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m5 que ai el difunto , como los milinos he- = yederos padecieron , por dicha infamia, El he- redero ella obligado 3 cumplir Los votos reales ¡deeldifunto , y losmixtos , por lá parte que A enen de reales : pero no efta obligado ¿cum- e, ¡ 2 los votos, puramente perlonales , del dí. - FUNLCO, 1 29 El que no puede recobrar,ó hazer que ñ lerecompenten la fama quitada , no puede li. "E citamente tomar al infamador monedas , d biez oras , €n recompenía de dicha fama, ¡fegun la fentenciacomun, y mas probable; aunque tambien es probable , que no querien» Edo el infamador, reíticuir la fama , por los ; medios > arriba pucítos, y Puede dar bienes de fortuna , Al infamado , y no quiere , podrá di. cho infámado , oblervando las condiciones ne- o celarias para la compenfacion , que le dirán adelante , tomar ocultamente al infamador los "bienes de fortuna, qué los prudentes, y timora, tos juzgaren equivalentes á la fama quitada, Pero (1 deí pues le refticuye la fama , le deberá belver dichos bienes. El que injultamente in.. sfamo ¿otro ,el qual, folo por lus buenos PrOx cederes, y obras, te vió delpues de algun riem- po reintegrado en lu fama , cfla obligadoá reltituir al infamado todos los daños de bienes" de fortuna , que padeció por la infamia , delde que lá canso. , halta que (e reintegró : pero E delpues de reintegrada , no effa obligado 4 oxefbituirle la fama, por aquel tiempo, que hu= EyO , delde que lá causó , halla que [e reinte-. gro. El palquin, ó libelo famolo, es qual. quiera fcñal , O clcritura, en que le contie. - edelito ageno , no publico , para que, me- ¡diante el (igno , O elcrituya-y palle 4 noticia de OtYOS ,.Ora premptamente , ora poco á poco: Y esindubitable , que qualquiera , que pone di. : cho pafquin , Olibelo , debe reftituir la fama, Quepor el , húviere quitado , ora retratandole publicamente, ora privadamente halta que que- dalfela fama , adequadamente larisfecha , y re. Compentada , fegun el diétamen de los varones prudentes, y timoratos. El que injurio,d contue melió ¿ otro, puede licitamtente, aviendo cauía aztomable , valeríe de tercera perlona , para re- Fompeniar la injuria , y dir fatisfacion de ella, do dicha tercera perlona;el perdon ,g Mando la Grisfacion > en nombre de el injurign» teo tante $. VIL Ñ Quel le dize polfegdor de buena 1 fe de la cola agena , que la tie “E Gncalpa alguna , juzgándola , invencible- ee por propria: Aquel le dize polleedor de 3 Que tiéna la cola agena , labigndo que Ma Y tambien el q "la tiene con duda de : Party 1, po 4% Breve Compendio de efle Tratado dela Reftitucion. XI ti esagena 50 propria , y no depone laduda; con las debidas diligencias. El que retiene la cola agena y'con ola culpa venial , por falta de plena advertencia , en oydea á hazer lasdiliz gencias y para laber (fi es agena , Ó propria, O porque adyirtiendo perfeétamente , que debe hazer dichas diligencias , haze las que baltan para elcularle de mortal, y no de culpa ve. nial ; en eftos dos calos ., no obíta la culpa venial , ¿la buena fe requifita para la prelcrip.. cion. El que empezó ápolleerla cola con bue, nafe ,en llegando 4 faber que es agena, le conftituye en polltedor de mala fe, y aísi la debe reltituir , y fino lo ;haze luego: debera reltituir los frutos, que huviete percibido de la cola ; y los daños queal dueño (e figuieren en el modo que adelante fe dirá de el poilecdor de mala fe. El pollcedor de buenaÉ¿ , que quan do lale de ella, no tiene yi la cola agena; por que la confumid con buena fe; ni tampoco fru tos de ella, porque tambien los coníumió con buena fe , no tiene. obligacion de rellituir el valor de la cola, áfrutos , Áno aquello , en : que por ella , d por gllos , le hizo masrico. Y Á enagenó , por donacion , 9 venta , dicha coa, O frutos , debe advertir a aquel , en cuyo poder eltá , de.que dicha coía es agena. En aqueilo fe dize hazerle yno mas rico por la cola agsna;q ué gano con ella, d dexó de galtar de las proprias, poraver gaítado dicha cola agena ; y para ello Le ha de atender al tiempo que cefla la buena fe, y le labe que es agena:, y computar, (1 deíde que empezd á polleerla , hafta que cello la buena fe , adquirió con ella , d con los frutos, O li dexo de galtar las cofas proprias,El que du, da , (1 por cauía de lacola agena , que po leyd con buena fé, le hizo.mas rico, 0 nov Y he. chas las morales diligencias, mo (aliere de la du. da, no tiene obligacion de re(fituir cola alguna, El pollezdor de buena fe, que para quando alg de ella e(tuviere cierto,que ha pollcido con hues na fe,la cofa,o los frutos,rado el tiempo requia Íjto para la legitima prefcription ¿ y con las de más condiciones, que efta pide , no elta obliga. do 4 reltituir aquello que yá huyiere prelcripto legitimamente, Y 1. Los Írutosde la cofa , vnos lan mera mente naturales , y lan los que la naturaleza produce lin induftria , O trabajo humano , co= mo las hiervas del campo , O arboles lilve(.. tres; otros on puramente luduftriales , y fon los que-le adquieren , no por naturaleza de la cala ,fino por la humana induftria ,como lo que (eadquiere negociando con el dinero, d trabajando con algun inftrumento , como 224= da , Gierra, elcoplo , 8ccy Otros Lon frutos mix tos , y Íon los que le adquieren , parte por la naturaleza de la coía, y parte por la hu» mana indultria ,como eltrigo Yino , y Otros 2 9 L6x e ES

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