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$38 - Breve Compendio del Tratado XV. no la hanincutrido; muerto el Juez, que laimpa- ' lo, d elpirando lu jurildicion 5 pero 11 yA le avia incurrido , no.ceíla fin ablolucion, 5 3 Lacaulacficiente dela Delcomunion, es qualquicra Prelado , O Superior Eslebaltico, 3 que tienejuriídicion paraimponer Cenfuras. La: caula material remota ,'0 fugeto ,.que pusdein- currir en Delcomunion, fon todos! los báutiza- dos , que lon capaces de incurrir en las Ceniuras ' Eclelalticas. La caula marérial proxima ',Ton las culpas , á las quales eftá impueñta.. Lá Comanis nidad, 0 Colegio;enqúantotal , nocs.capaz de incurrir en la Delcomunion. La cauía formal, Ó forma con que le debe imponer la Delcomu- nion , no eltá determinida en Derecho, ¿lo mes nos parael. fuero interior ; y afsi batláh quale(- quiera palabras ,ó finos, que manificlten l4va- luntad del Superior que la impone, Mas en la practica de imponerla, (e han de oblervar lascof- tumbres de los Obilpados, y las condiciones prel- criptas, en los Sagrados Cánones. Los efiétos de la Defcomunion lereducen ¿doze, legun la co» mun de los Dodtores :, ylon. Elx. La priva. cion de losfufragios de la Igloia. El 2. La pr de la participacion aótiva, y paísiva de os Sacramentos. El 3. La privacion delas co- las Sagradas , y Divinas. El 4. La inhabilidad para los Ordenes, y mivilterios Ecleialticos. “El 5. La privacion “de juriídicion Eclefialtica, y, vío de ella, El 6. Lainhabilidad para exercer ados legitimosenjuyzio. El 7. La incapacidad conferir Beneficios Eclelialicos. El 8. Lain- capacidad para obtener dichos Beneficios , y fusfrutos, Elg. Laincapacidad para obtener relcriptos, Elio. La privacicn de comunica- cion civil con los Fieles, El 15..Que el que todo' vn año eita delcomulgado , (in procurar lerab Luelto , fe haze fofpecholo de heregia.El 12. La Irregularidad , que le incurre, por el que efanao delcomulgado ; ininillra folemneménte aétos Sa. grados. : , 4 — Lascoías, que por la Defcomunion fe ” toria de hecho, El delcomulgado toles prohibena los Eleles con el defcomulgado , fe: contienen enel verío guiente ; Os ,:orare , va=' le, cominunio , menfa-, megatur. Lascaulas, por las qualeses licito ¿los Fieles comunicar con el delcómulgado, le contienen en el verlo liguien- te: Ville, lex, bumile, res ¡gnorata', necef. Je. Losbiencs efpirituales , vnos fon puramente internos, independentes de la juriídicion de la Iglefia ,como la Fe , Elperanza , Caridad , Gra- cia ; y de eftos no priva la Deícomunion. Otros fub' puramente externos , como la participacion de los Sacramentos , y Oficios Divinos. Otros fon mixtos de externos , y internos, coma la remi/sion de alguña pena, mediante la aplica - cion de Indulgencias de la Iglefia, y de ambas efpecies de bienes efpirituales , puramente exter. mos; y de los mixtos, de jarernos , y externos, Priva la Defcomunion. Como tambien priva de xXx « trinfeco de la Ley, no cae baxo la obli fe labe lu denunciacion , debe ler evi los bienes politicos , ó civiles, comerciar conel delcomulgad Fieles. Otros bienes elpiritua llaman privados , y no fe ofre 0 la Igl:ñia y y de eltos no priva nioñ. -. AA ' - La Defcomunion nopri: nes, y fufragios dichos por Derecho íolo por Derecho Ecleliaítico, La: que esaula , € invalida , no produ toen el Fuero dela Conciencia, cíte publicamente delcomalgado (no lis percuísion de Clerigo ) no 1y obliga ; tarló , (ino etá denunciado por dels ml El percufor del Ckrigo , no es vita dea fu percuision fea notoria de Derecho , Í puede ingerirle, d intrometerte4 co los Eiclese. Los Ficles no delcomulga: den comunicar con los defcomulgados. en colas politicas , y civiles cómo ran defcomulgados. Para que vno Tea | mulgado vitando , nobalta la fente $ en le declare Reto del delito , 4 que ela añex Defcomunion , no es denunciado , por Delcommigado. -. En las .colas'e quiere lo exprefo ,no bala lo tacito ella, finofe exprelfa.. El denunciado mulgado en vn Obifpado, fi pallare ás Fieles de dicho Obifpado , alqual paíso probable, que (fi en el Obilpado, a que. íito,no fe fabia publicamente dicha der por delcomulgado , no tenian oblig; tarlo, ' y 6 Paraque obligue la Ley. toda la Tgleña , bala la publicacion h ma. La notoriedad de Derecho , €s por lentencia difinitiva , O por manif za del caío, 9 por confefsion del Reo gitimo. Para que aya notoriedad « diverliidad de opiniones , en orden de poríonas , delante las qualesfe ha Lo teguro es, que fe requiere lo fep mayor de perlonas del Pueblo, Y Colegio , para queíe diga notorio, mente a dicho Pueblo, A el notorio percuífor de Clerigo fea es mecellario, atento el rigor de E lea denunciado por deícomú!gado | gun algunos Autores, regularmente hab le requiere dicha denunciacion. Quant blica Delcomunivn coñtra lós que hur fratos de vna heredad , fino reflituyen? tado , comprehende , aun á los que hi Irá teria leve. La materia puede ler grave ya lo de fu naturaleza, amíbico pol del fin: y circurfiáncias. Para q y da confeflaríe con el Confellor d

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