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A <=” | ' E é ' 7 4 0 pl A PES Po A 7 id cine E TRA a Ei Fanta fuerza como les pareces. 528 Tratado XVI. Dela Irregularidad. 3000 Papa: Ita Palao, pund?. 19,5. 4. 11» y 4Lean- dro,adi/p.24.944fÍ.2 3 y 24» Machado, docu». n.7. Tamburino,cap. 18. $. 2. nurm.2. Calpente Jtód.6. num. 43. con otros muchos contra otros muchos citadus por ellos. Y la fegunda parte es “de todos. La primera [e prueba, Porque el Tri. dentino, de// .24.de Reform. sap.6.concede a los Obifposfacultad de ditpeníar en las Irregulari. dades , que provienen de delito oculto, tin diltin. cicn , O reltriccion alguna (menos en la que pro= viene de bomicidio volantario. ) Y elta facultad, en quanto a difpeníar en aqueftasbrscgularidades ex delicto ocuito,no les eftá revocada por la,Buba de la Cena; como prueban bien Palao,Leandro, y Famburino : Luego el Ub1/po puede «i/penfar cn la irregular ¿dad , que proviene de la beregia Oculta, * w ; 2133 Ni obfta lo que -objetan los con tra. rios ; ello es.; Que los Obilpos no pueden abíol- ver de la béregis oculta: Luego menos podrán - dilpenlar en ¿atrregularidad,que nage de ella.La confequencia le prueba. Porque mas es la facal- tad ae dijpenfar enla Irregularidad, que abíol. ver de laDe/comunion anexa á la beregia oculta, y de la milma heregia: Sed fíc efh , que a quien fe niega lo menos , le niega lo mas : Luego el Obiía po nospuede dilpeníar en la Irregularidad , que proviene de la Deregia oculta. No oblía, digo: Porque le reíponde lo 1, negando la mayor con muchi(simos, citados, y (eguidos de Manuel de.la Concepcion enlo ae Lenirent. di/p.6. que ft. 9. mum. 847. y donde alli feremite , y por Torres cilla,tom..1. de la Suma, trat. 3. dif Do 1.C4p. 1. Jett.1.num. 1 53.y 254. y donde alli e ¿ita á si miímo. Reípondeíe lo-2.con Palao ,Supr. admis, tiendo el antecedente”, y negando la confequen. cia, Y ¿la prueba le diftingue la mayor : was es da fatultad de dijpenfar endalr regularidad cier $4 , y [im duda ,que la facultade abfolver de la Delcomunion , concedo la mayor. Mas es la fa» cultad de difpenfar en la 1rre guiar idad dudofa, que la facultad de ablolver de la-De/comunion Giersa , niego la mayor; y concedida la menor, niego la co ea Porque la Jrregularidad, que proviene de la heregía oculta, vo es cierta, no dudofa, Pues Jon Palao , $. r.m.2ade- fiende con Otros por may probable que por la hes gia oculra.no le contrahe Irregularidad, fino por .Tazon de la infamia, quando es publica, Y lo mife o defiende, por mas probable, el Salmanticenfe, muin,79.con el referido Padre Palao,y otros.Pe. ro la De/comanioa le incurre por la tal heregía cert amento y en fensir ac todos. Y aísi el funda. mento , en que ¿frivan los contrarios , no tiene A 2134 Concluñion.16. En la Irregularidad, que contrahen Jos hijos , y ietos de los Here. ges en el modo arriba focado , de ninguna fuerte Pude dif pez far. 4: Obyff e imo folo el Súmo Pon. s tifise La Palao, $. 4» Listo 7 e CONMALEZ y Sano "¿apa puede diípeniar, y en ninguna La Irrcgularidad, que 5 >pentar el Papa; porque chez, y otros, fin citar á alguno porlap traria. Y la razon es 5 pqrqueelta Lore aunque remotamente b1ene ¿4 Origen ae, los Padres; mas no nace de delito delos no [lolo pos razon de la imdecehicia. to delos Padres fe refunde,y nacee otro,poxque tal Irregularidad no ! delito oculto , alo menos moralmes Luego folo el Papa puede dilpentar gularidad. Y advierte Palao , 1. 6 ve voluntariamente apoltararon de po; efto és, ni para recibir Orden de mi ra exercer los gecibidoss Y con los Her le reconeilian , Obuelven ala Fe, dize cierta ) que folo el Papa les puede difpen que le ordenen, O para que alciendána demes,f tenian alguno. Mas para cXcrcer, 0) trar embos ya recibidos puede dilpeníar e/0 excepto para el vío , y minilterios ael ue Y cita los capitulos del Derecho, que lon dí lo; y añade,que por la mima razon probib; VW. elañode 1567.41 Inquilidor pavael diípeniar,o habilitar a /os£resby, reges, O convertidos a la Fé,para exer cio del Presbyterado. Veate al propsi m.1. y 2. Y lo miímo en Tamb.cap.18 2135 Concluñon 17,La Irregula proviene de la :mfamia de lolo el besh lo primero por el Bausi/mo. Porque al por el Bautilmo le perdena la culpa , pena anexa á ella, le quita porel. Lo quita eña' Irregularidad por la enmi de la vidas con quele recobre /a fi por el delito. Porque cada cola le las csu/as contrarias , a las que le € Y aísi , puefa la tal enmienda , m0 de di/penfacion ; pero ella enmienda del rar a lo menos tres años. Esccmun ¿y au todos los Dodtores en Palao,pantd.204 70M Salmanticente, puné?.8.num+8 51: 10-$.5.Num«3 y 4» a 2136 Conclufion 18, La irre provitne de la infamra ae derecho. .por difpeníacion ; y fiendo infamia Cancn:co ,fcloel Papa puede Lo qual fuele hazer, rellituyendo antiguo effado y y dignidad ¿lefa y eltaba. Ni la infamia de Derecho Civil le quita porel Bautifmo. Y Gentil, que fiendo fubdito de Prir no , huvicllelido pablicamenteazo ría infame,é irregular, del EA el. Infamia de Derecho Civió puede qu cipe Secular , Superior del la infamia , cefía, y miz de Derecho Cid, lgmia , que procede d el Dercc
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