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pero le limita dicha comunion de los calados , y ICON cceptúa en sIgunos calos, El 14 Quando la Delcomanion fe imputo pof canía tocante al Ma- trimonio, Ela. Quando efán feparados por dis vorcio; y en quanto á eftos dos calos ,es cierta dia cha limitacion , y excepcion. El 3. Quieren algu nos , que (e exceptie el cafo , de quando alguno de ellos citaba d«fcomulgado al contraher el Ma- crimonio , y cl orro-Conforte lo contraxo con Ía< biduria , y conocimiento de dicha Delcomunion. Y aunque elto es probable, lo contrario , y que no debe exceptuarle ele calo tercero , es la [end tencia comun. 23 - Porla particula Haumile le concede 4 los Fjeles el poder tratar con dichos defcomul= das vitandos en colas politicas , y civiles, y quando fon fubditos, ó inferiores á dichos dela comulgados vitandos. Y afsi podrán trázar los iñoscon los Pádres , los Yernos, y Nueras.cou s Suegros , y Suegras, los Pupilos, y Menores, con los Tutores , y Curadores ,los Efelavos , y Efclavas confus Señores , y Señoras, los Religio- £os íubditos con fus Superiores , los Soldados con Íu General, y demás Gefes, los Criados, y Cria- s , E Ac das con lus Amos, y Dueñas ; y los Criados no ” delcomulgados con los Criados defcomulgados de la miíma caía en aquellas colas, en quea di: chos no- defcomulgados lesfuere necellario tra- tar para cumplir con (us oficios , y minilterios. Y en todas las dichas colas pueden relpeétivamen- te tratar los Superiores , nod efcomulgados , con íus Íubdicos , Hijos , inferiores no delcomulga- dos , enlascolas tocaates a los oficios, yem- pleos de dichos Prelados , Ó Superiores. Pero los Clerigos , que no fon Criados de los Obilpos, y los Vallallos , que no fon Criados de el Rey , no pueden tratar , ni comunicar con dichos Obifpo, y Rey defcomulgados vitandos, Por la particulá ex iguorara fe efculan los Fieles de comuni- car con los delcomulgados vitandos fiempre , que tuvieren ignorancia invencible de hecho , O de derecho, de que eftán: defcomulgados , d que ay prohibicion de tratar”, y comunicar con ellos : y comunicando con dicha ignorancia, no incurri- s3n en dicha Defcomunion menor; y aunque la jgnorancia (ea vencible , como no fea afectada, aunque no fe elcufarán de culpa ; pero no incur« rirán en dicha Delcomunion menor. Y 'para que obligue 4 los Fieles la prohibicion de tomuni- car con dichos delcomulgados vitandos , no bal- ca la duda de fi [on vitandos , ó fino lo fon; ino que le requiere moral certitud de que eltán del= comulgados vitandos : pero conftando ciertamen- te, que lon vitandos , fiempre períevera la obli. gacion de evitarlos , mientras no conftare con dicha moral certitud, que eftán ablueltos. Por la particula Nece/Je le concede á los Fieles comuni- car con dichos delcomulgados vitandos en dichas colas politicas, y civiles, (fémpre que dichos Fic- lescuvicren grave neceísidad elpisicual , Q tem - Parbto5. De las Cenfuras en Efperie: *pañarle 4 la $17 poral de comunicar ¿on dichos defcomulgados vitandos : con tal, que no puedan (ocorrer dichas neceísidades;, recurriendo a los Fieles no deícoy mulgados. 34 Quandollega vn Superior delcomulz gado vitando adonde eítin los Fieles no deícomula gados , pueden eftoslicitamente hazer al Supe4 rior la cortefía , quitandole el lombrero , y has" zerle lugar lugar para que fe afsiente, Pero ino fuera Superior, no fuera licito a dichos Fieles hax zerlela cortelia dicha; auñque lá hizicilen lod lo porque no los tuvieílen por delcorteles; bien es probable , que la podian hazer por, elle motivo , de que 'no los tuvicilen por in- vrbanos. Atenta la coltumbre , es licitoa los Fieles relaludar al defcomulgado vitando , que llega adonde ellos: eflán , quando el los faiuda primero. Siempre gs pecado mortal la 1dola< tria , no folo formal, limo tambien la material, Y aísi ni aun por miedo de la muerte le pue- de dár culto alldolo. Elcomunicar freguena temente con el delcomulgado vicando ,en colas politicas , y Civiles , no €s pecado mortal, ni de parte de los Fieles, ni de parte de el dela comulgado 3 como no aya efcandalo , ni mex nosprecio de la prohibicion de la Iglehia ¿ni fea en los calos ¿en que le incurre en Delcomunion mayor , comunicando con los Jelcomulgados vis tandos. Y loscalos quedan pueítosen el cuera po de la Obra , Conferers. 6. $. 2,04m. 363» ad 366. 39 ElCriado, que tiene por oficio el als Giftir al Amo rezar el Oficio Divino , Rofario, ú otras devociones , podrá profeguir en dicho minifterio , aun delpues , que el Amo ete dels comulgano vitando , fidicho Amo le mandare; ue le ayude drezar. La muger , cuyo más rido ela delcomulgada vitando , puede fiema pre , queel marido [e lo mandare , ayudarle 4 rezar el Oficio, y devociones , Y aCOMm- Igleñía , ( fuere 4 oir Milla. La emancipacion : Ef relaxatio patria poteffasis soram ludise competente y voluntate Patris , O, fili concurrente ¿O in vtriu/que prafensia. La Madre no tiene patria porcflad en los. hijos. El hijo emancipado, que eflá eo la familia de el Padre, y es comevíal luyo , puede licitamen= te comunicar con dicho Padre , aunque ette deícomu!lgado vitando , €n las colas politicas, y civiles , como (ino eftuviera delcomulgado..Si, 4 mas de eftar emancipado , eftá fuera de la fas milia de el Padre, y no es comental fuyo , no podrá comunicar con dicho Padre en dichas colas politicas , y civiles : pero podrá comu- nicar en las que perfenecen 4 la obligacion de hijo , y no eftan limitadas á la patria pos teltad. Y aun es baltantemente probable , que dicho hijo emancipado , “y que no habita: con el Padre, ni esde lu familia, puede comu. nicar con dicho Padre vitando , como los demas L13 bijog
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