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Conferencia III, De las Irregularidades tre, riente ; y porconfiguiente , incurrid en lairregu. laridad eg aefecin lenisatisa *Relpondo , conce- do la mayor, y diftingo la mefor: aquella diccion Soi tigniteala propria perlona ,/olemente en en. tido pbt/co , niego la mayor : aquella diccion 264 fignifiea la propria perígna , ex /entido plhifico.y y, juntamente en fentido moral ; niego la menor »Y niego la confequencia. Porque los daños , d.1n- jurias recibidas en los parientes de confangúinidad dentro del quarto grado , y las recibidas en los domefticos , O fubditgs”, y en las proprias Igle= lis fejuzga en lo múval ¿»recibiríe en la propria períona ; y. por configuiente , comolas palabras del texto fe han de interpretar en Sentido moral; y en ele fentida le juzgaba ¡proprio de Lamuelio eliisño , y perjuizio caulado á lu pariente dentro dei quarto grado, Por eftp- ( aviendo aculado en la Forma dicha) no incurrió en la irregularidad es defeóta lemicasis. e" BFECION 1, Contra lamifina refpuefa. 1866 Í Lamuelio huviera fabido de cier. =) to ,quedichosagrellores inten= taban catar el tal daño a fu propuelto pariente; no podria, antes que lo executa (Tenacularlos ante el Juez, O acudir a El en la forma dicha, para pre- caberle , y prefervaríe de dicho daño; fiendo afsi, que entonces (fegun la doÁriná , que vamos de- fendiendo ) lejuzgaria , que intentaban Hazer el daño á dicho Lamuclio :luego tampoco, defpues de aver executado- dicho daño contra la pariente, los pudo acufar en la forma dicha , fin incurrir en la irregularidad ¿Relpondo alargumento ,.ncgan." do el antecedente. Porque en dicho cap. Praelasis; no folo fe concede el poderacuíar, en el modo di. cho, parala recuperacion del daño caulado , li. no tambien para precaber el daño futuro ¿Como confia de'aquellas palabras: Er providefi, ne com. trucos talia de catero prefumantur, Y lotie- nea todos les Doétores en Suarez , /ecd.2. nun. 16. Machado ,/upra , num. 2. Tamburino , mue mer. 17. Salmanticeníe ¿mum. 16. Y potconfi. guiente, todos los Autores, que defienden, que los daños, C injurias hechas á dichos parientes, Sc, fe repuren por proprios de Lámuelio y han de de. fender , que podria tambien dcular a los malhe. chores en la forma dicha 5 aviendo fabido de cierto , que intentaban caufarle dicho daños x,A 467 CASO SEPTIMO. * 1867 Ea tuvo noticia cierta ¿ de te le querian arde pl 6 ll an os enemigosfuyos , y queá otro le querian robar vnos Ladrones; y teniendo e >» Y precaver dicho latrocinio, que acular 4 los agrellores, y denunciarlos ante el Corregidor; lostacusó ante él con la debida for. ma , y protelia, preleripta en los Sagrados Cano- nes? aunque ninguno de dichos lugetos,a quienes amenazaba la muerte, y el latrocinio cran parien- tes,ni lubditos fuyos,nitenian con ¿l dependencia alguna, Pregunta/e, Ji Capricio incurrió enga ir- regularidad ex defeétu lenitatis, aviendo fucedi- 40,que el Fuez iulte,veliniulte did la muerte á dí. chos malhechores? 1863, Reípóndo , que Capricio ¿no incurrió en dichá irFegularidad,ex defecto lenitatis, no fo- lo aviendo hecho dicha protelta, fino támbien aunque nola huviera hecho, Ita Palao, $.2,n:8, Cafpente,dicho n.87. Pelizario, nam.1 82.y 183, Machado, fupr, M4. Tambufího, /upr, n.13.Sal. manticenfe, dicho n4m.17. Diana,dichá refol.33. Leandro, que(.. 59. VillálobosPhtm. 7. Y esco- mun de losmodernos , contra muchos de los antiz guos. Y la razon de nueftra reípuefta es ; porque coímo dizenbien los Autores citados por ella , o es creible, que la Iglefia,Madre tan piadoía,quie- ra imponer la pera “de la irregulatidad 4 fus hijos, por cumplir con las leyes de la caridad, y piedad; y menos quando tambien fe: juntare la pbligación de juíticia? Sed fic ef, queen Tosdos cafos , en ¿que acuso Capricio a los malhechordh, cumplía cón las leyes deldcaridad , y piedad, que obligan a pretayer; € impedir el daño de! proximo por les mediós precifos , para evitarle ; quando fe puede * lin grave detfimefito proprio: luego Capritio np incurrió enla ¡irregularidad , aviendo acufado' ¿4 tales.agreflores; no lolo aviendo proteltado en la forma dicha , fino tambien aunque ro huviera hecho la tal protefta. Y que no necelsitalíe de aver hecho dicha protefta , lo dizen expreffamente Pa - lao, Tamburino, Villalobos, Machado, Leandro, Caípente, Avila, Molina , Gibalino , Cornejo , y Diana. e | | Objecion cóntrala rejpuefa alcafo: 1369 Efpues de eltaár, yá caúfados ¡os daños delos proximés, - queloneftráños, y que no le.reputinjpor proprios no es litito acular ( aun protéltando en la debjóa forma ,) parala refarcion , y farisfacion de Jas tales daños ¿como por indubitable lo rienen Tos -Podores en Leandjo quel. 58, det

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