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. » “ , Conferencia IX. Dé las ares primeras ¿aufas obligadas definir, y Bé ¿01 Rélpondo >"concedo lamayor y y niego Ja menor: porque aun Cupuelta dicha revocation, ¿intimación de ella, y no queriendo el manda- «ario admitirla , Gino perleserar en fu pertiñacia, empre perfeveraba el peligro de la vida, €n que fe hallaba dicho enemigo , por aver mandado ¡Lamprido dicho homicidió , y como ele peligrb provino radicalmente 3 y como de primer princi. pio de dicho mandato de Lamprido , aun fupúele «a la pertinacia del inandarario , perlereraba lá 'calualidad , e inflaxo moral de, dicho maadato eh ¡dicho peligro de la vida; y por coníiguienté , per- Aeveraba en Lamprido la obligacion de julticia de precaver, y evitar dicho peligro por todos los me. dios polsibles; y como yno de ellos era dicha pre. yencion, y amoñelticion ; eftaba oBligado de jul cia a hazerlas Veale Suarez mum, $. añiba cita- do , y Leísio diclfo mam. 18. $, Peres, a EmMSO 7: Boz2 Y Odalio aconfejó en vna ocañon vn homicidio,y en otra yn hurtoslos fugeros ; A quienes dió ráles coníejos, execatarón lo aconfejado por Sodalio , y delpues de coriteti- dos el homicidióy y hurto,entró Sodalioá dudar, £ le aviab cometido ¿ énvirtud de lus conféjos, o por la toluntad , y alicia de los que los come- tieron: y aunque hizo todas las diligencias moráz des poísibles ; pata Cábet dr fu cohlójo avia influido en dichos daños, 0 no nunca pudo (4lir de ella, porque por entraitibas partes aviá razon de dudar. Preguntáfe : fi en dicha duda, de fi los tonf<jos de ¡Sodalio influgeron en dichos barto , $ banicidio, alaba obligado ala re/fMirúcion de los daños origi. hades del húrto y del homicidio 2 803 Relpondo lo 1. al calo ; que la duda -—Oliaviaconeurrido;d fiospor alguno de los otros - modos á dicho hurto ,0 homicidio : eto es , fi - dudaleli avia puelto alguna accion , que influye(- - Le enel dañodel proximo, O mola avia puefto? Mo eftábg obligado á la reftitación de dicho daño: a ¿Ella refpuelta es vulgar entre los Doétores. Y la razones; Lo primeto , porque en caío de duda ¿Ho fe prelume delito. Leg. Merito ,ff. pro feclo, Leg. Pretor.5. Docere , ff: devi Bonorum rapt, Lap. flote dePegul.iur.imdecrer.Sed fic efi, qué - ¿Sacontejar, 9 concurrir al daño del proximo es ¡ola de delito : luego en calo de duda no (e de. : prefumir. Y: por contiguiente , el que duda, Wpulo, 9 no alguna accion damnificativa del pros Ximo , no eltá obligado á la rellicucion del daño, Lo 2 porque ellacoñiejar el daño del proximo, - ¿Sel concurrir con alguna acciona el , escola de Recho : Atqíi , el hiechó no fe prelume en duda, tapriv. 6 pofk limin rever/. lego 1.Cude proba- e AO ¡luego cl que elti enduda , def a a o damnibica tiva del A A ; -—deSodalio coñifilticlleen li avia acoñlejado , ¿nó - preximo, no cfa obligadoá larellitucionde dia cho daño. 804 “Reípondolo 2. que(i Sodalio aún fuz puelto dicho comléjo ,'no huvicra hallado, y fabido de cierto 5 que dichos fúgetes avian co. metido el húrto, 9 el homicidio fino que quedaf cen duda razonable , de fi [e avíán comictido, y: executado, d no, no eftaria obligado Sothalio 2 14 rellitución de los daños del hurto , 9 del homiciá dio, Ira Sanchez in Decalogúmi , 13h. 1. cap. 108 mem, 44, circa medium. Boñaciña difp. t. queje 2 pani?. 4enám.3. Dalao som. 1.Bradho 1: di/p: 3. Ponih. 4. num. 32 Lacroik nr. 574. con otros muchos; Y la razórf esporque el hurtd,y homicia dio, fot cola dehecho: 4r9mi,cl hetho o (e pres Luúme en ¿alo de duda,como antes le há dicHo'lués gol Sodaliosaun avierido dado ditho cónlejo,nd pudiefe averiguar (1 le avian conicrido el hurto,y; homicidio, (ino q quieda(fé en duda ratortablé , nó eltaba obligado A dicha refticución. Lo 2. porqué én tanto ¿SoWalio debiera reftituir ,en qlianto (e huvit/len executado dichos daños' y en gircud de Li conlejo : luegá, dudando(e fi le arian exec; tado, d ño, dudaba Gi debia, d no reftituir> Sedifo e/f, que du calo de dudi,de fi ay ,Ó no obligacion detelbituir; fe debe afirmar , que ñola dy, porqué ¡da dubio melior efi conditio pofsidenris : luego A Sodalio dudalla, fi le avian executado , 9 noe Irárto, y el homicidio,no éftaba oVligado 2 dica trellitucion. ELA 9% A dos Relgoridó lo3.que fégun fentencia prol - ¡bable , id eltaba Sodalío obligado á la reftitucion: de dichos daños, procedidos del hurto, y homici¿ dio. ta Salmanticente /upr. $. 1.04m.t 13:Tam burino ib. 1.cap.3.$.7. verb damn. núm. 34 Villalobos citado , y leguido pof Diada part. 44 trali.3.refol. 28.con Dicaltillo,Sáyro,Rebelo, Med'na, y Silveltro, cirados por el shifalo Diana. Aunque 3 mi parecer no los cita biena todos. La razon de efta lentencia, es: porque en cafo de dus * da es mejor la condiciondel que pollec : 4tquiy Sodaljo polfetatu hazienda ; y dudando ('el hur4 to > y homicidio [e execuraron Ono, en virtud de (ncontejo , dudibaíi debia JefPojaríe de fi hazienda , O reflituir : luego dudarlo Sodalio A el iurto , y homicidio fé avian executado'-, O das en Virtud de lu confejo, d (1 cfteinfinyó en aque llos, no eltaba obliga lo 1 selivlr. Lo a. porqus como dize el Angelico Dolor a. 2.Gue/li6 2. añ a %. $. Scientdun tamen. Tenc lolam tenetur con [rá dator,añe Palpo ,idefhadulator , ad refficurio hem, quando prababiliter limar pote , quodex búimfmodi canfisfueriz ininjia abreptio fubfecóa, ta. Verlo Torrecilla fans. 1. trat. 1. di/p. 3-c4Py 3.5, 7.1um. 160. que llevalo miímo. 7 Bog Relporio lo 4. que tengo por mas pida Sino feprucha. Leg. im Bello , $. Fade. o de. bable que aun quetando Sodalio en dudade el hurto ¡y hgmisidlo lc executaren cf vimud defuconlejo', Ino, o li icho contejo influyo; 9'no en cl hito , y homicidio , eflaba obligada LA A Os» > 23 t Se

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