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A AO PA al Tratado XV U.de la Reflitucion, >) pe: ior', para que galtafle el promo e pes? ilicico comercio con (a muger ; eg ERP dia validamente trasladar d ella el domo de a cha cantidad ; ni ella podia adquirirlo 5 y alsi elta- bligada 1 la reftitucion. . Ñ fanta todo lo dicho 5 porqeosn enevali concel sione , no" veniunt ea ,q42quis pen efet verifivnid in/pecie amet trste Sy: A o prella regla del derecho de regala tor. li y Saa - 5 0% Graciano huviell dido A tu Prelado qui ; í1 Graciano. n vicie p- nas A licencia para galtar dicha cantid id en dicho vío torpe con la muger , no [elo huyiera conce 100 lino que aores le la huyiera negado , COMO a luego en dicha concelsion peral «quero Graciano , para galtar el pecillio d lu volutad, no tenía incluida licencia implicita ,0 tacita > pa- radár á dicha muger dicha cantidad , ni ella de quiria dominio ¿y por conliguiente » la debia rel= títuir. ASA 1018 Y ( le preguntare, 3 quien debia di- cha mueecr reltjcuir dicho precio recibido ? Serel- ponde.coo Torrecilla fuprs quefir. 3 que >» a3Un- que algunosd zea 5 que lo debia reflituir al Mo- nallerio ,Ó Convento : pero 011 0S a quienes figue dicho Torrecilla , dizen , que cumplia con relti- tuirlaal miimo Religioío , y cita por elta opinion 2 Villalobos , Rodriguez: > Reyelo ¿Diana, y Machado. OBFECION. h; Contra lare/puefa al cafo. 1019 I Graciano. tenía licencia general S para gaftar el peculioálu arbi- trio, y voluntad, no cltaba determinada 4 los víos licitos, mas que 4 losiliciros , fino que le eftendia atodos silos, legun laregla del d recho,que «di. 20: Que el genero incluye rodas las e(pecios, que baxo de el fe consienen: luego Graciano dio dicha cantidad ala muger con licencia fuficiente para trasladarle el dominio-de ella, y para que efta lo adquirielles y porconfiguiente:, uo eftaba obliga da a refticuirla. Refpondo > negando el anteceden- tes Y á laprueba incluía en la regla del derecho, que alega , le reíponde , que es verdad, que el ge- aero incluye implicita , Oconfulamente codas las elpecies , que baxo, sicomprehende: pero que cfto le entiende con la debida proporcion; y de modo, que el genero phifico comprehenda 1las elpecies philicas 5 y el moral a las elpecies morales, y.el genero licito.a las elpecies licitas > y el ilicito d las ilicicas : peroel genero refpelto- de colas licitas, no incluye, aunimplisita, y confuíamente a las cofasilicitas. Y: como la licencia: generica , que tenia Graciano para expender, y galtar el peculio a lu arbitrio > y voluntad , no: era general, reí. peto de cotas ticiras ¿e tlicitas ¿fino Lolo re(peóto de cofas licitas, y honeftas; por elto no tenia licen- eja aun tacita ,0 implicita para dar , y trasladar el dominio de dicha cantidad A dicha tampoco eíta podia adquirir domin por contiguiente , eltaba obligada €n co rellituirla. di 1020 Y feconfirma la (olución dad tamente la dotrina de nueftra refpuelta legun Thomas Sanchez dicho ap. 19. py Leisio lib. 2. 04p. 4Aub, 5. hum, 29; db, 11. num: $ 3.200 los Superiores no pueden galtar las"colas de lus Co ; víos profanus , Ó enenrriquecer iu ; amigos , y los que de dichos Superiores. las coías de los Conventos para dichos fanos , eltin obligados a la relftitucion aunque [on Adminiltradoresde las cof Conventos ,les eftá limitada la E buir dichas colas d los wíos licitos 7 luego con mas razon la licencias, que le ciano para expender , y gaftar lu pecu fuelle general , le debe ju zgar ) y Cup ¿1os, vos licitos , y nUNgiLos 3y por no la renía , ni aun tacita , 0 impl dicha cantidad á la muger por el /ples cuerpo, ] OBJECION WN Contra la mifma rel» 1021 AN cierto esp de San JuanHa breza ,como que lo hazen los del Sed fic eft ¿que elto na obftani por el vío torpe de [u cuerpo) Fee] dado por vp Religiolo de an Ju y gada á reftirairlo., Como lo dehent tobrecl 6.fet.2,$. 2. quae part. 2.brat. 15. refolut. 54. C90: 0% que ciran; luego rampoco la muger ie de Graciano dicho precio de u torpe obligada ¿ rellituirlo. Refsondo que dichos Autores llevan la du nor 3 otrás muchos llevan la coño que la muger debe refliruir, Lo que e de lu cuerpo resibiere de dichos San Juan. : 4 1022 Refpondolo 2.concediéndo admitiendo la médor, y negando la conleg Y la d (paridad conúilte, en que , aunque dad , que dichós Religiofos dé San Ju to de pobreza 5 pero dicho gota el garles , lolamente ¿legun alivio yp entre ellos ays; y dicho vto y d prabtica. terpretado el voto, de modo, qae fo 9! 1 no tener propulo:;en quanto! al: mini ho en quánto al vía”, diftribadion las reptas-, y bienes , de que go le puede ver endichos Torrecill y caos Religiotos difponen libremente d en vida, los trafpalan, dá y enogenan

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