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cia , queintenta elargiimento ; le quita del tado la duda ¿en la Sef. 24: «sp. 6.citado ¿con aque- lla abloluta exepcion: Exceptaca, gue oritar ex homicialo doluarario,porqueés Go limitación, O clalle , o efpecie alguna de oculto, OBFECIONA, , A ñ + ' l qua: Contra la mifma refpaefa "2033 Egun Entiquez $ citado por Diaz Da Part, 4.brah. 1 refolat.100. y por Leandro, fápra que d.24. y 23.el Obilpo puede difpenfar conel. homicida “voluntario y mino oculto , pata Beneficio fimple:, y para exer: cer los Ordenes menores: Lhego y el Obiípo pudo difpeníar ¿Sarmonio en fu Irregularidad, Y aísi no es verdadera lnucítra relpueíta y dada ab; l6lutamente. Re(pondo,que dado,que Enriquez;, diga lo qué contienecl antecedenté lo niegan! todos los Autores citados por' nueítra relpuv tas como fe puede ver en los ci tados: Leandro, y Dia: na y en Tamburino, 24m, 23. Porque el Cosgi- lio dize: Omni Obdine, ac Benefecio perpetuo ca- reat. Y antes. Netilli aliqua Benoficia Eccic. Haftica confervi liceat. Y aísimiega toda facul: tad de dilpeníar para todos Ordenes »Y para quals quiera Beneficio Eeleñaftico. CASO QUARTO. 2034 "M TEricio, aviendo cometido vn hol micidio voluntario , y publico, Feconoció lu maldad ; y movido de Dios entró En vna Religion aprobada con deleo de hazér penitencia de (us pecados; y aviendo profeíla. do en ella, pidio ¿tu Provincial y que le diípen< fafle em la Erregularidad , que tenia; como en efeGto le difpenso Pregúntaje, pudo fu Pro. vincial di/penfarle valida, y: licitamente? Re(= pondo , que efe lu Provincial dif penso 4 Nericio valida, y licitamente en la Irregularidad, 14 Sal. manticeníe , fupra mur. 17. Palao , Jupra $.3. nu. 4. aunque elle pide , que no fea notorio el homicidio. Pero aunque fea nororio , lo defien» de el Salmanticeníe con Antonio. del Elpiritu Santo » Diana, Pelizario, y Lezana » y lo miímo Moya, tom. 1. de las Selectas, tradi. 5. quel. 3, $. Vnic. a mum. 4. ad 6..con otros , que cita; con 506 Tratado XVI. De la Irreoularidad, ' delito fea: oculto: Los quales privileg a ¿tambien al mifmo Moya,tradF. tal, queno efté deducido al Faeño eo la razon es, «Porque los Prelados f e nen privilegios de varios Pontifices, $ diípentar co latrregularidad , Que pre homicidio yolantario ¿ ora le aya comet ora defpues de la entrada en Religion; y derver en dos Autor: 5 citádos. Y ela lean Prelados Convenetvales, como. tores y Guardianés 11806. 630010 10 : 2035 + Tambien tienen privilegio log dos Prelados ¿Generales , Provinciales 4 ventuales fpara dipentar con Gi > EN Irregularidad,que proviene de bomisidn | tarso.publico , cometido ames de entraron] ligion; como fe puede ver en los yá citada manticeole, Moya, Y enádiana, part. vió: 3.refol. 43. Lesndro 4i/p. 27. quef. 33,1 alpunos ¿»átbres devilós , lo llevan Ea 1 ciomide averíe oometido-el delito ¿res y greffo.en la Religion ¿como fon Lean ya 5.el qual citaa Machado , Rodriguez A tel: Luego aqueñte Provincial pudo difp a . lida. y licitamente'á Nericio en elta des ridad, él des el , ' ? A d Objecioncontra la re/purfaalcafo 2036 ps Privilegios aleg do al rod ve vozis Oraculos fe ze Moya fupra mum, 4. Sed fic cf, q culos de viva voz eftán revocados par XV. y Vrbano Vili¿Luego tales Privile tán revocados. y aísi no pudo efe Proyin peníar á Nericio en lu Isregularidad, que aunque al principio fuellen Oracu vA VOZ 5 pero delpues de concedidos 16% maron con Bulas otros Pontifices ; ya. Y aísi retienen vigor, y fuerza B..ladossy por configuiente mo dos por la revocación de los vive e Veate lo que diximos en efe Tra $. 2. Concllaf. 13.4 NUM A7 OT Ad 2. Donde cita á muchos, que defiend Vocados los Pr; vilegios de los Reg dos por viva voz pero Ya conformados de GregorioVIIL. y Paulo V.sntes de cion hecha por Gregorio XV, y Vrbano ES si Je eS e

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