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| Al | | de 7 | li rie do WN 4 Ñ y pl ” 166 dicho tiempo ¿en que perecieron , Ó los maro, Y elta coñífta claramente ¿porque como dizen bien los Aritoresarribacitados;(1 el que mata dicha mu- la, o cava llo.quando valen veinte ducados, los en= trega lúego, y reltivuye al dueño dela mula,Oca-' vailo muertos, puede con dichos:veinte ducados comprar otra múla, 9 otro civallo de la milima edad, y bondad,y del qual,Ó de la qual fogrará la miíma vrilidad, y provecho , que huviera logrado con la cavalléria > O beltia muerta, Y ¡aísi afñrman los mmilmos Autores, que, el que mata, o deltruye vna cola agena, regularmente hablando, Lolo e(ta obligado i reíticuir: , lo que yalialacofa quando la mató, o deftruyo Dizele regularmente porque en alghnos éalos , Como quando «le queman los frutos, y .Mieiles, no relltituira baltantemente con dir, o reftituirel valor, que tenian quando le que- maroh, comole ha dicho arriba. Wen calo y que, quando fercftizuyé el válor del cavallo;o mala muerta, no quiliera el dueño comprar con él Otros QU otra para ganar ,lo que podia,con el que le ma- taron, el (eveñdra laculpa y fe le nads impurar' la falta de dicha veilidad , y lucro: | E ASO: 1100 743 gram tuyo por algun fiempo Yn3 hercilad agena injultamente,y fin Fazon alguna y porque con trampas > y enredos la avia quitado 2 va lugero,y delpues de alguntiéni- posen el qual haria hecho algunas mejoras de plan- tas de arboles; y otras colas, por razon delas qua- les tendria mayoresfrutos, le arrepintio de lu cu!- pa» y quito reftivuir la heredad 214 dueño; Pré- gontaje: [valeiempo de dicha +efbirucion «Baba bblizgado Clodio a reftieuir Los frutos, que avia da- do de mas la heredad, y Clodio avia percibido , por tan/ay razon de lasmejoras que avia hecho avien- delos ya confumido , y no aviendofe hecho mas rico per caufa de dichos frios de 714 Antes de relponder al celo fupofigo, rie Clodio eftaba obligado 4 reftituir la heredad con todas las mejoras hechas ( facando las expeñ- fas , y galos, que en ellas hizo > en el modo que arriva tc dixo) y..odos los frutos, que dela here dad aísi mejorada huvielle percibido, y eltaviclen en fer 5 y calo que noloeltuvicilen”, aquello en que le huvietle hecho mas rico, conto corifta de le dichoenel$. 1.de cha Conferene. Jfúpuef. 34 wam. 645. donde tambien le dixo que debia refti- tuir dichos trátos, aumqueen nada te huvielle hie- cho masrico por cauía de ollos, Tambien confta de lo dicho en el $. 3.caf. 5. defde el num. 590, bafia 593. 719 Supongorambica , que Clodio eftaba obligado a reítivuir Los frutos , que de dicha here. dad huvielie percibido delpues de atsi mejorada, aunque el dueño no huviera percibido: lemejantes frutos 5 porque dicho ducio:ebla huviera mujo- xado li huvsera eltado en lu poder , como tambien Tratado XVI. Déla Refitucion, conita de lo: dicho en el dicho sum, 693,3 otros , donde por.doétrina corriente queda 4 se tado ,queel polleedor injalto , y de mala fed obligado A refticuir Los fruros, que de la cola ros ml na huviere percibido *, aun en cala qua] ño de eíla no hhuviera percibido (emejantes tos, (1 huvicra.tenido la cofa: en (u poder, poátis.. E ES pl O: 716. Refpondoál calo > que Clodio'e ebligado 4 reltiruir dichos frutos ,que avia pi bido de la colapor fu indukria > y diligencia jorada ¿notolo.en calo en “que tambica hi percibido el:ducño Lemejantis frutos (ino tal auñque el dueño no los húviera percibido y qué Clodio.por.cauía de dichos fráros, que yal huviedeconlumido en nada le haviede les cy 3 tico. ENtá refpuelta es cali cierta entre lós e res» qomo le puede ver en Torrecilla de encion Ap. 2 eE icap- 3 mum ol mm, 59» Leisia c4p.1 2. amb 1 7 Maia. 4 burino/spr.ca.2:5.74m. 2 3.Manuel de cspcionque/t.r 3oSálmanticeñte $. dde mM » Lacroix qwm.'248, Y lá razon de lá: el , es; porque la heredad , que tuvo ¡dl Clodio , aun deipues de mejoradá En al modi cho , pertenecia al dueño, y eltaba en (ado fed fic ef?, que qualquiera cola en qualáiic! do , que elte , fruétifica para (u dueño : u como en todo tiempo eltaba obligaddh reltituir lá heredad al ducño; también é de tiempo obligado á rellicuir dichos fi cibidos de ¡la cola mejorada ::1 contumido , y galtado injultamentés cia, y agravio ai dueño , caufandole el privacion de ellos: qualquiera que ¡aja caula algun daño ,lo debe refbituir , y ec lar ¿aunque cauíando el daño ,. ningí na Aya percibido , ni le aya hecho por ello! 1 como le vé , en el que quema vna cala ¿00% redad ¿luego aunque Clodio huyielle dichos frutos percibidos de la heredad jorada , y aunque fue'len frutos , que el dé la heredad no nuvielle percibida, eabaO a relticuirlos, aunque por ellos en ña le hecho mas rico. 717. Lo2. yes confirmacion de porque la miínxa obligacion teniaE odio den ¿refticuir dichos trutos , que teniak 10 refticuir la heredad mita, pues alsi el los frutos , pertenecian al dueño , y ell poder,y dominio, mientrás eftaban en Í ni la obligacion de reltituir la heredad; € pereciendo efta por culpa , 0 fin culpa: debia reftituir 1uvalor ; aunque por€ en nada (e huvielle hecho mas rico , pul cola pras labida y que el que el inj ta pi de la ecía agena la debe relticale ¿ Lrelk e lino la valor , aunque ao le aya hecho 1 Iwego tambien la obligacion , que te reftituir dichas frutos , eratal y que ha

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