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Conferencia 1. Dela Irregularidad , (e; $. 1L Conclufiones acerca de las Irregularidades ex des feu corporis, yex defcátu Animz. SUMARIO. e 'El que carece de uno de los ejos es irregular.num. 1900. El que teniendo ambós ojos, carece de la vifia del finiefiromo es irregular, regularmente hablan» A0.N. 19010 Tampoco lo es y regularmente bablando ,. el que _ para celebrar , necefsita de anteojos , numer. 1903. El defegio culpable del cuerpo caufa irregulari. dad aunque el tal defecño ,y la'culpa fean ocu 105. N.19030 Qui abíque culpa caret tefliculis ¿ non el irregu- laris.n,1 904. Qui fe caftravit , abfcidit membrúm virile,vel per- — miísic ab alio talía Gbi Geri eft irregulari. nume, 1903. dia E] que dió caufa emlpable, para que db fuez, dal guna perfona privada abícindit ei tefticulos, aut membrm virile,/imo intento lo dicho, no es irregular. 11906. y 1907» o Los que ona vez efuvieron locos, furiofos ¿0 la- naticos aunque ayan [anado,nece/sizan de dif- penfacton Poniificia para recibir los Ordenes: n. 1908. Sidicbas enfermedades advienen a los Ordenes recibidos podrán exercerlos quando ¿Auvieren fanos, d juyzio del Obi/po. m.1909» Los Energumenos ,0 Endemoniados y mo pueden recibir Ordenes mayores y ni menores , fin dif-= penfacion Pontificia , aunque fala vva vez lo ayan eflado ,y eflén ya fanos. num. 1910. y 1911. Si fobreviene dicho árcidente a los Ordenes reci» bidos , podrán exercerlos , pajJado un año def pues que ¿[da libres,con di/penfacion del Obif- po. ibidemo : Los Neopbitos no pueden recibir aun los Ordenes menores , fin difpenfacion Pontificia. numer. 1912. Y—Oncluñion 1. El que carece de vno de los ojos es irregular, Efta Conclufion es cierta 3 comofe puede ver en Leandro, difp. a. quef. 7. Salmanticente , punt, 6. nam68, Diana, part. 5. 17. 6. rejol.2 2. Bona, cina, punt.2. 14m.2. qUe cifand todos los demás. y conta exprellamente ex cap. $ Evangelica, diffin 55» Donde dize Gelafñio Papa : Nam ¿1s, cui eratasefi oculas , non posef Jfecundum Cano- nes Sacerdotij ira concedi. Nes enim aliquid el Part $1 1900 475 prodefi quod oculum invifus ami/sit:cum,nec vos lens, quifquam mifiJe acredendas efiz Nec Sacras tifsimos Canones aliquem cafum, la, ami/siome oculi , qui ad Sacerdocium adipifcendam non im- Pedires y fuis excepif]e regulis invenimasifed bos tantummodo ad probibitionem fufeciffe videma Patribas, Ut, qui caret oculo,Sacerdoti] Ofbciana adipifei non poffes. AN 1901 Concluñion 2: El que teniendo ams bos ojos, carece de la vifta del finicftro,ó izquier» do, no es irregular ; (i la vifta del derecho la tiene tan perípicaz, que puede decentemente, y finde. fórmidad leer Al Canon de la Mia. Elia Conclus li0n escomun de los Doctores en Palao,puns.1 1, 2.2. Leandro, quef.9. Bonacina, punt.2.a4m2; Salmanticente, dicho nums6 8. Calpenle, /ec1.16s Bim,107.Yambutiño, cap. 8:$.1.1.2. Y la razon es 5 porque pudiendudeer con decencia , y lin de. formidad el Canon , no ay capitulo. alguno por donde le pueda dezirirregular. 1902 Concluñion 3.El queno puedece= lebrar fin anteojos, no es, irregular comunmente báblando ; ni el que tiene alguna. mube en. los ojos, ni aquel quien le faltan las peflañas, ni el vizco,d que tienelos ojos atravellados,. Dixcle + Coman mente hablando ; porque fialcelebrar , caularen alguna deformidad ú horor , leran irregulares, Y en caló de duda , pertenece: 4 los Obilpos para con los Seculares, y ¿los Prelados Religiolos pam ra con los Regulares , el declarar, li la deformi=- dad es tal , que qanía la irregularidad. Ita Tam- búrino , dumer. 3. Leandro, que/f. 10. 53. y 14. Bonácina , pamer. 3. y 4+. Y esde todos jos Dodores, Y lá razon es ; porque fino caulan di.. cha deformidad, ú horror, fino que puéden decen- temente celebrar, yo fe pueden llamar victados de cuerpo ¿y pór configuiente , tampoco [on irregu- lares. 1903 * Conelufion 4.Bunque el defeéto de la parte, ó de algím miembro del cuerpo fea ocul - to, y nole maniíiclte, v juntamente fea tambien oculta la cúlpa,o el delito,con que vno fe mutilo,, O feparó de si la tal parte del cuerpo , incurre en la irregularidad, ex defeGn culpabili, del cue rpO. Tra Palao, pant.i2.n4m.2. Salmanticenfe, 2.71. Tamburino, cap.S. $.2. n.8.contra Navarro, En« riquez, Covarrubias, A vila,y Valencia; los quales requieren, que el delito de efle genero de abíci- fion,o múutilacion,lea notorio, Y le prueba la Con- clufion ¿ porque elta irregularidad fe impone en pena , y caltigo del delito de cracldad , y fevicia executada conligo mimo, y no en pena de la moto» riedad : y es al modo de la que incurre el que vo- luntariamente mutila á otro: Sed /3c e? , queaun- que el delito lea oculto , fiempre le verifica ler de cruelaad,y fevicia configo miímo: y el que muti- la voluntariamente 4 otro , aunque lea el delito oculto, incurre en irreguiaridad : luego el quefe mutila á si miímo,O fe quita alguna parte delcuer= po, queda irregular, dungue el delito lea oculto, Rr 3, Cong
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