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” e Confersucta VI, De la refbibucio ela. Y los calos en que el infamado puede validas mente perdonar ¿y remitir la obligacion de reltia! tuir la famas fon aquellos , en que ioloredundalá infamia en lu propria perlonasy na en otrás¿ Coma de hijos, fubditos, parientes:3cc. de que tratan 1ós Doétotes fobrá el oótavo del Decalogo:; fobre eb quial lo puederi ver los Autorgg; y Torrecilla [apra gugfita 6. por todo el, donde tratan que caloses licita la remitsion , o perdon de la fama ; y en:que calosesilicita aunque lea valida, E, 435 Conclufion7.el ge defcúbre el delís to, Ó pecad O del proximo > áúnque juritamentej tefera ¿ y diga la peniréncia, que hizo por el ¿¿eft3 obligado 1 +g[tituirle la fama. Efta concliifion (u4 pone por cierta , Manuel dela Concepcion 914% ¿4.con Pedrode Navarra > y lacomun.. Y (8 + Prucba; porque los pecados, que engendrad infas mia, la engendrán , y caulán ¿aunque juntamente le refierala penitencia ¿que el pecador hizo poy éllos. Y los que no caían ¿ ni inducen infamia; ño lainducen, ni caulanarinqus fe refieran Ain la - penitencia hecha por ellos , pues el que cayo en el crirgo de la heregía ¿ ladomia zar hurto oculto, licmpre queda infamado ¿delcubriendo(e Lu delia! ' to, aunque juntamente le refiera la penitencia, qué hizo por silos, Y la Religiofa, que cayo en alguna, flaqueza ¿0 tuvo ¿que ver con alguno 3 liendo fu pecado ogulro ; y del qual; fupielle 4no , que aviá* hecho gtave penitencia 3 1 elle delcubricile el; tal delito ¿no Le puede. negar ¿que infamaria 414 Religio(a , aunque al milmo tiempo tefriciie dis cha gran penitencia. Y ¿un feria la mifmo , y cade daria infamia ¿ delcubr endo ; y manifeltando al guna flaqueza ¿ que húvielle tenido enel Giglo; y de que hizo gran penitenciá y avienido tido oculta el tal delito. Como al coñtratio,el degít de yri Sola dado mozo > y libre ¿que Lolígicó a alguna muger libre ¿ aunque no fe digá sque hizo paniencia del. tal pesado , dichs relacion , y. mániteflación de la > folicitacion y O copula ¿que con ella; ayia tenido, no infama a dicho Soldado: luego el referir el des lito oculto del proximo , juntamente con la peni= tencia , que el hizo 5 no efcuía al que lo refiere de reltituiricla fama,y atsi eftá obligadoa dicha rels tirucion. ' da 436 Coriclulñion $.las caulas que efcuían de lá retticucion de la fama Las reducen comuniaenis los Dotioresa diez,y fon: La printeras lajultare miísión, gondenacion, O perdon de ella, de que (6, habló en la conclulion 6 «de ella conferencia. La legundas lajulta compenlacion, O recompenía.de que lg havlo en lz Conelulion 2.La tercera, quad . o la fama s(ta ya recuperáda,4juiaio de Y arories prudentes , gorno por accionesde virtud y O teltis moniog de Varones tidedignos. La quartay quando la tama ella del todo olvidada. de que te haviden? 2m.459. j la Conclufion 44 La quinca,quando el grimen, que ynomanifelto , y deicuorios, le bizd publica por Otro Camino , de que Le hablo en la Conclution: $e La loxta , 4 la reflirucion fuero del todo. impolsi< ' DB He fa borra 1) de la fama. tor ble, pues ¿lo impolsiole; nadie «RA obligados, La leptima ; quando la reftitucioñ no le pudiere Ka. zor fa peligrode lavida ¿de que fe hablo en «l $. amecedente, (preto 12.415.) 416,La oótas ha;,, quando no le puede hazer ¿la rellirucion ; Gin mucho mayor perjuizio + y detrimento de la pro- pria fama; que lá que padece el imfamado > de que le hablo en el fapuefl, 64.0. 418 yum 419: La nona , quando.Lé quitó la fama con buena fe, como quando (e refiere el delirosjuagando inven- «ciblemente que es publicos y de. otros modos ,de . que le abla eñel/mp.3, m3 994 Lá dezima; guah= aunque [e delcubrió el delito ; na (e figuio real mente, y en ctecto infamía alguna ¿9 porque los oyentes no diera aliento, ná mudaran de concep- to »relpeéto del deliquente ¿por no. creer al infas mador 3 ni darle credito alguno, ciertos ni dudo= lo,9 porque quando Lé retició él delito era yá pus blico. Yeánie los lugares citados en efté nuniero, 4 cercá delas cayias¿oe eleifamel reMituirda fas “ma, de las qualeste iiqola en ellos. Y advistro,qué dicitas catas; vias Vezés ferán báltantes para lis brar del codo de la :oblig1ción dereltieuir La farias y otras Lolo paña diterir la relliticionide élla; Veas le Tortecilla/hpri quefir: 55 por todg el; Manuel dela Conecpeion quajt:24:y Tamousino 9.34 péf ¿otám. Ta" 4 Ñl, A sl | - 4 , Cafos prAblizos acercado larefivucion de laboñr dj - 280 4ñ fatmas P SUMARDO, Quañido el que injurio a otro deba hazer larifis » £óciom, 0 der [acisfación por éllionor que le quiz 40 con alguna consurielin ¿00 palabra ¡mjuriof at "AMAS 7. ad ña e | Con que obiszacion quedán los herederos del infas _ Madot murtendoc/te ¿fin avér rejtirmido la fas ¡MA AMi4A47iadds ri j AA E Que vos del difíneo debe él beredora cumplir? UAIAS3. dei Si ebqueje orinjadamenteinfamadag ma dé quiés FONTE frur ia fama ; podra: por modo de coma . Perfación de ció tomar ocubraménto al infamias Agr alg tos bienesde foriana: a irá 14 4d 458. Si esdicira la compenfation quando la deida es fo _ Lamento probabiein.43É. . En culo que es infeniado tomaré algumos bienés de : fortuna al dujamador ¿por modo de recompen/lty ACUC Dibwerjebosyjt def pies lerejtienje la fama El que imjujtamente infamo otro y havblizado Aarejimirde codos tos daños; que en Vienes de fortuna heviere pajecias por el tiempo en qué - BRVIINaado y añique palado algan q iempey * e A 4 1 ' | 7 l 1 '

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