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426 Tratado XV1. De la Irresularidad la MiÑía s:pero no en ordena los demás exercio ¿xo ¿ dicho efado :.€S pre cios , y víos , aísidelosotros Ordenes, Como fte incapaz de récibigle iS A del Sacerdotal, Y afsi podra confeflar , báutizar, 1697. Supongolo: 8. Que la aísiltir al Matrimonio , cantar Epiltolas-, Y inmvencible , ora lca de Derecho pe Evangelios , Bic. Y efto confla expreflameñte efcufa de incurrir en la: Irregulari ex cap. Presbyterum,2. de Clerizo egrótante, incurre por delito , dle lupone. vel debilitato. Donde dizeel Papa : Eresbyte= mola Irregularidad es pena grave rum y cusis duos digitos cum medietate palme — deimpóner fin grave culpa preced en 4 predone abfcifos., fignificafti , Mifiam non porque (como dixjaos en la Con permistimus celebrare : quia nec fecure, Oc. Ip. dente, $.2, Conclujiors 1. namer. Jum autem cateris offiesjs Sacerdotalibis fungi regularidad ab/oluta, que proviene de visnime grobtóemms. Y aunque Návarro citado el Papa no puede imponerla por folo «por Suarez ., numer. 38. limita lo dicho á quan» nial: Sed fe eff, que la ignorancia do la Irregularidad , que proviene de dicho Derecho, y de Hecho efcufan de pe defeéto , proviene, d nace fin culpa del (ugeto, 4 esindubicable entre los Autores : lu 0 quien él tal defeto fobreviene. Pero el miímo rancia invencible de Hechó , 0 de D; eeh Suarez, y Paloo, mamer, 3. Salmanticeníe 241% deincurrir enla Irregularidad? queproy 23. y los demás , dizen que le entiende lo dicho, delito, 21099 ora el defcéto de la maño, ú otro lemejante ,pro= + 1698 Supongo lo 9. Que la Irreor venga lin culpa del fugeto 5 que le padece, fe quita de muchas: maneras ; porque ay ora con culpa fuya. Porque dicha Irregulari- tro modos , con que fe puede quitar ; 04 dad nofe impone por pena de la culpa 5 fino El primero es por la ceflacion de la cala E por la indecencia que incluye el tal defecto. Y que qualquiera [rregularidad +, que prowi porque como dize Suarez, in cap. Studeat ¿din defecto , y mo de delito celía , cella do « ftinc?, 50. ( donde fe habla de lemejante Irregu- feto porque le contrajo , da ques ella bad laridad) le habla de quando fe contrajo, culpables Lo vno , por la regla general: de que ce mente, la cauía, cea el efetto; y por configuient 1696 Supongolo 7. Que el tercer efec. do el defeto cauía de la Irreguliridad; to de la Irregularidad es privar de la recepcionde doeldefedo, ha de colar buevo Beneficio. Y aísi el que eltando irregu- otro » porque lasIrregularidades ex d e lar, recibe de nuevo algun Beneficio » peca imponen por la indecencia , que trae conh mortalmente 5 y tambien “peca mortalmente el 2] defecioy, para queel (ugeto minillre 1 ¿que le le da +, O confiere. Confta expreíilinen: Ordenes Ecleñallicas : Sea fic ef, que te del concilio Tridentino , Sel. 14..04P. 7. y 'Tando el acfeció,, cea di también ex cap. 2.de Cleric. Pugnañt. inbello. tambiencela la Irregularidad. Y aísila 1 Pero lo dicho fe entiende , quando la Irregula- laridad, que próvienc de defeéto de edad. ridad es ablolúta 5 porque fi fuere parcial. y la en cumpliendo(e dicha edad.” La que pl Íobrevinicre al ordenado fin delito (uyo , no ne de pobreza, oclla llegando4 mejor fa; liempre le privafa de adquirir nuevo Beneficio, La que proviene de ¿onorancia , ent -( como [e ve en el exemplo arriba puefto del ciencia reguifita. Y la que proviene de Clerigo debilitado , 0 enfermo) ; folo 1 pri- defeóto corporal ,ce lla, quitandole dicho Wa vard de recibir de nuevo aquel Beneficio » para . aunque ea milagrofamente, ¿003 cuyo vío , y exercicio queda impedido por el 1699 Pero ay. algunas Irregularida tal defefto ; y con cuyas Cargas, y minifte-. cuya cauía esptrpetua , y nunca fe puedi rios no pudierecumplir : pero podrá recibirde — tar. y por configuiente , tampoco ' nuevo aquellos Beneficios ; cuyos miniflerios, regularidades pueden ceffar por ce y empleos pudiere exercer » 2uN Conel tal de. la cauía ; y lolo pueden quitarle po fcéto. Y por nombre de Beneficio fe entienden facion. Tales fon la Irregularidad , qué támbien jlas Dignidades Ecleliaflicas, ylasPre. «cede dela Bigamia , dela ilegitimi lacias Regulares. Y la razon de todo lo dicho defetto de lemidad , O maníedombre ., y las es; porque como el irregular, con Irsegulari. proceden de delito' : porque clas: tagipe dad abfoluta., elta prohibido de los exercicios, quitan, dceffan , aunque él delinguente? y víos de les Ordenes , y cl Beneficio ella ane. miende , y de fatisfacion á la parte : pi xo á ellos ¿ y le da para que le exerciten los fiempre ubíifte la caua de ella; qu dichos Oficios, y Exercicios de Orden: es pre- metido el ta] delito, Y la Irregularidad cilo , que el que no puede licitamente execn. viene de la ¿infamia de derecho, tamps tar eftos , nofpueda licitamente recibir el Be ni cella por la enmienda del delinque | nefício, Lo otro ; porque como la Irregularidad blica , y votoría que fea: porque afsice abfoluta remueve, y aparta el irregular del Ella- cha infamia procedió de la fentencia y de Clerical; y el Beneficio Eclefaltico eftá 400, autoridad publica;tambien para quitar ¿A 1 la Irregularida: cha ¿udecenciar MY

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