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' TA Tratado XVIM.Delos Contratos" ticres, no fufpenden la obligacion del contrato Para que obliguen dichos contratos, fa bado no que defde luego es hirme, y validos menos que pli- la condicion en fórma e/ pecifca 6 Ml Ñ E . í z y A - a É , » " 1 dichas condiciones generales le pongan en los cumplirfe en eqmvalente, n. a del contratos con alvuna modificacion ,O circunítan: Perificada la condicion en forma e/peeifica cia, que'ño ncluyeen si; como li [e dixere+h tu g+n abfoluramente dichos contratos, if ari i E h conkintieres, y [e Megare á probar manificftamente cefJario que purificada la condición, | ta confentimiento,que en cfte calo, le (ufpenderá el confentimiento, non. 44 | del com j » Ki y el valordel contrato , halta dicha prueba del com-- ME y Íentimicnto. 4 ei Onclufñion 1,el confentit 24 Eneclm. 612; fedixo, quela condicion gido', 0 folo los figna Md honcíta de forsuro contingnnte, fulpende el valor Con que le manifiefte , que le celebra € del contrato haíta que le verifique, y cumplala no teniendo real , e interior confentis t j condición, Y en el m.92 zule dixo,que dicho cone * ¿balla para producir obligacion interio 0 er trato celebrado debaxo condicion honefta de furua «ciencia. 'Effa conclulion' es cali € ent ro contingente » puelta, y verificada dicha condi. Dottores , como (a puede ver en el Salir | UR "cion, palla luego á ler: abíoluto , y perfecto lin ¡punét. 1, mira. 7. Lugo difp. 3.2. ! nuevo confentimiento exprello de los contrayena Prado. quae/?; 2.5. 1.9.3: Y confla cla : ; "tes; y Lolo con que no te aya retratado dicho con lo que diximos en dicha Confer. 5. $ im Mentim; ento condicionado, lino que perlevere yir- 547. donde [e alfento por cafñi find cual, y moralmente. puede aver verdadero matrimonio,/fi terior conlentimiento. Y que; 2un] A O con lu abíoluto poder , no puede ha y j proprio, y verdadero matrimonio, li e Conclufiones acerca de los contratos en general. Verdadero Confentimiento de los, E A! Veante alli las razones”, y la toluci n 14 SUMARIO. puede objetar. 0 EN 26 Conclufion 2, los conta | El confentimiento fingido , 0 puramente exterior por miedo graveinjulto, que cab mo prodace obligecion en los consratos, hablan tante, impuclto ab extrinfeco dif e do para el fuero de la cónciencia, n:25. torquéndam confenfum , d para la á El miedo grave injufto, que procede ab extriolecd, Miento del conttayente, atento 4 ¡ y/e pone dircitamente parafacar confentimien- ¿ural, lon válidos (excepto el de tí ro del contrato ( como nofea el dei matrimonio) que hablamos enfu lugar) y clto, 014 A no loirriza, y anula, atenty el derecho narural, tratos lean honerolos , oraleané Y eftofe enciende de Los contratos, af:5 honero— Yos.TtaLugo/up.febt,7. num. 1 Y 00 y fos,cómo [ncrativos, 40.25,4d 29. Puntts 2.1um.1 1. Tapia artic. 3.10 m Y A NA Dichos contratos celebraqus por dicho miedo gra- lefect.q num .39 Lacroix num. 6 364) ) . l veinju/to y aun atento el derecho pofsisiwo , fon. 1-$.3+m. 22. Bonacina dif p.3» , ¡E 1d validos; pero fon refcindibles por el Juezy af= $.3.M.2.y escomun de los Doéto , le pl Ed fi veniun: irritandi, 4 1.30+.4d 33. logos, como Canoniltas, contrad! Ñ HE ¡Quando Jera valido el contristo celebrado por de. man. , que todos lon irritos ,0' N lo. bo, 0 engaños coRCOMILAN! E, que foto [e termine;y OtTOS > quedizen > ler nulos los c6 : fea acerca de las qualidades accidengales de la Vos, 0 gratuitos, y validos loshoe materia del contrato an. ad 36, Lc la gonclufion: porque , atento ' Y ls Qué obligacion tenga el que camso dicho dolo ,o ral, Lsfíta para el valor de loscáni ' engaño ,que huve en el contrato? uumer, 36. timiento libre, y voluntariode 1 009.370 a , Sed iceft , que el contrato cel E Que condicion es imp-Jsibles:puefias en los contra- miedo grave impuelto para (364 y 5 s0sy y fiendo conocidas por imapofsibles , anmien, . to, le celebra con coníentimien 1 1 "e drricentos contrasas2( nofe babla del marri= tario: luego, atento el derechoA > ; E monio, e[porfales , ni vltimas volwatades )y en dicho contrato. La.menor (ep : el que fuerolos anulan: 41,38.4d 40m mo alsientan todoslos Dodte El | "Como, y quando [ean validos yy obligatorios los com- más, el miedo mo cauía invol tario, $ ) eratoscelebradis debaxode condicion defucuro Ó abfolure , lino folo fecundum'% E contingente, licira,y bonc ta? 1.41. contrato celebrado por.dicha 1 al ei De los coptrares celeb: aqos debazo de dicha eondi. puelto para lacar el conientiaWl ' : . p : ciosminguna de las partes puede rebroceder fin” conlentimiento libre,y voluntáW B Li LJ confenriamento de le orra y ances que Hegue el 27 Y le confirma : por € 4 Adi LA ciempo para peripcarje La condicion » guwer. natural, no le requiére mas ES ' ¡ 43r : el valór del contraro , quey ele j

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