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Conferencia 1.De los Contratos en general, ms 273 pi fentimiento: Sed ficeft, que quando ay do- ay oras divifiones de ella > que fe pueden ver dis O poor antecedente , acerca dela. fub lancia fulamente explicadasen dicho tradt.13.Confer. +, Jo, y en del contrato ¿no ay libre conlentimienta de los contrayentes: luego el error, y dolo antecedente, e S.L. 20MSGSS.S 56.) 557. 4que nos remitimos, por no repartirlas áquizpues todo lo'quealli fe din acerca de la (ubítancia del contrato, anula, ¿irri- xo en orden a dichas diviliones de condiciones ' ta porderecho natural el contrato. La menor fe modificaciones,en orden al contrato del ipueba! porque donde ay dolo, y error ántece= nio, (e pueden facilmente aplicar d los d tte yactrca. de la lubltaacia del CONtrato, ay ig= tratos... norancia , O carencia de noticia , y labiduria del 21. Supongo lo 10.que los contratos ecle.. CONtrALO : Arqui , con dicha ignorancia, y caren» brados debaxe de condicion 'contraria ala (mt. dia de noticia ne cabe el libre confentimientozpues tancia del miímo contrato, (ón nulos, dirritos por alli volirum, quin preconicum; luego quando ay derecho natural : como fi el' que vende la cofa po— de y error antecedente, acerca de la fubllancia ne por condicion ;que , el que la compra no ad... del contrato , no ay livre contentimiento de los quiera dominio en «Ha. Y ete lupuefto es de toa dOntrayentes. | dos: los DoKorés ¿como fe pueden véren el Sal. 38 Supongo l0'8, que 3unque el error,con ¡manticeníe puntt.q.m,23. Lacroixndm. 501. Y que el Contrato [e celebra, [ea lolamente conco. confía de lo dicho en dicho trab.1 3Confer. 5.$. Mitante ,9 que no dá cauía contrato pa liendo di. 2%; concl.27. Porque liendo la cordicion contraria elo error acerca de la fubitancia del contrato jélo Ala lubltancia del contrato ; el que la pone ferig.. la tambien , y lo haze irrito enel fuero inte» Mmenteen¿! "caly verdaderamente no quiere con. de, atentó el derecho natural, Efte lupúelto na - traer , ni tiene confentimiento requilito para el | Escierto como el antecedente; pero esicomun, co. trato: Atgui, el contrato ¿a quien falta el rea] y ole puede ver en dicho Lacroix mum. 6 1 5.Bo. . verdadero coníentimiénto »esmulo , e ircito por ICina /upre punid.z. $.1. mum.3. Caípenic dicho derecho naturalluego el contrato Celebrado debí. +28. Salmanticenic dicho num, 1 9, y tambien xa de condicion contraria A la lubít conforme 4 lo dicho en el lugar citádo dela 4e re. Y qual íea ignorancia > O Error anteceden. lt, 9 que da cauía al contrato > Y qual error,9 8» Mrancia comcomitante , eonítade lo dicho en Íg Co fer. cir. y tambien delo dicho €n el erdéf, 14. fer. 3.5. 3. dejde el num. 1883. hala el nun. y D0.donde le puede vir. Y delo dicho en ellos condiciones. Y aísi fi dicha cor dos fupueltos. to exiftig:, delde luego es valic 19 Scinficrelo raquefi vno vende vn peda. Evidrio , juzgando quees vna vende vinagre por vino. Si ye Ade plata, como (1 fuera de oro matrimo. emi COn. 1ncia del gon. trato, es nulo, €irricó por derecho natural, 22 Supongo lo t 1. que,el contrato celebra do debaxo de ¿ondición de preterito , Ó de pre lente , no fuf ende el contrato in fut urum ; pues dichías condic O de prefente , no Lon prapria , ni lu Obligacion, ¡ones de preterito, > y verdaderamente adicida Re DIEteri Joel contrato s y ( verdaderamente no exiltid , esinvalido , Y DO AY piedra precio, contrato. Y lo miímo fe dize déla condición de nde vna cade. — prelente, Que li eta cxilte, delde luego es valido, »<smula/la venta, - y fino exiíte , delde lusgo es nulo. Veafe el lugar Me el derecho natural, y ella abligado en con Citado arriba conel. y 3.1.6 17.donde le arlentó por encia A, telcindir el contrato, 6 4 recompenfar sierto entre los Doétores. En el ap. 6 19» le dia dañó caufado. Si vno COMPFA YN cantaro de vi. X0 > quelas condiciones de futuro necellario, ora juzgando que es cántaro de AZEYTO >) aunque lean necearias ab intrinfeco > EOMO yo te vendo ien huviera comprado el azeyte, fi huviera * Eltecavallo, (1 mañana faligre el Sol 3 ora lean ne. do quelo era ,es nula la compras porqueno 'sellarias ab pxtrin/ecós 0 cn tubolición del qrpo p confentimicaro poísicivo, y abíoluto de - decreto ,como Yo te a qntoclta mala ,6 el Anci layel azeyte no Alo mas contentimiento * Chrifto vinigre; fiendo conocidas por ciertas djs. sonado, Y aísi dicho error, e ignorancia,con : ehas condiciones por los contray entes, no fufpen ES QMPIO el azeyte,que lejuzgada vinosgon. den el cóntrato, fino que ¿9/0 fat, y dede luego Mo hizo al contrato involungario ¿Lo hizo na - es valido > Y firme.Pero fi los dOntrAyentes ,9 al. A guno de ellos juzgare pOr contingentes di; chas condiciones nece (harias de futuro , O cal arios ) "Supongo lo 9.que algunas vezes (o hazen 0 > que las ratos ablolutos, y Ga condicion alguna, y 'conozca por nece'larias ,quiliere temerariamente “vezes le hazen condicionados , O debaxo de fulpender el confentimiento halta la venida, 9 Mcondicion , Y Otras vezes le hazen baxo al. cumplimiento de la condicion, no [era valido Modo. Y dicha condicion, mutlo que (e poz 'el contrato defde luego, (ina lola en cumplitna "¿BMIALO > Vnas vezes €s de preterito , otras dole la condicion. Y «fo niínto tienen 3 VNAS vezes ESpoÍsible , y otras vezes lente materia Lago di/pur- 22. (eh. 13. "Amer. Ay Y MaS Vezes es condici en la pre. om honca, corras 336.Lacroix nu . 597. Salmanriceníe m.2 Sy ES E BODCHta : vnas vezes dicha «condicj n detodos, A > Y Otras vezes €xtriníeca 4 log:con 23 . Las condiciones generales todoslos ' Mas de dichas Plpecias decendicion, contratos , goma lon : fi vivieromos 6 cucomtiaz y tiég É éN 4 '4 * A » á ' d 14 ol j , i ) y ' y ' 4 $ 1 4 5 hi ' ¡ j d + 1 ¡ Ñ ' ' g 45 11108 ' 11 A (5 Í t l fr ! 1-3 > | Wi 119 5 y ' ' , 4 8 e ed , A yA e Í Vo 4 $ : E: Í de? $

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