BCCSAL000512-F-10000000000000

E y i ue le la confefsion ; finoponcerle 4 la pgohibi- cion del Concilio Cowflanciente , ni a OtTO pe cepto Eciehafiicos ni a la ley de la carilad ¿de aqui es , que en las circuntiancias de dicha rel= cis pe pecó Terencio en pedi la confeísion E . . . al dicho delcomu!lgado , nl eflte en adminiítrar. íela. Objecion contrala fegunda re/puefa. 53 Unque vna muger elte diípuefta a pecar con todos losque la qui fieren, á nadie es licito pedirle que peque ; y aunque vno efte refuelto a no ayunar en e de ayuno , no es licito combidarle A cenar : Lue- go aunque dicho Confcilor cituviefle e y preparado a oir gonfelsiones , no le fue lícito a Terencio pedirle que le confeffafle. Reipondo al argumento ,concediendo el antecedente , en quanto a la primera parte ; porque £€n el calo deella, fería pedir a. la muger vaa cofa intrine fecamente mala , y que de ningun modo le era licica, “En quanto a la legunda parte, diflingo el antecedente; aunque vno cbte determinado ¿no ayunar en dia de ayuno , noes licitocom- bidarle á cenar ,fi ay cauía razoncblede parte del que le combida ; niego el antecedente, (i no ay cau:a razonable de parte del que le combida, concedolel antecedente , y niego la conleguen, ciaz porque con cauía razonable, lícito es coma bidar 4 cenar al que yá éftaba determinado 4 no ayunar 3como le puede ver en Torrecilla, tom, 2.de la Suena , tr. 1. di/p. 4= capa 5. quefí» $0. 8. Donde cita otros muchos 5 y en Tambu= rino, tom. 2. Jobre el guarso de la glefa, cap, 12.uwm 9 Corclla, Practica del Confe/fgnario, brat. 3. cap. 3. num. 21. porque aviendo cauía razonable para dicho combite , no le coopera a la fracciondel ayuno; y altas el “combidar ¿ cenar , no esintrinfecamente malo:con que co» moen el cafo de nuefira legunda refpuelta no era intrinfecamente malo el vir confeísiones el delcomulgado tuleradosni aun era malo Extrini fecamente en el calode pediríelo. Terencio con caula razonable , con po qual le pidio la confef f10n ; pues dicho confuclo elpiricual era cauía fuficiente , no hallando otro ,con quien COn. fe arte + y ellando alias el delcomulgado tale. rado diípueño a oir confeísiones y nO peco Te- rencio en pedirle le confeda/Te, Reípondo loz, á la fegunda parte del antecedente , Admitiene” dola abfolutamente con Caliro Palao, y otros que cita ¿dicho puné?. 10,5 : confequencia : y la dilparidad comio , en que sio ela. anaquel log : $ nado 280 ayunar; pero effaba obli. di abfolutamente > eñoes ora le a cenar con Cauía razonable ora fio ela > Y Atnque no le combidaflen az cd en el caío del delcomulgado tólerad rd ; 5 o, de que M.2, Y negando la Tratado XV. De las Cenfuras en efpecie: hablamos , no le eftá prohibida abfolutamen. te la adminiliracion de Sacramentos fino folio. quando el le combida , y entremete á la admi-. niflracion: mas no en £upoficion de que le la idan los Fieles, teniendo eftos necelsidad ,0 vrilidad ; como muchas vezes hemos dicho; Y como en el calo de la reípuefta legurda (us ponemos ,que Tesencio , tenia necelsidad ¡0 ytilidad en conteflaríe , por efto pudo licitas menté pedir la confeísion , y dicho defcas mulgado adminifirarícla , Íi a mas de la Def- comunion no. tenia el Confefior otro impez dimento, que de lu parte hiziele ilicita, o pecaminola la adminiftracion : y alías , el Confeflor eftaba expueíto a oir confeísios des. Objecion contra la tercera refpuefa. JO es ilicito, ni pecaminolo el pes dirmntuo al víurero, que efta aparejado paradarle con víuras, aunque pues da, elquelo pide, hallar facilmente quien le le de fin víuras , y con la miíma comodidad: 54 Luego tampoco le fería ilícito, ni pecaminola * a Terencio , el pedir la confeísion a dicho dela comulgado tolerado, aunque pudiefle lc gras igualmente el confuclo , confeandole con otra, O - A EE, TO iaa Ps E y E A ar E does que tuvielle 3 mano : Reípondo al argumento, $ negando: el antecedente; porque es corriente doétriza , que al Víurero , aunque ele apares jado á dáren mutuo con vínras , no fe le e > de licitamente pedir mutuo fin jufa, y razc ble caufa , y quando con la miíma comodidad puede el mutuatario hallar otro que le prel:ez como fe. puede vér en dicho Palao,num.4. Mas nucl de la € oncepcion; trad?. 7» Ai/p. 3. quefa 41. Salmanticente, tradi.1 4-cap.3« Pundi.4 fa num. 12.3. Y los demasen la materia de cícama dalo 5 pues todos requieren alguna juíta, zonable cauía, para que fele pueda pedir mus tuo a dicho Víurero ; y como aunque necefsi- te vno del mutuo , mirado ablolutamente, d relpeRo del, que le pide ; y por configuiente tenga juíla cauía , y neceísidad para buícarlos no tiene neceísidad ,. 9 jufta cavía, ni vtilidad elpecialen pedirle á dicho Víurero , Quando igulmente , y con la mifma facilidad lo pue: de lograr de otro; por: efto en el caío del antecedente ferja ¡licita y pecaminola la cauía de pedir mutuo á dicho Víurero. iz AGRA az Ea yr na Ni

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz