BCCSAL000517-F-04000000000000

17 múérce Pedro ,A reftituirlos daños procedidos de lamúcite del dicho Pedro mandatario. 750 Lo 2 ¡advierten los Doétores de nucá.. tra lentencia , que li el fuperior no manda al lub- dito que haga el daño w.g.el homicidio fino queel voluntariamente fe ofrece á exccurarlo:, 9 calo.que no le ofrezca voluntarianiente E lu fupe- rior ma [élo manda , ni ordena s lino que lolo le dize ; que (quiere executar el homicidio , ú otro qualquiera- daño > ofreciendolo por ellos algun precio, ó eltipendio > y dicho fubdita , y criado admitiere la propuelta, y Contrato , y exccutare ¿dicho homicidio, y daño 5 y fucediere, que ticho “fubdito, d eriado quedare muerto , Ó padeciere al. un otro daño, no cltará obligado dicho fuperior 3 roflitair los daños provedidos de la muerte de dicho ¡ubdito.VealeciSilmanticen.e dicho n.1 18. *Tamburino num. 3. Manuel qwe/f. 10. Lacroix BUM e 24» ; A Y dela doctrinade nueftra conclulion relolyid Tamburino yn calo praótico , él qual es factible (aunque no facilarente ) que pueda luce. der otra vezen la milmuvelpecie , y me ha pareci— do ponerlo con los miímos rermintos que lo trae, con los quales tambien Le halla tranteripto en di cho Manuel que/l. cie. y yo Lolo gariaré el idioma. Sucedió: , que litigaban dos: lugeros lobre canti. dad de más de cinquenta mil eícudos de oro ; y como, vno de los eoimpleyantes', O colitigantes (e vielle aprerado dela diligencia '> y eficacia del procurador de lu contrario , encontrando yn dia a dicho procurador le: acometió , y lediódos , d tres heridas mortales » y huyó. Lo que delpues ucedio no pertenece a nueltro inftituto : do que le pregunto fue, di el coligante » cuyo era dicho procurador , O por quien procuraba, eftaba obli- gado á reftituir al procurador los gaftos , y daños que le proviñieron porcauía de las dichas heridas? Y la razon de dudar, era : porqueel miímo. pro. curador alegabá á lu fayor,que el hazía lasdiligen-. cias, y negocios del golitigante, que le avia nom. brado por lu procurador , y que dichas heridas las avia recibido ocafipnadas por dicho negociosy por configuiente , quele debiarecompentar los daños, y galtos proyenidos de ellas 5 ni faltaron ditame- nes, que favorecieilen al procurador '; de fuerte, que Íaco vna íuma notable al dicho colitigánte,¿o- bradamente benigno, Finalmente legotel negocio al Tribunal , y hallandomeyo , aunqué minimo, 9 menoskuficiento interrogado de. mi diétamen, entrealgunes doctiísimos 'hcologos , que tam- bien-fugron preguntados, relpondimos, que (aun. que de congruencia , y liverasidad , era julto, y razomable , que el colitigante diee algo al pro curador ) no eltaba obligado uicho colitigante á rotompeniar al tal procurador dichos daños , y galtos. 7 52..,Lo primero, porque el procurador fer» via en dicho negocio ., pot ¡precio ballantemente juíto, y rázonable, queje daba dicho colitigante, “exligado a reltituirfo , sunque el mandad Tratado XVU.dela Refitucion; Lo legunto : porque dichas heridas ; galos sl E daños de ellas procedidos , no ;fucedian regular mente a los procuradores 5 y aísi.ie debian re por fucedidas, omniso Per accidens , al co procurador de dicho colitigante. Lo tercero ; inductione , O paritate , porque Ñiivao conduce por precia i vn Fabricero pará quédle haga:'y calá , O para que trabaje en la ya hecha 35 y luce diere, que el Fabricero cayere,y quedare mutias no eftá obligado el que lo conduxo 4 rellicuie de daños procedidos de dicha muerte, Niel que duce por algun precio 4 va cabador para que y d cábar en lu viña , cfta obligado a retire da galtos, y daños que le provinieren ¿0 4 hiriere grarémiento, O muriere de la hcrida. YA que dicho procurador huvicile dicha >.9 algunas colas en ofenía > y agravio deb-co que le hirio;y alst le dio cauta para que lo lí debia imputarfe a si miímo dichas heridas y ugero por quien procuraba ,. pues elle dió orden para que [e propallalle. 4 dir dichd tivo», imjuriando' ,.0 agraviaido Y (uo rio. Haltaaqui dícho Tamburino , cuyo dí mien tengo por mas fundado que cl que; ero; COMIrarioS., 248 ci 753 Concluñion $. el que miañdo se . algundaño , 0 lo aconlejó , y [e llego 4 € eltá obligado y reflticuirlo; y recompeniarlas: que al principio,que lo mando,o acoalejó | datario , O aconfejado , no huyiereniA principio el. mandato , y contejo 18 aceptan , y admiten > y executan el daños go difp. 19. $. 2.num. 41. conMO ellos Manuel dela. Concepcion ama] prueba + porque púelto el mandato Y 60m no aviendoíe revocado , aunque al pri influyeron en el daño' > delpues induyeronk en virtud de ellos fe executo ; el que:esq va daño con lu mandato, d conejo, elta obli reftituirlo, y recompeníarlo : luego el q e o-iconfejó algun.daño , y le llegó ¿exce 4 fejadó y ma huviellen admitido al -prineipidW dato, 9 confejo, fi deípues lo admitieron Y tud de ellosexecutaron el daño. O 754 Concluion 6,el que mando 1%: cion de algun daño , 6 lo aconféjó: > aun pues de executado el daño- Le arrepienta de , O aconteje relpectivamente al mi aconfejado que relliruya , O recompení executado , tiellos no lo reltituyen;, 9 re lan. ,'eltá obligado 4 la reltitucion ¿YE deldaño, Ira Vazquez cap, 9. $. 1. dub. - Bonacina fupr. punéh. 7. numo 5. Ma Concepcion gma/?. 19. con-otros muchos ponen por cierto. Y fe prueba : porquepar dicho mandante. , y confulente queda as dos á la reítitucion » delpues de executado 1 fue necelfario , que le executallen en Wi mandato , 9 coníejo : luego al contrario , PAN A ¿ En E 49 AN E A

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz