BCCSAL000512-F-10000000000000

C onferentia VIN. De las demás Irregularida.s 57, usentalmente celebran , y adminiltran la Excre- ma Uncion, y hazen las demás colas:, que tocan aíolos los Sacerdotes ; como bendezir las Nap- sas ,los Ramos, Cenizas, y lasorras Fanciones, que folo los ordenados dé Sacurdotes pueden exercer. Pero el que no teniendo ¡uri /dición pa= sa un acto , queno pertenece ¿ao d: Orden, ni le cmbuelve, fino que lolo es acto ¡uriídicional; lin tener facultad, d jurifdicion para el , le cxer? ce, no incurre en ella tal Irregutaridad. Y atsino la incurre el que eftando ordenado de Sacerdo» ¿o Presbytero, adminiltra la Extrema-Uncion * fin icencia del Parroco ; O fin licen.ia dil Parro - cu alsiíte al Matrimonid'; no queda irregular. Porque no cxerce acto de Orden 34914d0,que no t10mc 3 tino loo acto de jurifdicion , que de falta. Pero lino fiendo Sacerdote , ablu<:ve Yacra mentalmente ¡incurre en Ifregulitidad; porque íi no es dacerdote exerce alto de Urdenyque no tiene. Masel Sacerdote, que din facuitad para contellar , confie/f/a,0 ab/uelve Sacramentalmen- te , nola incurre ; porque no exerce aéto de Or- den, que no tiene; lino acto de juriídizion , que li talta. Veale Pala0,nam.5. y 6. Leandro, ap. 20. quel. 9. y guientes. Tamburino , 1:43. 3. y 4- 3aimanticenle, nur. 74. 12127 Y advierto: Que, aunque algunos quieren, que la lrregusaridad , que le incurre, excrciendo Orden Sagrado no recivido; /ea 10» sal ; y que aísi impide el aícenlo a otros Orde- nes, y cl vío de los que tiene recibidos : pero aunque todos convienen en que ño puede reobrr de nuevo los Ordenes; mas en quanto ¿los ya recibidos diícrepan los Autores, Porque legun Suarez , Conich , y otros , que figue Fam>uri- no, nú4m, 7, y Palao, mum, 1. defienden, que m0 es irregular en quanto d »exercer los recrondas; lino que folo queda fufpento. del exercicio del Orden vltimo recibido : y que ela tal lulpention ha de fer por dos, ó tres años darbitrio del Juez. Y alsi al Diaconote le prohibirá el vío, d exerci cio del Diaconado , mas no elexercicio del Sub- diaconado ; porque'aísi cquíta.ex cap. 2. de Cle ric. non ordinal. minifirant. Donde al Diacono, que celebró la Milla , (ele prohibe afcender al Sacerdocio; y le manda,que lea fulpenlo del LDia- conado por dicho tiempo ; 44 Jacerdotium ( di- ze Vrbano Ill, ) non poteris promoveri ;4 Dia. sonata quoque biennio, vel triennio pro tua ma- neat provihone [u/pen/ms.De las quales palabras confla,que en quanto a los Ordenes recibidos, no queda irregular, fino fu/pemfo por dicho biennio, d trienujo , a arbitrio del Juez. 2118 Concluñion 11. En la Irregularidad contrahida por la violacion de las Cen/uras lien- do publico el delito, folo el Papa puede dilpen(ar., Pera, liendo el delito ocw/so ¿puede diípuníar el Obiípo en virtud del Tridentino,Sef/7 24. de Re- format.cap»6. Elda conclulion es cierta entre los Doétores ¿.como le puede vér cn el Salman» $27 ticenle, punél. 6. uurn..; 2, Machado, doc ur 4a num. 4. Tamburino, cap. 18. $. 4. mur. 3.Pera para con losRegulares pueden dilpenfár fas Pre = lados , Generales, y Provinciales, toties quotes, aunque lea publica la tal vivlacion; como con otros dize el Salmanticeníe; y aun añade coa Fragofo, Peyrino, y Antonio del Elpirita Santo, uc los Confellores Regulares pueden diípe nlar en ella con los Seculares toties quoties y aunque lea publica , por privilegio que para ello ties nen. 2129 Coñcluñon 12. En la Irregularidad, quecontrahe el caíado ; por. recibir los Ordenes en los calos mo permitido»por Derecho, fiendo oculto el deliso , puede dilpeníar e/ Obi/po ; pero liendo publico el delito ,falo puede difpeníar el Papa ; menos que el tal irregúlar profelle pri - m-fo en Religión aprobada; que entonces po « drá diípeníar «/Obi/po. -Contta de la Extrava= gante Antique de voto. Y es de todos en Palao, pundt. 7-:1am.4. Salmanticenfe, puncl.7. num. 75. Tamburino , /upra num. 2, 1130 Conc.ulion 13. in la Irregularidad, contrahida por la furtiva receperon de los Orden mes , liendo el delito ocu/to, puede ditpentar el Ob: po ; pero hiendo publico el delito ; y aviendo fulminado el Obilpo Deicomuniva(como lo Íue- len todos hazer ) contra los que le urdenaren furtivamente ; queda efa Irregularidad refervas da al Papa. Y alsi no podra difpentar el Obiípo; menos en.calo , que el aísi ordenado , entre en Religion , y en ella aya yivido algun tiempo lau» dablemente. Conila ,ex cap. 1. Deco qui fora bive ordinem fufcepir,y lo tienen todos-en Tamá. burino , 247. 1 .Saimanticeníe,nam. 75. Palao, punc?. 17. nam.4.Bonacina , pundd. 4.num.7. Y advierte la Glolla fobre dicho cap. 1, verbs Poteris miferivorditer:Que efta predicha diípens facion , quando ya es Religiofo el tal ordenado Jfurtivamente, la da el Obilpo,no con autoridad propria , fino con autoridad del Papa :¿Non tu9 iure, fed autborisate Pape. 2131 Conclulion 14. En la Irregularidad contrahidia por la v/arpacion del Orden,que vnó no tiene , Ó por exercer Orden norecibiao 5 fiena ¿dowrulto el delito,puede difpeníar el Obifpo;pe= ro , liendo el delito pubjico y lolo puede difpena lar el Papa , en quanto al alcender á otros Ordex nes , Odrecibir Orden de nuevo. Y en quanto ¿exercer,:0 miniltraren los recibidos, podrá diípeníar el Obilpospaflado el hiennio,ó trien= nio de la Sulpenion , que le avia impuefto; pero antes no. Sic Palao, pané?.18. pam.: 2. Salmán. ticeníe , dicho panéi. 7. mum.75. Tamburino, $. 2.num.7.y $. 4. nus. 3. Bonacina , pan; 7. MM. 10 Y ESCOMNN. > 2132 Conclufion : 5. En la Irregularidad, que proviene de /a beregia oculta; puede dif peníar el Obiípo; pero en la que proviene de la beregia publica y lolamente puede difpenfar dl . Pad

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz