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a E € *.; > PoR E seftitucion, por eftár afsi difpuelto, atendiendo á evitar muchos pleytos,y dilcordiasentre los Pro- feos, O (us Re'igiones, y aquellos, 4 cuyo favor hizieron la renuncia, ¿ 148 Lo 6.5eles niega el beneficio de la rel- titucion 4 los menores quando celebran los cON- tratos,aviendo añtesimpetrado del Principe la ye- mia de la edad , y el contráto lo .celcbran lobre aquelfas colas, en que tiene lu efefto dicha venia de la edad ,de quetratán los Autores, fobre el 4. del Decaloga. he 149 Loy7.felesniega tambien (degun algu- nos ) quando celebran los contratos aviendoleles abreviado la edad por derecho municipal , O-por eftatuto, Puesdicha abreviacion obra el miimo efefto , quela venía dela edad concedidá porel Principe. Aunque otros juzgaó lo contrario. Veas fe todo lo dicho en efta 8. Conclulion en Torre- tilladicho $. 3. quafir, 2.4 numer.119-4d ras» Leísio'num. 6.5. Salmahticenle dicho 20.79 Don nacinafupr. punct.vliime 1.3. Villalobos 41f. 11. AD. As S so Concluñion y. El beneficio de la reflitu- cion inintegrum > le concede4 los menores en fmuchos calos, Es detodoslos Doliores , nemine diferepante, En el Salmanticeníe m. 76. Torrecillá qusfir. 3 portodoé!. Tapia (¡Vs que Hi6sarr.S, Bonaciná fupr.n,4.7'/e39. Lelsio num.63.L0 1, quando en alguna venta vendieron la cola en me- ños del juito precio, aunque fea menos que la mi. tad 5 queentonces puede implorar dicho beneficio de la reflirucion para quefe le reftituya hatta el Júlto precio. Y h.eraconveniente, que la cela no fe huvieile vendido , podra vlar de dicho benehi- cio'contra qualquiera pollecdor de dicha cofa para que fe le reftituya. Y aísi advierte Tapia , que los Que contraen con los menores, pura obrar pruden- tementejy les han despedir fadores para el cumpli. fiento del cóntrato. Y lo milmo nota'el Salman. cenfe. 151. Lo 2..[eles-concede dicho beneficio.) íi pádecieron dio , dLelsionen el mutuo , como Í1 recibió en mutuo alguna cantidad de dinero , y lacontumiód inultimente , dla Balto en juegos > 9 prodigalidades , podrá víar de dicho beneficio , y privilegio para pagar lolo aquello , en quete hu- vielle hecho mas rico, y negar todo lo demás. Porque á quien le lecóncede la accion, le le con- Cede tambien la excepcion ,0 retencion , ex leg. Sijér rercutiontm, €. de vfur, leg” 22 C.de fidel Copmi/. leg. Patre Juriojo iF.de his,qubJune [ui Del alientiuris, cap. Qui ad agerídum 7 1. de re- an mur. 18 Coguiad azendam Admiricur > efi ad ecipiendum muito magis admiteridos. 152 L3.(leconcede el beneficio de la rel- titucion ía inregrum alideñor, 2 quien el deudor hizo alguna paga lin licencia del Tutor ,9 Cura- dor , que entonces podrá, fegun derecho, y en conciencia implorar el suxilic del Juez, y com- peler al deudor, d que le pague fegunda vez, mex Tratado XVI. De los Contratos, > nos que el dinero ¿que le pagd.elli enf, equivalente ,0 le aya convertido en y dicho menor. Aunque es verdad , que ño eftara obligado el deudor A hazer mu 9 folucion antes de la (entencia del Jue la primera paga yy folucion fue valida. mente, 5 ¿ON 153 Pero (dicha paga,9 (olucia con autoridad , y licencia del Tutor queda libre el deudor de hazer nueva! que el menor podrá vlar tambien ¡en bene£cio de la reftirución , quando huviere perdido , 9 cóntumido:» Y Pam mente por dicho menor.Mas.en efte 10) deudor accion contradicao Putorao e cuya licencia pagó, al menor» Pero di huvieteshecho competido por la autor E tencia del Juez , que larael deudor tor bredenueva paga, y no le podrá ylareN dicho beneficio, ACI 154 Lo 4. le concede dicha reltivuciona los menores , quandoh table lelsion "por algun contrato gh At quando. hazen donacion de cola Mbx y razonable cauía.Pordúe entoncerie! nificados:en dicha donacionsPero n Aa y julta, y razonable caufa, como pa gunos obfequios 9 beneficios rdf Propter 1uprias alganas moderad arras >0 lo quefuelen llamar “po O podrán v(ar de dicho beneficios Cao no le juzgarlo damnificado QUe heria vnomayor, prudente, Y 155 Los. pueden. víar dell reflitucion , guanda padeccá 10% table en algun quaíi contrató, € Pudiaron alguna herencia vel y P admitieron algunadañola, Lo 6% dicha beneficio ¿quando perdieron alguna eleccion , d fucron dalmb eligiendo la plor parte. Y 2duien dicho beneficio dela refficucion aver repudiado herencia vtil, Y adi la; (e entiende, atíñique lo avon hecho dad del Tutor, Y Curador. Torredill , asientan por ciéetto, que les compete! ficio dela reflitución j» integrum A dí res > fiempre que fe hailaren dam il chos calos »HcoÍas , 4unque los confentimiento,y voluntad de los" radores, Y aunque la eñagenación bles , y preciolos , que /ergando la avan hecho con autoridad del li lo dicho en efta concluñón 9! Cilla 4 númer.126.4d 1 2 4.Macha Part. 7. track. 9.docum. 10, Salim num. 76. Bonscina, y Lelsio, enl dos. Tapia ¿mpm. 2. ad $, Añad: Otros , quando perdieron algo_ prelcripcions y O O

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