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pro dicha carga de trigo con buena fe , y fma buena fe, la vendió en el miímo pre- cio, que lacompro:5 aunque [epa depues que a agena, no efta obligado ¿3 reftituir al dueño; e preccio, en que la vendio. ; go Elqueliberalmente , 9 por donacion, re= cibid con buena fe vna cola,y con la milma buena fe la vendio al lumo precio, no lolo debe reltituir el precio medio de la cofa, (1 delpues labe que era agena (ino tambien el excello , que ay del medio al fumo , quando dicho exceilo fuere fruto natu= ral, d mixto. Y li dicho exceilo fuere fruto mera- mente induftrial , cumplirá con reltituir el precio “medio. Y para aber quando el exceilo íe avia de juzgar por fruto natural ,Ó mixto , Ó puramen= teinduftrial (e puede ver el calo 7: delta conferés cia , y en elpecial , el num, 6 16. donde le explica nueltro ditamen baftacl num, 619. El que con mo luce Tor particular, como por donacion,com- Epra,ú otro contrato, recibid,y confumió con bue- Una fo, vna cola”, que polTeia con mala fé , el que Le la dió de alguno de dichos modos , eftá obligado A reltituir dicha cola , como pollecdor de buena 10 fa. Pero el que con buena fe recibió , y conlumia la cola , que como fucellor vniverfal obtuvo del que la po/leia con mala fé , por aver (ido hcrederó vniveríal de dicho polftedor de mala fe, eltá obli- gado 4 reftituir la cola confumida > compo poL. =D 1feedor de mala fe. El que confumid yna cola, combuena fe relpefto de vno , y malafe , relpetto de otro , como li la soníumid, juzgando cierta- mi n e que era de Antonio 3 fiendo realmente de Pablo , eftá obligado4 reltiqnir como pollecdor, 9 damnificador de mala £<. 600 que com con la mi $. VIUIL Offeedor de mala e, fedize el que. % hurta , O retiene la cola agena , La. : Tabiendo'que lo es; 9 dudando practicamente, (1 es -agena ,9 no? la retiene, Y lo mifmo el que la re. Mene , aviendola recibido por qualquiera contra t9, 9 qual contrato del que latenia contra la vom luntad del dueño. El pollcedor de mala fe ,0 1n- Julto , ella obligado A're(lituir la cola 3 y los fru= 108 naturales , y mixtos, que huviere percibido de lacola, y (ino tiene lacoía y ni frutos » debe Aéllitir el valor de ella ,y de ellos, aunque ayan perecido la cofa, y los frutos fin culpa fuya' y en -Badale aya hecho mas rico. Tambien elta obliga. do A rellituir todo el Lucro cellante , y daño emer- _ gente y que el dueño de la cola huvicre padecido, . - Porno averla tenido. Dicho póligedor de mala fe ho ella obligado A reftituir los frutos, meraments -Andultriales. El que compró con mala fe yna co. Ía, porque (abia que era hurtada, O dudaba de sl y da compro con animo de retenerla parasi, debebolver lacoía comprada , immediatamente al dueño, y no la puede bolveral ladron, (no elta y : 41 Breve Compendio de «fte Tratado dela Refitucion, De» O XV cierto que efte la reftiruirá , ) auuque aya de perá der el precio , que dió : pefo es baftantemente probable lo contrario; efto es, que fi de otro mo= do no puede recuperar el precio , la podrá bolver al ladron. Para que vno fe diga polleedor de mala £ , comprando la cofa agena, no bafta qualquiea ra duda , O fofpecha , de que el que la vende la hurtos fino que le requiere moral certitud,de que eshurtada. Y alsi , í1 Lolo ay duda ,0 probabili.. dad , de que es hurtada , fe podrá deponer la du. da, y (gui r la probabilidad contraria , y com prarla licita mente.Dicho polleedor de mala fe el- tá obligado á la reftitucion , en el modo antes di... cho, quando pereció la cola en lu poder, aunque dude , de fi tambien huviera perecido , eftando en poder del dueño. Dicho polleedor de mala fe, el tá obligado á dicha reltitucion z aunque lepa, que eltando en poder del dueño , fe la huvieran hur- tado , 9 deltruido injuftamente : pero no ella obligado 1 reftit uir la cola, que pereció en fu'po.. der , labiendo ciertamente que fi huviera eltado en poder del dueño ,huviera perecido por accion juíta ,en la mitma ocafion tiempo , y circunítan. cias , en que pereció en lu poder; y porque de e to vltimo dicho , le infieren muchas colas para la praxi , véante pueltas por modo de ¡lacion en eta conferencia 8.$.2.4n4m.659. ad 662. 42 El pollecdor de mala fé , no efta obligas do , an el fuero interior; 4 reílituir los frutos,que dexó de percibir dela cola , en calo que tampeco el dueño huyiera percibido dichos frutos , (i hu. viera eltado la cola en Lu poder,pero elta obliga. do a reltituir los frutos , que dexó de percibir , y el dueño huvierg percibido , no foío con el trabas : jo , ¿indultriacomun; fino tambien con íu cuia. dado, y diligencia extraordinaria, Quando el in. julto polleedor ha de reltituir la cola, y frutos, podrá en el fuero de la conciencia, menodÍcontar, O desfalcar las expenías > 0 galtos ,que hizo en la cola , ora fuellen necellarios, ora viles, ora Lolo deleyrables , en el modo , y computo > qne le di, xo del polleedor de buena £e y y- Le puede veren la confer. 7. $..3. cafo 5.4 num.583. ad 58.5.Y el dueño de la cola le debe recompeníar dichos galtes y O expenías , hablando en el fuero dela concienciá,como las debe recompeníar al pollee- dor de buena fe. El que labiendolo , admitió el cenar colas hurtadas , fino concurrió al hurro de ellas , ni aconfejo ¿los demás convidados ¿que no reltituyellen lo que debian, lolo eftá obligado a reltituir, el valor de lo que él cenó,y no el valor de lo que los demás cenaron, í 43 Elquehurtó yna cola,quádo valia veina te > y eftando en (ú poder, lubió a valer ereinta,y, - delpues baxo a los ycinte antes de refticuirla > conlumio dicha co(la,y al tratar de refticuirla Luz ¡ere ciertamente , que el dueño de dicha cola, la bsier confumido , y gaftado luego , 9 en el tiempo , en quee la hurco , y valia veinte ; Lolo e(ta obligadoa reltuuir al dueño veinte ; aunque ; : quan»

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