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Conferencia 1. Qué fea refiticion yy de que camfas proceda, necelsidad de medió para la falvacion, Confirma- fe mas : porque fi vño que realmente debe yna co- ía, ignora invenciblemente que la debe > y alsi muere fin feltituirla , ni tener propofito , ni de- íeo de reflituir, no por ello dexarl de falvarfe: Jed fic eft , que Lupuelta dicha ignorancia invtn- cible , y no aviendo reftituido , no pufo el tal la rellitucion in re , vel in veso : luego E reftitucion in re ,wel in voro , no es necellaria con neceÍsi- dad de medio para la (alvacion. 12 Supongo lofexto, que el precepto de la reftitucion primo, db principaliter , es afirmati- vo, y fecundo , O minus principaliter , es nega- tivo. lta Manuel de la Concepcion queff= 1 1. Tamburino fupr. nam: $. con Bañez > Soto > Le- deíma , Jnan Ponicio , Valencia , Becano, Bonaci. na”, Gafpar Hurtado , Leísio , y Trullench ,con- tra otros que defienden ter negativo 3 como (on, el Caípeníe ,/e6?. 2. Salmanticente, pánib. 1. 5. y otros que citan a fu favor3 y para prueba de nueftra doétrina', fe adviertelo primero , que el precepto afirmativo > €s el que manda lo bueno, y el negativo , el que prohibe lo malo ; y porque muchas vezes pará el cumplimiento del precepto negativo concurre alguna cola buena; y para el cumplimiento del afirmativo fe evita alguna eofa mala , por elto para relolver formalmente ; qual es primo, 6 per fe > precepto afirmativo , le ha de atender 1 lo vltimio ¿ que le pone, y executa en lu cumplimiento 5 de modo. que lx lo vltimo con que le cumple el precepto , es poficion de co- la ljuena , le dirá primo sd per fe afirmativo. Y 11 lo vítimo con que le cumple el precepto ; es omiísion de cofa mala ; fe dirá el precepto primo, $ per fe negativo 3 y alsi el precepto de oir Mif- la es precepto afirmativo 3 pOrque aunque en vit- tud del dicho precepto ay- obligacion de omitir, O no poner elo , y embarazos para la audi- cion de la Mila , pues dichos obftaculos , y em2 barazos fe prohiben por malos al tiempo de oir Mifla; pero lo vltimo que le pone para el cumpli- miento de dicho precepto , €s cola pofitiva , y *buena ,pueses la afsiftencia , O audición de la Milla. Y el precepto de no adulterar , O foriicar es primo , O perfe negativo > perque aunque en virtad de el ay obligacion de hazer colas polrti.: vas ,eomo lon > la Oracion, y el apartarle del peligro de la tentacion 5 pero lo vliimo con que fe cumplen dichos preceptos; es cofa negativa > y omiísion de mal,como fon, la omifsion de la mif= ma fornicacion , y adulterio. * 13 Adviertele lo legundo , que aunque es vulgar diffincion entre los preceptos afirnativos, y negativos la de que los negativos obligan fiem- pre, y por fiempre 5 y los afirmativos Obligan hempre , mas no por liempre aunque no repug- na el precepto atirmativo que obligue fiempre , y por fiempre ) pero entre los negativos ay algu- nos , que mandan colas tan intriniecamente ma. las , que obligan (iempre > y por fiempre > final. Part PI. 5 guna excepcion; como el precepto de no blasfe.: mar, el qual probibe materia tan intrintecamente ifiala ¿ que hunca > o en ningun caío es licita fa Blasfeinia: Otros ay, cuya materia esintrinteca. miente mala ¿pero bo tan ablolutamente , que eá algun cifo , y ciréunftancia.no dexe de (er mala, y pueda fer licitaz tomo el precepto de no traba. jar en dias de Fiéfta') queáunque te anegarivo, no obliga por liempre tan ablolutamentt ; que en muchos cafos ¿0 con tazónable , 0 julta £anía, no fea lícito el erabajár > fino qué con dicha razona. ble catiía , es licito trabajar en dias de Ficftá. Lo miímo fe dize del precepto de ño matar , y del dé rio tomár lo ageno, los quales, aunque por ne- gativos obligan fiermpre yg por hempre;5 pero na tan ablolutamente que no padezcan alguna excepa cion 5 y alsi en Extrema necelsidad , €slicito to mar lo agéno 3Yy en defenía de la propia vida >y conel moderamen de la inculpada tutela , estici. to el homicidio. En eftas colas alsi adveriidas, Le prueba la doctrina de nueltro fupuefto: 14 Loprimero , porque fegnu los DoGores de la opinion contraria , el precepto de la reltitu= cion , primo , (7 perfe > prohibe la retencion de la cola agena , pues legun ellos , lo miímo.es de- zirreffiene , que dezir nererineas rem álienam, áí si lo afirman ent Lugo difp. 8. núm. 18. Cafpena le /uprá núm: 16. Tápia/uprearticul, 7. num. 2. Salmanticenfe , dicho num. $. Luego el precepto de la reltitucion es primo , Ó principaliter afir= mativo- Pruebaíe la confequencia:La retencion de la cofa agena ,eslano entrega , O no tradicion de ella: luego la no retencion de la cola agena,es la entrega , O tradicion de la iíma cola agena: luegoel mandar primo ¿ O principaliter la reli tucion de la cola agena , es mandat primo,Ó prin cipaliter y corno coía vltimada , para cumplir el precepto, dicha tradicion , O Entrega de la cos la ageria : Atqui, dicha tradiciorS O entrega de la coía agena , es cofa buena , y politiva : luego el precepto dela reftitucion prifno , Y prireipas lider, y como cofa yltimadá, con qué Le cuwple, mañida coía pofitiva, y buéna, Sed fic «ft, que ie-A gun [e dixo ena primera advertencia ; quando lo vltinro conque fe cumple vn precepto , es coía politiva , O Pbficion de cofa buena , el tal precep- to es primo € principaliter afirmativo; y filo no vltimo , ñeceario pára fu cumplimiento ,es cola negativa , Y omilsior de cota maía. Es fecón do, Ó' minus principaliter negativo : luego cl precepto de la reflitucion >es primo , Y principa= diter afirmativo y y fecundo , vel minus printipas lirer negativo. 15 - Lofegundo , fe prueba dicha doctrina, porque el que quitó d vno la fama, O le deftrus yO con incendio , y le quemo las mieiles , O lema brados ,,no le dize propiamente que retiene la fama, O dichos fembrados agenos: /ed (ig ef, queelto ,no oftante , debe reftituir la fama, y recompenfar Los daños caufados con dichos in A 3 cena

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