrayentes proximos 3la. pubert tambien [e confirmariah (1 dichos contr celebrallen no eftando proximos 4 la pub; AtGqus , ningun Autor dicg , que pueden conh marie dichos contratos de los.pupilos,y wm celebrades,quando no eltán proximosa tad : luego tampoco fe confirman por el: to ,aun quando le celebran citando pr la pubertad ¿como lo eftaba Ritonio , O diacítar, ] DN 185. Refpondoal argumento,negande quela de la mayor. Porque, como [e dixo ene sonfer. 5.1, /mp.10..1.1 1 5. por cierto entraba los DD.el juramento no tiene pur fu naturaléN co nfirmar , y dir fuerza , y valor a los contt fino folo por derecho poísicivo humañas Y nunca dió tál fuerza,y vigor al jurament o de pilo, que no eftá proximo a la pubertad, € ! dán por indubitable rodos los Doctores, 4 fientan, que nunca dicho juramento Conf contratos de dicho pupilo; y por conliguial confirmaria el Ritonio , fino eftando'h la pubettad., le huvie/Te añadido jura 186 , Y añado; queaun áy d DD, fobre fi el juramento del puf á la pubertad, corrobore el contratofH 9 li es nece/fario , que ya fea puber, y €N la pubertad, Y aunque fobre eta qUe man muchas , citados por Thomas $4n6 hum. 15. que dicho Juramento del p mo á la pubertad confirma el contrato” recae. Y dicha opivion la califican def miímo Sanchez , Machado /up. muma2s N Ji. 3.num.2 140 Lagroix num. 720: 20% fundada opinion lo niega , y dize , queés rió ¿que Ach le haga aviendo MM la pubertad, para que confirme, y des | 1 trato. Y aísilo defienden dicho Lugo ¿yA en los lugares citados, Sanchez. numa Cilla, [npr. num. 39. y Machado en € Porque los derechos , y leyes piden forma la edad de la pubertad , para mento confirme los contratos, Replica a favor del Salmaricenfe y: j Objeción quinta, num» 18 Ys 187 OS contratos celebf Í: menores lobre colas: y muebles, que [ervando [ervari pl los, ¿irritos en ambos fueros ¿ quand fin decreto , y autoridad del Juez », obligados civil , ni naturalmente por le alientó por ciertó entre los DD, $ ella confera fup. 7. num. 112: £ Lon nulos enambos fueros los contraH
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