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> rm 116 "reatado KY.De la Rejtitucion: ria! , agena"5 Y omitió las diligencias para falir de la dada , obró injuftamente contra el ducño de la cofa, d contra aquel , O aquellos, de quien du- daba hera fuva , y contra julticinlos privó de la elperanca que podian tener de averiguar que la cofa era de ellos, y nodel polleedor: luego el di- cho feavia de reputar como pollecdor de mala Le y por configuiente , eftaba obligado A relti- tútrla cofa, y los frutos de ella, (egun la propos- cion de dicha dudá , ora con el fugeto determina. do,reípetto de quien era la duda, ora con los po- bres, (1 el fugeto no era conocido,y Ciertos 5 Zo La razon de la probabilidad de la lenten- ciá contraria es: porque zunque pecó contra jul.- ticia en otpitir dichas diligencias quando las pudo hazer , pero na [e confticuyo polleedor de ala fé , pres nunca lupo decierto que la cola fuelle agena: Atqui 5 para derribarlo de la pollefsion queantes tuvo , es necellaria razon Cierta eh con- trario : luego dicho polleedor , de quien habla la concluñion. , no eftaba obligado á rellitucion al. guna. Veale tambien Lacsoix /4pr. num. 564. donde lleva enstodo lo dicho en nueftra con. clufion. $21 Cóoncluñion ro. el que dudarido fi. era burtada la oía ,0 oO fi era del que le la dió , 9 de otro ;, lá recibió con dicha duda pot titulo de compra , 9 donacion con añirito de retenerlelá,pe- ca , y eítá obligado luego 4 hazer las diligencias poísibles para laber li dicha cola era huúrtada; 3 ho era del que fe la dió, y £i hechas las debidas di. ligencias perleverare fiempre en la duda, ea obli. ado á reítituir la cola , y los frutos, dividiendo. La fegtin la proporcion, y calidad de la duda en. tre si milmo , y entre aquel , d aquellos de quies nes duda lea, y fiño dudarede perlona , d perfo. nas determinadas , eltá obligado A hazer dicha dis vilion , y reltitucion con los pobres. Ella conclus lion es Comunifsima de los Dc étores,como fe pué. de vér en el Salmanticeníe +wm. 6 2. Lugo/ed. y. num. 8 1. Palao fuor. núm. 3. Torrecilla faro quejis, 7 um. 149. Caípenle num. 53. que citan ¿los demás , contra algunos que lin nombrar os eita el Salmanticente , los quales defienden . que debe reftituir toda la cofa que “recibió por dichos títulos con dudota fi al fugero de quich duda fea, y lino es lugcto conocido,á los pobres. Y fe prutz ba asalta RORCAgUIdN : porque dicho lugeto que recibió con dicha duda ¿y mala fela cofa 3 le puede juzgar por polleedor de buen: fe > pues empezo a poticerla con dicha duda , y sala fo luego autique hechas lasdiligancias > no falea de la duda de ti es agera , 6 no) no puede quedaríe con toda ella, ni puede arguird Lu favot con la polleísion, mas que a favor de aquel de quien du- da lca; y alsi por ningunz de las dos partes ela la prellumpcior,0 poiicision : Juego la debe di Vidir en el modo dicho , legun la prop la duda, pues aunque ño le favorezca] pero el ritulo de donacion , 9 compr orcion de a pollefsió, a con que la huvo foá razon para que no debá defpojarfs di toda. Veafe tambien Latroix num. 562, s31 Conclulion tr. el qué dudando ( era burtada compro vna del quela: polleia con buená fe, fabiendo dicho coniprador la:dicha buena fe; depues que la recibió en el modo dicho, debe ha. zer las diligencias pofsibles,para Íaber ( es agenaj 5ónmo ,.9 li dicho polltedor de buenafe la 24 comprado con buéna fé del ladrónsy li hechas tos das las pófsibles diligericias,no (altere de la duda; no efta obligado á reltituir dicha.cola > fino que podrá licitamente quedarle Col ellá,Ira Lugo dif 17.16%, 4. hum. 83. Y Antes fed, L > 15m. 7 Paz lao fupr» punch. 3 .numo 3. Torrecilla to. 1, Supra quefita 7. num. 152. Manuel dela Concepcion queft. 31.condicho Lugo , Reginaldo , y Tru llench: E 523 Y leprucba : porque'iunque él dicho; que cor duda de li la cofa es hurrada , 9 ágena lá recibió por titulo dé compra del quelo pollelaed buena fe , no [ca polleedor de buena fe , por ton de si miímo ;0 inmediatamente, pero esp féedor de buena fe mediatámente , y en quán fucede en el derecho” que tenía [obre la cold! poilccdorde buena fe que le la dió : Juego 4 como dicho pollcedor de bucta fe > Í avi entrado con buená fe 4 pollecr dicha cola , y pues entra á dida(i era hurtada » 9 no 5 y hechas las debidas diligencias no (alietle de la duda, pós dria licitamente retener dicha cola, tambien el que la recibió de el por riculo de donacion , 0 compi dudando (i era ageña, 9 rio » fi hechas las debidW diligencids no fale de la duda > podrá licitameñ quedaríe con ella , y no tiene obligacion de fé tuirla, La coníequencia Íe prueba: porque dia polleedor de buena fe traslado , y grafpafso ale cho ; que recibió la cola por donacion ¿0 vent compra , todo el derecho que cl tenia Lobre laa la y en virtud del derecho que tenía el Pel de bueña fé, podia hechas las debidas diligen as para (alir de ladudade fiera agena ,0 10) 20 lindo de dicita duda quedaríe cón ellaiuego bien el que de dicho poífesdor de buena Es 1040 bió con dicha dada , a hechás las debidas diligene cias para falir de ellá no faliere , podra licita meme quecaríe con ella, Ae 524 Nilo dictio en efta conclufion [9 opone i la doétrina de la conclugon antecedente ; por cortio dizen bien dichos Palao,Lugo, y Torrecilla; ladodrina defta es limitacion de la do Brins dela conclulion antecedente, porque la antecedente las bla generalnmiente def que récsbió la cola por titulo de donacion,o corapra con duda de (i era hurtada, 9 no, 0 dudando li era del que fe la dio, O de 00; prelcindienno de que el dicho que le la dió fue l pollcador de buena fe , y de que el que la recia bio ¡upiclle dicha buena fe; y «en elta conclu'ioa [c habla determinadamente del que con dicha du- da de fi era hurtada ¿9 no, ode fiel que fe la dió la avia comprado con buena fé, 9 con ella laa ? ro

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