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Conferencia H. De los dos primeros efectos dela Defcomunion. 23 indiredamente 5 poro podra gozarlas , lite las dieren los que las deben proveer ; porque aun: quecl Jeluita renga voto de no entrémeterie a olicitarlas, aquíllosa quien toca provecrias,d darlas no tfenca yoto dé nu darlas a los Padres de la Compañia. 100 s ] É Infiancia contra las foluciones dadas a los dos argumentos. 87 L Concilio Conftancienfe dize cla- - J >, ramente, que por, la conceísion, ue haze a favor de los Ficles en nada quiere aliviar, ó fufragar A dichos delcomulgados,ibi: Per ber tamen buiu/modi excomimunicatos, Oc. mon intendimus in aliquo relevaremes els prats fuffragari Sed fic efB que li fuera icito aplicarles dichos Sacrificios, oraciopes, y fufragios publicos,eltarian aliviados,y fufraga- dos de algun modo: Luego na es licito aplicara los por ellos. «Relpondo al argumento”, diftina guiendo la mayor+ Els oncilio Contiancienfe, $lc: en nada quiere aliviar,O fufragar directa,e inmediatamente ¡dichos delcomulgados;con» cedo la mayor:en nadá quiere aliviar ¿mdirecta y comfiguientemente a dichos delcomulgados, niego la mayor;y diflinguida la/menor del mif-=- mo mado, niego la confequencia. De. modo, que aunque fe concede a losFieles dicha licitud en aplicar los fufragios por el defcomuleado tolerado, efle no queda aliviado , o lufragado, relpeéto de la prohibicion , O privacion de fu fragios , y comunicacion en ellos , que antes de dicho *.oncilio revia;pues (1 antes no podia en tremereríe á comunicar con los Fieles, y folici- tar dichos (ufragios , tampoco aora puede, Al modo , que ( en algun Reyno de la Igleia tu- vieien losPrincipes. y Superiores de dichoRey. no prohibicion. de dár 3dos Padres de la Com. pañía Dignidades. O Prelacias, y +1 Papa les le- vantallc dicha prohibicion, y dixcffe : Que por levantar dicha prohibicion ,en nada queria ali. viar,ni fufragar á dos Padres de la Compañia fe debia entender, que en nada queria alíviarlos immediate , y direció y mas ro , que no queria aliviarlos indireéie , y mediater y alsivcomo en elle calo, mientras duraba dicha prohibicion en los Superiores , nó podian los Padres Jeluitas gozar Dignidades; ni folicitandolas, mi fin Coli citarlas; y levantada la prohibiciom,podian ob+ tenerlas; con tal, que de vingun modo las folici taflen, y los 'rincipesde folo lu motivo fe las diellén ; fin que por efto quedallen en algo ali viados de la prohibicion del yoto de no folici, tarlas. Alsi en nuetro cato , antes del Concilio Conflanciente. eflaba el deícomuigado privado de comunicar con losFieles en dichos fufragios, entremetiendole el, o folicitandolos ; y los Fieles eflaban prohibidos de comunicar con éllos,«y aplicarfelos, quando eran publicos del- comulgados, aunque no fuelen nominatim des nunciados , ni publicos, O-notorios percullores de Clerigos; pero depues del Concilio .Coní- tancienfe , y en virtud de fu tifpobicion, fe le. vanto 4 los Fieles dicha general prohibicion, retiringiendola , folamente en quanto, a los no - minaciia denunciados, y notorios percullores de Clerigos , queton 20ra loyvitandos.; y ref= peéto de los quales queda en lu fuerzay vigor dfcha prohibicion antigua. Y aísí levantada la prohibicion , reípeéto de los que aora lon tole. rados, fiempre le verifica que dichos defcomul. gados , en quanto a la prohibicion, quede (u parte avia, en nada quedan aliyiados , ni fufra- gados; y que el alivio, y favor folo fe concedió a los Ficles: al modo,que en el exemplo pucíto, dilpeníados los Superiores en aquella prohibix, cion, ellos eran los aliviados,y relevados , y no losPadres de la Compañia, en quanto a (u voto. CASO SEGUNDO. 88 Ancio, Sacerdote, lieyado de cam ridad, folia en el memento de la Mifa rogar a Dios mental, y ofultamente por los defcomulgados vitandos, O no tolerados ; y les aplicabala parte del Sacrificio, que a «) le correlpondia ex opere operantis. Preguntaje. f Mancio cobraba licitamente ento dicho, 0/7 pes caba en ello? Relpando lo 1. Que fi los ruegos; y 'oraciomes mentalesy lecretas, las hazia Man= cio ennombre de la Iglelia ; y como Miniliro de clla ¡pecaba mortalmente en orar, y rogar del dicho modo por los delcomulgados vitan= dos, 9,no tolerados ; y efto ora lo hizielle por dichos delcomulgados vitandos , aplicandolas por alguno en particular, como es indubitable, Ora por todos en gencral,como coníia de lo din cho atriba. concla/.1.n417.67. Reípondo lo 2. Que li Mancio hazia , ú ofrecía dichas oracios nes, y siplicaS , como perfona privada, y par» ticular , y en nombre propriofuyo y Obraba liw citamente; como tambien en ofrecer por ellos, ex (u proprio nombre, la,parte de fruto que le correlpondía ex opere operantis;con tal que no los nombrafle 4 dichos vitandos, de fuerte, que le oyefIen los Ficles; ita Suarez, dilp.9. [e ét.5. num.5.6. Leandr, d/p.3.«queft- 16. Salmonti- cenle , fupr. núm. 58. Diana, re/ol. 77. Bonas cina.punct.1, $.3. 14.6. 7. Corella, 3. parta del onferenc. traci,10. confer. 3.04/0 2, NUM 1151. Villalobos, dif%c.4.mun.4. Y escali de todos ¿contra Ledeíma , Cano, y Avila . citas dos por Leandro. Y esla razon, porque el. Say cerdote , aunque quando celebra reprefenta la Jglefía , y es Miniliro de ella, no pierde la for.. malidad. yrelpeéto de perlona privada ; y por configuiente puede orar , y rogar emla Mila, cómo perloña privada , y con oraciones , y fu- fragios priyados. Sed /5c ef? , que como .dixis mo$

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