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434 “- Tratado x VI. de la Irregularidad OBFECTON de Contrala 1e/puefña alsa/o. 1727 E: Beneficio le dá por e: Oficio, y exercicio de Orden anexo 4 di- cho Beneficio : Sed ie ¿JP que el irregular con la Irregularidad abíóluta , cqmo lo era sartolo, esincapaz', € inhabil de exercer los Oficios de los Ordenes Eclefíafticos : Luego tambien esin- habil , eiocapaz de recibir de nuevo algun Be- neficio s Luego: fi le le da de nuevo algun Benca ficio, como fe did a Sartolo , es nula, ¿pfo facto, la colacion del tal Beneficio. Reípondo , conces do la mayor ; y dillingo la menor : el irregular con Irregularida adíolura , como lo era Sartulo, €sincapaz .t inhabil d: exorcer validamente los Ofcios delos Ordenes Ec eñalticos, niego la me» Hor. El irregular con Irregularidad abloluta,cas molo era Sartolo, esincapaz e inhabil de exero cer licitamente los Oficios de los Ordenes Ecle- fiafticos , concedo la menor ; y diltingo d-1 mil» mo modo el configuiente : tambien es incapaz, e inhabil de recibir liciffimente de nuevo alzun Be» neficio Ecleñialtico, consedo la conlequenzias tambien esincapáz ,e inhabil de recibir valida» mente de nuevo algun Beneficio Ecleñaitico, niego la conlequencia ; y tambien niego la con» lequencia implicira. 1728 De manera , que ay dos modos de inhabilidades , O incapacidades para los Bénef- cios , y lus miniflerios. Vnas , que provienen de Derecho Natural, ú Divino; y en las qualcs la Iglefia no puede diíveníár :como (on la ilite- ratura ,la falta de juizio , y otras lemejantes. Y Í1:,al que tiene eftas inhabilidades, le le diere Be- nsficio Ecleliaítico, esnula, ¿p/o fido , la cola» cion. Otrasinhabilidades ay ¿ en que puede dif» peníar la Igleña, Las quales no fon propriamen- te inhabilidades , (ino Irregularidades dilpueftas por lamiíma Igleña. Y eftastolo hazen , al que las tiene ,que no pueda licitamente exercer los Oficios , O, minifterios de los Ordenes Ecleñafi= cos. Y el Beneficio , que fe dá de nuevo, al que padece dichas inhabilidades ; le dá 'walidamente, y no es nula, ¿pfo facto Ma colacion, (ino lolo ¿Jj. cita. Y como la Irregularidad , en que ¡incurrió Sartolo , era de clta (egunda 'elpecie * d clafle ( pues de lolo las que pertenecen á ella tratan cr elte punto los Doctores. ) Por elto, la colacion de el Mn » que le le hizo de nuevo, no fue, ¿p/ofacto, nula ,e in. e ds A vs Y : OBFECION Contra la ml/ma re pe 1729 E Concilio Tr: € de Reformat. e. blando del homicida : Nec ¿llj fica Beneficia , eriam fi curann maran, conferis liceas 5 fed omni neficio, O Officio Ecclefiaftico p Luegola colacion de nuevo Bene irregular ,esnula, tirita, ¿pa y do al argumento , que como le d xo pum. 1783. aquellas palabras, perpebul le entiende con “diftribucion > Y pre acommoda,ó acomodada a las cof; habla. Y aísi en virtud de ellas queda da privado »1p/o ¡facto O iure, de los rios, y exercicios de Orden ; pero no quí vado , ¿pJo facto , de los Beneficios, € ue nia antes dela [rregularidad , mí tampog nñla , ¿0/0 facto , la colacion de muevo 1 hecha en el ; porla razon, que alli (e dixo, averclaululairritante. Y aísi , £0'quant palabras recargan lobre el Beneficio; e den con relacion á la lentencia del Ju gument. ex cap. Si foli 6. de concefrio bend. Donde”, hablando , de vna cola contra vna prohibicion, le dize: que: mente , por ler prohibida , no feria: ala que , en la comiísion de hazerla cc nera cripto , le añadielle :-que haziendol * prohibicion , fuee irrita , y nula, P men potefias fs non adimitur conferembln neas alteri facta collatio ab eodem5 gratía tibi falta, decrevifemas í me, quod fieres contra ipf um, 1730 Reípondo lo fegundo 4 di! que aquellas palabras, perperade deben tomar con tanto rigor , ct Í los contrarios : pues ( como dize. ) 32.) ile toman con todo rigor rir de ellas, que él dicho irr gu da . de quealli (e habla , quedal facto , y para empre de todo € ficio. Y fiendo elto, no Concilio,no le debe entend e rigor , que le intenta ene mento. :

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