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Tratado XV 11. De la Re/ficicion; A oculramente, O recompenfaríe dichas partes cpE que le deoiaa Contribuir :4eq11, €s do colac con ecder a Turleto derecho para dicha' ON luego aviendo Turleto rebtituido los Quatrod E to» reales en deteóto de la caula priocipal ; 8 deta3n relliguis ,O-contribuirlós Otros dos'E 210 vw a ¿oda ardaa Tarleto ; afsita nojen dicha wres le p eco Dai ee partir entre Turléto , y el comp ero que d Turiectoavia dado ducientos. Objecsion contra la tercera refpuefa. 920 Inguno tícne ¿obligacion ire tits N' íviro por cauiá deihurto que hizo, finita prrlon ,3qU dh mirtó,,0 4 qu A daño conel hurto fed fis ¡eRiquelos com En fieros de Tar lero no hurtaron iciteclarcas: con hursaria le caularon dañ o alguno: luego. aun- que 1 yilero húviele relbit do dicos quarro- cientos reales, no el ftaban. ob! ligad ss 2 reftiruir algo 3 Turlero. Rs io! do» diting r la 103 inda pare de lasnayor 50 ¡la ¡periona 4 quién izo daño conel hurto, inmediatamente » Y por:sitO- mada, niego la-may or: inmediatamente , y. por ¿ $ mediara , y coni gquentemente 10m» da ,cóncedo la mayor, y «diltinguida del miimo me dota legua la paz ce de la minor, nicgo la con= leg lencia, Y-expu ico la diítincion.; Pue Jal tomar ebhurto , inmediatamente > O por la cola hurrada», con selpea , ala períonad quien le ayrta 5 y como no fe harto el arca 1 Turleco ¿mo le caularon A efe dañoinmediaraments » con el hurto del “arca Puedele tomar el hurto mediara > y -genlequente- mente, 0 parda: conlequencias de odligacion:que contranen los, que hurten 5 y Como dichos. tres s£ompañeros de 1 urleto a: anerageron la obligacion de sellicuirigualmeate , O por partes igua escon Turleto , en detelto el la caula principal, y en [opolcion es aver latistecho Turlero los quatro- cientos reales , por no q serer , 9 no poderla cas ( p: incipal,, y aver dadudacienres a Turle to el yno de los tres.co: RU , que eran cavías lecunda- rias , cltaloa obligas do el ¿de y Que ne quilo refti- tuir al prineipio , a contribuir con (utercera parte álareticacion , y efta laaría hecho ya Turlero; y aviendole dado elotro los duciontos reales que debia, Le hallaban los des en eltado de averíe hecho la relticucion toral , fupliendo dichos dos ,lo que eltercero devia, fino les daba, y repartia en el mo. do dicho lu tercera parte, le verificaba,que los per Judicabas y dañaba por el hurre conle: quentemente tomado,9 por la obiigacion que le le liguió arien. doconcurrido al hurto, Y para evitar elte daño, y perjuizio devia daries dicha terecra parte de los quarrocientos reales, sitomada OBFECION HH, Contra la my/mare/puefa. 21 ml aviendoreltituido Turlero los qua. trocientos reales por mo aver que. sido la caura principal reilicuirios ¿deótellea jos oiros dos contribuir, a relifruir a Turicioén la £urma dicha, Letiguiria > que no quericado hazer dicha contribucion , podría Luriero tomares y Or» yPriego la menor; porque tiendo cierto los Doctores que es licita la recompeníg ,q es cierta la deuda, y biendo cierto que aviendo' tieuido Turicro en defecto de la caula E cita le devia dir dichos quatrocientos fed) deteóto de eila, y cada vao de los dos cal lá tercera parte de dichosiquatrocienros; e conceder que tenia derecho para recomp los quarrocientes realesreípeóto de la dan cipal, no querigndo celta darios:, y nóg ni padiendo Túrlsto recompeniaríe de ella dia recompentarle de los dos compañeros! vno en la tercera, con que debia contiW reltitucion, Aunque esverdad, que aísiaT como a dichos compañeros > quedaba Gem recho contra la caula prime; ¿pal para recu recompeníarle de dichos o” diltrioairlos entre los tres, por las tresp lescon<que ayian cumplido con la ob relticuir, Infancia contra la folucion h la cedente, Í I fuelle licito A Turlero 4 ticuido los quarrocienta no queriendo dir tus dichas dos par es dos compañeros , que eran con cl € ula da: ia» ,recompeniarie de ellos dichas partes; tamoen le teria licito recomp cada vno de elos dichas dos tercias pi fed fic eft, que clto no ie puede dezir ¿MM poco que Turlero pudieue recampe dos tercias partes Yna de cada yno, La la may or te praebas: : por ello podía le de las dostercias partes ¿vna de cada que cada vno debia contribuir 2 la con dicha tercia parte : fed fic ey Y eltaa obligado cada vno á relticuiry* dos tercias partes , fino tambiea losé reales , pues cada vno de elios eltaba ob fetidam ai laxeítitacion , como dexan105% luego tambien podria Turleto recomf cada vamo de ellos dichas dos tercias tas. : 923 Relpondo negandola Cequelá yor, A la p: ueba diltingo la mayor; dia recompeníarie de las dos terciaspa de cada vno ¿porque cada va4 a S á la reltitucion con dicha tercia partey principal ,cingrediaramente obligado4l cion de dicha tercia parte, concedo lam que cada vamo debia contrionir á la rel A yr PA 922
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