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in Conferencia IV. Deb quinto, y fexto efecto de la Defcomunion. indivifas , e ioieparables ; como le puede ver en Elt:cfano Grati¿no,Difcepto Foren/.tom.4.cap. 752. num. 62.68¿Surd. de Aliment. tisul.7. que/.17. 1nun.274 y Otros. Y como en el calo, de que hablamos , losfufragios , O votos de los demás ile Rores; aunque porsi mílmos , 0 de Lu nawraleza eran feparables,y diviíibles del de el deícomulgado vitando : pero aviendole ellos admitidu ¿la Eleccion, en el modo dicho, yá queriarí, y efa lu voluntad, que fus votos fuefa fea indivilos, € infeparabies de dicho voto , o fufragio inhabil , y que le vnielffen con el. De aquí es , que yálus votos le viciaron , e hizie- ron inutiles; y. fe viciaron: porel vicio, e iouti.. lidad del defeomulgado vitando. Veale tambien áDPelizario. tractat. 9. cap.2.numer, 88. don» de dize , que dicha Regla del derecho folo tien ne lugar en-las elecciones; quando los inhabiles Lon adow'tidos a la eleccion con ignorancia de la inhisbilidad , pero no quando [on admitidos con fabiduria , y conocimiento de ella; y cita 4 Suaa sez , Lezana, y Peyrino, OBFECION Ill. "+ Contrala mifma refpueña, 229 E la eleccion", de que fe habla en el caío de la tercera reípuel. ta pudo aver, entre lo: electores habiles, al. gun buperior de dicho Delccimulgado vitando, que tuvieffe fícultad de ablolverle de la Deíto= munion , y quitarle la inhabilidad , que tenia para direl voto: Sed fis e/f , que abluelro de la Deícomunion , y quitada la “inhabilidad , feria valida dicha eleccion: Luego , en el calo de nyelira tercera relpueñta , pudo fer valida dicha, eleccion. Relpondo al'argumento., concedien. du todo lo que dize ; pero nada objeta contra nuefira refpuctta, Porque aunque es 'verdsd, que la eleccion a que es admitido vn innabil por aquellos, que le puedén diípeníar en la inhabili- did , es valida; porque por dicha admiísion vos luntaria fe juzga , que virtualmente le difpenían en la inhabilidad ; como dizen los Dogtores en “la materia de elecciones; pero en nuetro caío no fe lupone , que le admiticilen los que podian ablolverle de la Delcomunion, y quitarle dicha inhabilidad 3 y por conliguiente fue nula dicha eleccion. Mas dado calo , que le admiticilén los que le podian ablolver; y que defséto leabíol: viellen en la debida forma antes de la eleccion: entonces, atento el efecto de la Del- / comunicn; no feria nula. , E EA AA IA ds es” Part.s. 63 eso TERCERO, 230 E Bulo,Patrono Lego de vn Bent. 4 ficio Ecleliaflico fe hallaba del. comulgado vitando al tiempo , que vaco dicho Bencticio:; y fin fer ablitelto: de la dicha Def- comunion,hizo la prelentacion en vn (ULCTO PA» ta dicho Beneficio. Pregantaje lo 1. Sidicba prefentacion fue validarY lo 2. Si el Superior, que avía de bazer la imfticacion en el Beneficio, efaba obligado a admitir dicha prefintaión, Jiendo el Prejentado 2igno, 0 idomed para dicho Beneficio? Reípondo 4 la primera pregunta:Que , dicha prelentacion: fue valida , y Erme por la; parte del pretentante, Ita Suárez; 4//p, 14: nus mer. 28. Villalobos, 4iffGcult. 12. 104.3 Lean: dro, di/p.10,q42/.16. Palao, pundh.14.m.174 Salmanticente , pund?. 3. mum. 92. Y es comun de los Doétores contra ¿ambertinó , Covarra= bias,Gafpar Hurtado, y otros:citados por ¿cana dro. Y la razon de nuefira selpúelta es ¿porque por cílo la preíentacion al Beneficio, hecha por el Patronato Eleñaítico,9 por algun Cleriz go,en quanto tal,endo delcomulgado vitando; es nula,e invalida; porque es ato de julifdicion Eclefiattica; de la qual el descomulgado vitanda, ella privado : 5ed/8c e/f y quela preientacion al Beneficio, hecha por el Patrono Lego,no es acy to de juriídicion Eclefiaítica; ino tolo adminifa tracion de lu Patrimonio : Luego dicha preíen- tacion hecha por el Patrono Lego defcomulga- do vitando,no £s nula, fino valida,y firme, 231 Lo 2,Borque la prelentacion al Benéz ficio , hecha pór el Patrono Eclefialtico , Y por: el lerigo ¡en quanto tal, es nuias e irritas por= que da derecho firme al Beneficio; y el Patrono' EclelizBico no puede variar de prel:ntacion,aún antes de la inftitucion: Sed fíc e/f. que la prefera tacion, hecha por el Patrono Lego, no di dere= cho firme al Beneficio ; y dicho Patrono Lego puede variar antes de la infticucion; como es aka fentada do Irina de los Deétores: Luego no ay, razon, para que la prelentacion al Beneficio,hez cha por el Patrono Lego deleomulgado vitaná do, fea nula , ejnvalida. por 232 - Ala aududa del cafo ¿relpondo: Que el Superior,que ha de hazer la inflitucion delBe- neficio, no eltaba obligado á admitir dicha pres fentacion ¡fino que antes bien pudo , y debió repelerlas 4 lo menos regularmente hablando, Eta reípuelta es de los Autores citados.Y la ras zones; porque dicho Superior edaba obligadoy como las demás Fieles, 4 no comunicar conel delcomulgado yitando : Sed ¿ce? , queádmix tiendo dicha tacion , comunicaba con el: Luego no fola podia , fino que debia repelen dicha prelentación. Dixe , a lo menos regulara mente bablando; porque podia (uceder algu= Ina vrgente necefsidad ; A la. qual pura 2 A |

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