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$34, + Tratado XVI Dela Irregularidad: contumaácias relpedto de diverlos preceptos : Sed Sic eft,que Séverino en la vnica celebracion come- tio tres pecados, formalmente diflimtos, y fue coms tumaz a bres preceptos diverfos en elpecie : luego Beyerino incurrió en tres irregularidades. Objesion contra la re/puefa Meafo. 2156 OR vn deligo lolo le merece vna pena ; pues cíla le conmenfú- ra con la culpa: Sed /4c e, Que Severino lolo cos metio vn delito; pues lolo celebró vna vez. : lucgo Severino folo incurrió en vna irregularidad. Rel- pondo la ¡.diftingo la mayor; por vn delito , que [ca yno material, y forerabO equivalentemente, Íolo fe merece vna pena , concedo la mayor : por vn delito, que endo vno materialmente, es, mu- chos formalmente ,'ó equivalentemente , lolo fe merece vna pena, niego la mayor; y diftinguida la menor del miímo modo , niego la confequencia., Confta la dil.incion de lo respondido en la prus- ba de la relpuefta.Refpondo lo 2.negando la ma» yor , abfolutamente hablando ; porque aun enlo Civil le ve claramente , que la pena de azotes el. cáimpuefta A vnosdelitos , como pena total de ellos; y la pena de Galeras á otros ,como pena to. tal : y no obítante , muchas vezes por vn delito le imponco ambas penas de Azores, y Galeras, Y en orden á Dios, e Religiofo , ó Sacerdote , que- quebranta vna vez la calidad eon vn lolo peca» do, es digno de muchas,y diverfas penas en el /n- Ferno ; porque quebranta , y obra contra el pre » cepto de la caflidad, y contra el voto, a A O ARO TO É157:. Uillermo. cometió. vn delitos, al lacid qual efta impuelta infamia, por Derecho, ¿p/0 ¿u?e , vel fabio; y elte delito le (a- «bian dos períonasPreguntafe,fi precifamente por averle cometido y fabidole effas dos perfonas,que» do Aena: bg as ¡SelpoRdO, ue Guillermo no quedo ¡irregular lolo por ayer “comesido el tal delito fabidole aquellas des Pertonas, ... ¡Ella reípuefta escomunilsima de los Die el Cusío Moral, Salmanticente pan, ¿pum. 82, Tamburino, cap.¡10:14m. 5 Es eras 1. Bonacina, panci.1.num.34Vi «obos,difie», 3. mura.3, Torrecilla tomos. de Con JSultas Varias £radt.4, Comf.10, 040,1 3. qUE Ci ¿aná los demas. Y la razon es 5 porque6 delito co no pubiico, 0 n torio co _ricdad de Hecho,O de Derecho po le pier mex guena opioton, 0 elimacion entre los bres; Sed fis £f8 ¿que aunque el Derecho tu puefta infamia, ¿p/0 facjoal delito , que cometió -¿Guillersoo,, fino lo fabian mas, que. dos períon pie cho luego Guillermo no quedo irregular, preci- o feipenis pordo que eleaía propone» La mayorgs 7 EX ost. de todos los Autorescitadog; ei la infamia yimpaella por Deréc quieren , queíca publico de Dereépo, tencia de Juez ,ó por confelsion del R zio, ú con publicicidad , d notoriedad de Objecion contra la refpueña alcaf . HAS 2158 ds infamia, ip/o fatto ol tingue de la infamia fre; qe efta requiere fentencia, y publicidad; la no; fino que le.contrahe porel mimo: Luego Guillermo quedó irregular, auna lito 10 fue/Je notorio de algunmodo delos e fados, Y fe confirma; porque le Cenfi ¿ho le diffingue de la Cenfura ferenda ; en e que es /pfo faéto , le contráhe por el de oculto que fes : luego lo mitra de dre irregularidad que proviene del delito, d impuetla infamia ¡pfofadio. AR 2159 Relpondoal argumento ¿ne elantecedente, Porque ellas tales infamia, diftinguen /olo en lo dicho; no en que la inf JFerenda por fentencia fiempre requiere publi de Derecho 3 y la miíma fentencia haze publi de Derecho el delito. Y fucede , que el delit publico , y notorio de Derecho, (in feppabdl notorio de Hecho: como (i la fentencia le da delito , que no le (epan tantas perlonas deben Íaber , para dezirfe pablico ¿O mbr Hecho. Delo qual hablarnos en la Quarta trah.14oCoftro a. $.3 1 337: Der fi mia, ¿pfo facto, impuelta en Derecho. nor se ela lentencia; ni condemnatoriadé la / ni declaratoria del delito,á que e impuel con ello le compadece y que ño bale lao del delito , fino queíea'nec-Tarjo, q; ea de alguno dé los talesmodos, p Puesel Derecho, auuque diga ip ze que el delinquente' pierda el by 2 y) mientras cl. delito 4 «-prelume , qUela 1 gléfía: quiera, quet delivquente Pa e bn wifimo, pOstándote.comb irregular. Ya tras no fe publica! de algiino de effos me «debe portarkeícomo irtegúlar.; pue A ¡co pr > sar y concedh. ¿1 dente ;, y niego la confequencid: Pon yl Geldo tro AN | ¿nui el delito folo tóculto,::¡ 0 mo iaa. 00) 0%. . 0 Se . ¿EXA

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