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¿64 Breve Compendio del Tratado XV. Tentencias de dichos Juezes Ecleñafticos. El quar - to ¿los que decretan tales prohibiciones , ó man- datos , y los que los execatan. El quinto ,losque dan confejo , patrocinio , O favor , para execua tar alguna de las acciones prohibidas en dicho Canoa. 104 Losque impidená dichos Arzobif- pos, y demas Juezes Eclefiafticos el vío de lu ju- riídicion, fin violencia, extorlion, Ó miedo ; y lo- lo fobornaudolos con dinero ,Ó incitandolos con ruegos,y fuplicas; no incurren en dicha Delcomu» nion. Tampocola ¡ocurren los que losimpiden el vío de lujuriflicion , quando injultamente vían de cla. Dicha jurildicion fe impidira direMtamen- te quando fe hiziere violencia , ó le impuñere miedo, 0 mandato A lus perlonas; aque no le puedan moralmennte rekiílir : indireftamente fe impidirá dicho vío , quando 4 los Procuradores, Familiares , 0 Parientes de confanguinidad, O añ nidad ¿de los miímos Juezes Eclefialticosfe hi- zieren vltrages , O vejaciones , CON el fin, deque dichos Juezes no víen de lu jurifdicion. Para que los que dan conlejo, patrocinio, favor, d au- xilio , para las acciones prohibidas cn dicho Ca- non, incurran en la Defcomunion, fe requiere,que fe liga clefedto, para que fe da el confejo , fas yor, HC. 105 Enel Canon diez y ficte de la Bula de la Cena fe defcomulgan todos los que víurpan, Ó tequefiran, fin legitima facultad, lasjurifdicio= nes, frutos , ó rentas, pertenecientes 4 la Silla Apofolica, d á otras quale(quiera períonas Ecle- fa lticas y li dichasjurildiciones, frutos', 82c: les ertenecen por razon de [gleñas , Monafterios, Benciciós 6 bienes Eclefiaíticos. Y en quanto al víurpar dichas cofas , fe comprehenden tódas las perfonás publicas , y privadas; masen quañ- to al fequétirarlas , lolo las perfomas' publi. CAS. FE IN 106 Nofe comprehenden en dicho Canbh, en quahto 4 dicha fequelracion, fegun la lén- tencia mas probable,los Prelados,0 períonas Ecle- fiallicas, €n qnanto gozan, y vían de la juriídición Ecleñaflica; y folo le com rchenderán, en quanto víaren de juriídicion Secular. Por víurpar dichas coías , de que habla el Canon diez y fiete , no le entiende qualquier modo de tomarlas , ó hurtar- las; fino el tomarlas, 0 hurtarlas ,como fi fueran proprias, 0 debidas al que las hurta, fegun la fen. tencia mas probable, RA 107 El Juez Secular , que admite á fu Tri- bunal al Eclefiaflico, que voluntariamente Te pre- lenta en El para purgarle ; y fobre la caula , (0. bre que le preíenta , diere fentencia , no incurre en la Deícomuvion del Canon quinze; aunque todo lo agtuado ferá nulo , e irrito. Losque promalgan , ó publican elfarutos, dc. ó puellos a la libertad Ecleliaftica, de que habla el Canon quinze , jucurren en la Delcomunion ; aun ju dichos cflarutos no los ayal formado € ls he » la ¿ otros." lus antecedores. Todos los Mini que concurren ¿como executo ln cación, incurren en dicha Deleo Lonas privadas, que impiden 41 demás Juezes Ecleñaíticos el yl de que habla el Canon diezy Í la Deícomunion , impuelta ce den dicho vto, Los que impiden pos ,8c. el vío de tu jurildicion mixti fori y quando ya tenian de, cer en ellas ; incurren en dich Cañon diez y feis. Et 108 Elque víurpa, ma facultad los bienes, frutos ,8e. ó Beneficio vacante , incurre en la Dele del Canon diez y (ete. Tambien incu ¿ miíma Delcomunion los que víurpan y 1 "tran las miímas Iglelias , Monallerios y ¿que habla dicho Canon diez y fisec, Ele pa los bienesde los Eclehalticos, pertenecen por razon de Patrimonio , h ú otro titulo no Eclefiaftico , no d Deícomunion del Canon diez y fiete, El tiene dichos frutos , y bienes, de que habla non diez y fiete, víurpados por otro , qu dió ,incurre en dicha Delcomunion , li tiene como proprios , y debidos á si; víurpa los bienes del Beneficio Eclefi fc glar, a quien el Beneficio , 6 Ecleñaflico nia dados en arrendacion , no incurren e Defcomunion, La facultad para fequel bienes, de que habla el Canon diezy - den conceder los que de derecho pued les fequeltros. Y ton , el Papa, el Obilpo cario General, el Legado de la Silla Apo “el Noncio;y cop julta cauía pueden ellos ES Pp? E 109 + El Efcrivaño , que elcrive el diípuefto por el Superior 5 del qual eltat o habla el Cato quinze de la Bula de lá Ce curse en la Defcomanion del ¿6 fe llegaR car dicho Eltátuto , Ordenacion , $kc. E (ejeros delos Principes , que ordenan tatutos, Sce:para que el Pe publ PRA Aci Defcomunión ;' fe, Meg el 'blicar dichos eftatutos Sc, La perlonas p iy particulares”, que víaren y 6 pratca n eliatutos , jucúrren €n dicha Delcomun qe temiendo, que fu Obifpo, D'algún ) 1aftico expida contratl algun Deer O e de de Tribunal Secúlar , para obtener K dicho Obifpo; para qué no expida “evitar el daño, que del “mifmo Decre incurre en la Delcomuniondel Cano contra los querecurren á los T ¡bu res , por inhibiciones ¿BE para Ecleliaflico.. * y k vo Losquerecurren4 a les Seculares por inhibiciones 0 4 Les eludir el juizio de dichos Jueaes Ecll

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