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Conferiencia XI, Del orden con ii limeño mduyoPortelio parcial y dimni- niente, philicamente hablando, Ó en genero phyfico ¿conce do ja mivar: en clMurtó de dicha ends lolamente ind1vó Portelio parcial , y di- miputamente ; moralmente hablando ,0 em ler de caía moral niego la mavyor,y diftingo la menor: mete ef obligado á rellituir vn daño; fino le- vn elinfaxo)y concarlo,que pulo en caníarlo; fe habla de colo el toncurío phyfico , niego la menor: 6 (e hibla de? concurío phyfico , ó del Iconcurío moral, concedola menor , y niego la iconfequencia Porqhe como te ha dichoen nueftra rel puelta, en el calo de Portelio, aunque concurs ño al hurto de la eltaroar, lolo con concurío par dal phy fico, concurrió con concur lo moral toral; Eno folo con toralidad de cauía , fino tambien con oralidad áe efeéto. . 4 1907 Y leconfirma la Colucion dada. Porque por alguna razon eftuviera Portelio libre de la Drelitucion de todo el daño, atun calo de ne refti Dauirlos demás”, Leria y como luponen los contra. ios en Tagburino,5. ua. $ .Porque,aunque Por.. Telio no huvicra concurrido al hurto de la etarua, lo huvieran exccutado los ete compañeros lolos, E Uy en virtud del influxo de los fiere le huviera exe. - Sentado el daño: Sed ficrf que eíta razomno es fuíficiente: luego Porcelio en defeto de los de " ruás ,eftaba obligado 4 la reltitucion de todo el daño, Lam enor le prueba : porque como dizen el —amiímo Lfigo num. 3.2. y Tamburino num, 2. (los quales fon. contra nueltra reípuefta ) 6 Pedro , Juan aconfejan a Pablo vn hurto, cada vno de los de confulentes eltá obligado imfalidum 4 la rel titucion del hurto; y aísi en defeto de Pablo, ca- Me Ds da yno de ellos lo debia reftituir todo,en cafo,que ¿ Pablo. Y lo milo dizen , quando dos hieren ocada vno con mortal herida. Y efta dottri.. - woo no huviera aconfejado , 9 nohuvicra herido, eh viera: ixecutado el hurto , y: el homicidio: luego el que en el caío de Portelio fe huyicra hurtado la eftutua por £olo Los fiete compañeros,y finaver concurrido Portelio, no es baltante razon para librar á elte de dicha reftitucion, imfolidwtn, 7 Y Ss G g CI OBFECION ATEN Pe m4 e 4 Contra la mifma refpuefta. IN AS A L, Y Todo s juntos no eltaban'obligados, 4 mas que Peras n de: todo el daño; luégo cada yno dd flaba obligado 1 la reftitucion de Part PT, e . ? e AE o AY Etre obligados en el calo ¡de A ide Portelio todos los ocho , que neron al hurto, que cada vno de ellos (o- mas influyeron todos juntos que vno fo- 14 >, aun en de tade los demás. Rel= que dichas caufas deben reffituir. 2107 pondo diftingo lamayor. A mas eftaban obliga dostodos losocho , que concurrieron al hurto, / que cadá vno de ellos lolo , hablando dela ob1j_ gación primaria ; d inmediata, concedo la mayor: hablando de la obligacion lecundaria ,mediata,d ex fuppofirione , niego la mayor , y diltinguida la manor del miímo modo,te niega la coníequen. cia. Porque, aunquees verdaad,qué pórque todos juntos , y coleCtivamente tomados conftituian la caufa toral phifica , O exfequente del hurto: to. dos juntos , y Ccole6tivamente tomados , eltaban obligados inmediata ,y principalmente 4'lá refti.. tucion detodo el daño, y no mas > la qual obliga. cion amediata , y principal de rellicuir todo el daño ,no tenia cad: vao de ellosíolo : pero con efto le compadecá el que cada vano de ellosíolo tuviélle lá obligacion lecundaria , y en defefto de losdemas:d la reftitucion de todo el, por Íer cada vno de ellos caufa moral total con totalidad decfeíto , y de cauía, e ; 999. Almedo, que el Superior, d Prelado anandare al inferior ,ó fubdito, que hurte alguna » cofa aunque dicho Superior, Ó Prelado , tenga mayor obligacion de reftituir , d ele obligado, ' amas que el lubdito , en quanto 4 dicha obliga=" «cion ; elle mas 0 ela mayor obligation del Pre. «slado-, no es en quanto 4 la cantidad, que deben reftíruirel , y el lubditos(1no: folo:en' quanto a1 modo de la obligacion 5 de [uerte , que el Prelado elta obligado 4 reftituir > 'lo queel fubdito hurto, primafiamente , 9 en primer lugar. Y el fubdito eftá obligado 4 la celbltution de la muiíma esntidad fecundariamente, 0 en defeíto del Superior, y en calo que elle no pellituya, Alotrambien e el vato de Porteli , aunque los ocho juntos ellabian ololia gados3 mas y quecidarnó de ellos, 6 tenian ma yor obligación, elle mas , 9 mayor obligación, no era en ordena la cántidad , que debian rellicuieg y la din por cierta; y conrazon: Sed/ficeft ,que, inofolo en orden al mado, y orden con que le enellosdoscalos le verificaba, que, aunqueel debian haver pues todos juntos, O colaltivanwnte tomados ¿tenian olsligación primaria e immediara de reltieuir todo el daño , y cada oo de ellos tes: nia obligación lecundaria, d accelloriade rellicuiga lo todo. ' | CASO 10, 910 Anderó e halló en vnrcocalion con Es tres compañeros enchurtar ena arca de mucho pelo y y de cad calidact, que para hurtarla , y Hewarla eran vecellarios Los qUAtro, y Landes 01 huviera aencucrido y no baltalar los tres hombres folus para: metar . y llevar el arca: Preguntale y fi Landero eNaba obligadoA refticuir falo la pario del valor del arca ,corrofa pondienth a fu infanta y y comen Jo, 0 hear obli gado arellienir in fulidam , y rodo el daño comerta do por diebo hurt Relpondo , que Landeto ela. ba obligado 4 14 relbicución de dicho hurto , y des ño infolidam y y ubsi en defecto de Los demás ta. yd "ia
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