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Con) Protafio contraxo con la buena fe el Matrimonio con Prarilía, ignorando , que cIhuvielle corrupta por otro , contraxo ligamia inter prebatióa, y la Irregularidad anexa della, Y alsi necelsitaba de difpenfacion, para ordenaríe. Ce Objecion contrala re/puefa al cafo, L que aviendó contrahido legitl. mo Matrimonio, y ¿viendole coníumado , conociere 4 fu muger, mediance el vío conjugal, delpues que dicha: muger adulte- O ; (1 el marido ignora inmbenciólernente el adula terio, no contras la Bigamia interpretativa , O la Urregularídad , que de ella procede 5 como afirman 54, Pedro de Eedeíma , y Gibalino, ci tados por Leandro , 41/pat. 6. quéj!. 1 y. Luego ella Bigamia interpretativa ,0 12 irregu aridad anexa a ella , espena impucita en cal iva del de lito. Laconfequencia le prueba; porqí: el tal que ignorando el adulterio, conoce de nuevo 2íu muger , no pódia eicufaríe de contraher Bis gamia , € Irregularidad , li aqueita irregularidad no fucíle pura pena en calligo del delito; como nuíotros hemos dicho bien en la prueba de la relo pueíta : Luego li ¿en fentencia de dichos Auto. yes , no queda irregular el marido ,'que igno ando el adulterio de lu muger, la cuncce de nuevo ;dicha Irregularidad es pena impucíta co caltigodel delito, 18:4 Reípondo alargumento , niego el ari. tecedente con todos. los demis Autores, minas los tres citados. Los quales , como le puede ver enPalao pun. 8.num.6.Salmanticeníe,p: nmód.3. AA a(pente /2:2.14. num, 97. Diana, re/olas. 41.2a£rman”, que cíte tal marido, que ignorando invenviblemeore el adulterio de lu muger . la conoció de muevo; ín curre eo lalrregularidad , que proviene de Di- gamia interpretativa. Porque(<como le ha «di. cho arriba ) es cierto , que lemejante Irregulari. dad no es pena en ch ig0 del delico, lino inb.sbili. dad ,O incapacidad ; de cuyo incurlo ¿9 con- traccion no e/cu/a la ignorancia invencióle, 11823 OBFECION, HL. Contra la mifma refpuefa. * E quecontraxo Matrimonio con ¿la viuda , creyendo que ella no avia confumado el Matrimonio antecedente y y d:fpues halla ,qus le avía cunfumado; no con- trahe la Irregulafidad de Bigamia 1mterpretatía va: Luego tampoco Protafio contraxo la Tere. sularidad de Bigamia interoretatita, aviendo conlumado el Marrimenio contrahido con Prati. lia con dicha ignorancia invencible , de que eflu- vice corrupta, Reíponido, negando e antecó» dentecon todos los Doctores , menos Pedro de 1315 ferencia UL De las ivrepularidados , es 457 Ledelma, y Sa, citados por Leandro, quel 14, Pero todos los demás Dodores vnanimamonte afirman, que lo milmo quele dize del que ton. tral< con la corrupta, que juzgaba [er virgin, ic dize del que contraxo con la viuda 5 la quae! juzgaba ioCorrupta, y que no ayid coníumado el Matrimonio; y hallo delpues que eflaba cor- rupta , y que le avia coníumado, y OBFECION dll. Contra la mifma refpurla. 1826 L, que contrahe vo foloMatrimo niocon viuda , O COn corrupta, no contrahe irregularidad , fi dicho Miatrimonis fuere nulo ( por mediar alguo impedimentos.) como por corftun lentencia lo deficuden Leandro, que/t. 13. Palao,num, q Salmanticenic,num.3 1, Coninch, dijput. 18, dub. 15: num. LOL LVEBO tampoco Protalio Phcurrió. en la lrregularidad de Digamía interpretativa, avieodo contrahido Matrimonio con Pratilia corrupta, ignorando. venciblemente , que lo etuviefie. La coníequen» cia le ellzblece. PoreTo los Autores citados di. zen , que el que cóntrahe con viuda y O corrup- ta , endo nulo el Marrimonio por ajgun impedi - mento y no contrahe dicha irregularidad; por- quefegun Derecho: Nullum quoi e£. nulla proancis effecrnm y leg. 3. Condemnatam , f/. de vé ind. leg. Non putaoit, $: Non quevis, [Ade Bonérum poffcf. Y par coniguiente , fiendo nu- lo tal Mawimionio ¿ho pesde tencr el efeóto de la Bigamia interpretativa, y de la Irregularidad áncxa : Luego tampógo el Matrimonio contra- hido , y confumado por Prataíio con dicha ¡ignos rascia iaventible, de que Prati.ia «(tuviclle coro rupta . pudo ten<r el efe Bo de contraber la ¡rf6. gularidad de Bigamia interpretativa : pres tami- bien la ignorancia es caufide no incurriri algunos impedi:rentos, cg27 Refpondoal argumento , concedo el ani: cedente (<iqualtergo por mas verdadero, y fundado , )aunque lo cantrario defienden Sua= EZ, fet. 2.051 34d 5. y Sayro «Bosaciná, Boricnio, Gordonio, y Cornejo, citados por dicho i sandro; y niego la confenquencia. La diiparidad corfille: En due efla prelente. Írre- gulasidad de Ligamia interpretativa, para el can lo de contraher lulo vn Matrimonio cun vinda,4 corrupta ( quando el ral Matrimonio es nulo,) no lolo yo e/iaexrpreffa en Derccho, lino que añ- tes bien e22 declarado por la Sagrada Congregan exmae Cardenales, que no (e contrabe aícba Lo pocularidad y legun refiere Palao , citando4 Farinacio, y Barbofa. Lo otro; porque, como repar vien Coninch , ia cap. Nuper, de Biga- mis, le fignibca que el que contrahe Métrimo- mio nulo con la viuda ,Q cormipta Mo contrahe dicha Irregularidad, "7 Lo
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