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« Breve Compendio de ef0e Tratado de la Refitucion, XVU fica , al que efta obligado de juftisia d impedir Obligado A reftituir, el daño y y calla, y no reprende , para emba- pero fi lo Fetratare >» yd razarlo, Non ebfians, fignifica al que debien= Jado de dicha eficdz rey - dodejulticia impedir > O embarazar el daño, elta le executa el daño , nolo embaraza.: Non manifeftans, fignifica al reltirucion, El que aconfeja el m 1e eltafrdo obligado dejufticia manifeltar, 9 evitar el mayor , -delcubrir al que causó el daño, lo calla,y ocul.. Vna perfona a to á hurtar ciento 4 Juan )leaconfeja , que no EA] Para quedichas caulas tengan obliga. le hurte (1no cinque ¿Sión de rellitutr , es precilor que ayan influido ''titairlos Cinqueata, y ¡en el daño, y.e(te (e aya executado, El mandato f4Men , O yoto para vn daño , no influyó, ni ¡para exccutar,el daño”, puede. fer explicito , e fue caula decl, no elta obligado el coníen- implicito. Explicito, comp fi el fuperior dize al cliente , O votante a la reftitucion del daño : pe Anterior que mat: 4 Pedro : implicico » como (¡ TO elta obligado Medize , no buelvas 2 c<fa halla queyoeltefa. Men, O voto fue E tísfecho de tal injuria, O halla que oyga cola algunasilaciones praóticas , lobreclto, en cla Mueva de ti, Ay mandato proprio , y rigurolo, CORfer.9.S.10m4m.740.3 741. i y elteíolo ay del (uperior al inferior , del amo 49 El quemando la execucion de ciento Mal criado »8c. Y-ay mandato improprig , y de daño v, gr. y juntamente mandó que-no (e Telle es de igual , a igual. Siendo (el mandato Aizielle mas daño 5 noelti obligado 3 reltituir ¡proprio , y tigurolo ,eltá el mandante obliga. "as que los cjento » calo que el mandatario do ala reítitucion , en primer lugar , y como haga mayor daño. El que mandóla muerte de aula principal, y el mandado ; Ó executor ,en Lolo Pedro » Lolo elti obligado 1 la reftitucion £gundo lugar , 0 como caula lecandaria. Sien, delos daños procedidos de dicha muerte , calo ido el mandato proprio , y rigurofo , fi el que que el mandatario , por matar 4 Pedro , maraí. . ando la execucion de yn-daño , revoca efia le tambien 4 otro > Ó 4 otros que cltaban tam. fazmente el mandato , £ intima la; revocación bien con el, El que con confejo, mandato, gc. al mandatario , antes que lo execute , no ef e Jepd y movió ¿otro á la €xecucion de el mandante obligado ala reftitucian, ile exe- . YN daño > €lta obligado a reftituirlo , aun en Cutare el daña delpues de dicha intimaciom; - Silo de ler cierto > que (fi él no lo huviera pero debe hazer elta.con, tarita diligencia y mandado > O aconfejado , lo huviera mandado, "eficacia ,que no, quede con duda y 9 rezelo, 9 acontejado otro, El que mandó a Juan que de que el mandatario juzgue , que la reyoca. 'Mataile a Pedro, advirtiendo que podia luce. don no es feria » Ude Veras. Y fayiendo re, der que Pedro marafe 4 Juan , y (ucediere Yocado el mandato ¿e intimado la revocacion QUE Juan quede muerto , efta obligado 4 la ref. tnelimodo dicho , el mandatario pallare á la sicución de los daños 'procedidos de la muerte ecucion del daño 50 por tu malicia , d por de Juan. Si'vno manda ,'¿ aconleja la execu_ Ograr el precio ofrecido ; ud eta el mandante SON de yn daño; y aunque al principio el man. obligado 3 lareltitucion. Si delpues:de intima, dado , y aconfejado no admitió el mandato , Y W%ienel modo dicho la revocacion del manda- Confejo , de(pues lo adajite, y exe cura el daño, 10 > olvidado de: la intimacion el mandatario, elta obligado 3 reltituirlo, el queio mandó , $ Pared exccucir el daño, es probable queel aconfejo. Aunque el mandante , 0 confiliante Ante dicho io debe reltituir , y es mas pro» del daño , quete executó , manden , d acon, € que po, | Lejen al executor que lo reltituya , elte no lo 48 El que fin aver concurrido al daño, co. reltituye , eftan obligados 3 la reltitucion de MeXecutor , ni de alguno de los modos di, ¿l.El que, a quien cítaba del todo reluelto 4 la >delpues de yá hecho el daño , aungue €xecucion de rn daño , mando, d aconfejó que “ido en nombre fuyo ,1o tiene per rato, 9 lo executalle , ántes del tiempo , d con mayor Mhecho , no eftá obligado A la reltitucion: ' atrocidad , que avía determinado , folo cta de dicho daño. Si el contejo ) direccion , amo, obligado ¿ reítituir el exceño de los dañospro- "ellacion > ¡Ógmenaza para que le haga vn dar cedidos de la anticipacion-, 0 Mayor atrocidad, >M0 influyen en el, porque el aconíejado, que acontejó O con que le causo el daño, El - Ba del todo reluelto dla execucion del da, que acontejó algun daño ,. y antes de la EXGcu- 37 (o duda lo huviera executado , fin di- cion , revocó el conejo > e intimo la réVOca- 'confejo direccion > Ec. "No eltasobligado cion al aconfejado con toda la eficacia > Y "mes él coníulente A la reltitucion del daño, Si.el dios que pide la revocación eficaz del confejo, inculpablemente aceníejó vn daño , caye- . (laqual pide mas medios que la revocacion ESMguenta del mal coníejo , antes de la exe. “del mandato, ) no efta obligado ¿la reltitucion "00 Y Bo retratare con eficacia el contejo, del diño executado delpues de intimada dicha ndo la revocacion al acunlejado , ellará revocación. El que, al que elta de el todo re. q j lucla ¿li el confentimiento > diéta.. ren cauía eiciz de el, V eaníe hi el daño fe executare: iere noticia al aconfe.. Ocación , y delpues de no elta Obligado a la ener mal, por dentro de vna elpecie, y de , como el que , a quien elta reluel. nta, no efta Obligado a ref. Si el confentimiento » dic. po os dl, .) ra rro. e ¿aa = .. n— > - a Ei
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