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12 So la Irregularidad, quándo efta proviene de de. lito , esnecellario , queeltal delito fea pecado mottal:y no bafta, que fea esse intermoslia no que es neceflario , que lea pecado externo. Y la _azon es; porque la Irregularida es pena muy gr ve( pues priva para empre , de la recepcion dealos Ordenes, y del vío de ellos ) ; y por coníi- gu ¡ente, ha de fuponer cdlpa grave, y mortal, pa- raincurrirle. Y como la Ígieñia no caftiga los adtos puramente internos, es precilo,que para in. currir la Irregul:ridad , fe requiera pecado £x. serno ,fiendo la Irregularidad de las que provie- men de delito. Y támbien le requiere, que dicho aíto exterñolea confumado,perfecia, y completo; lcgun la propriedad de las vezes del Canon, que impone la Irregularidad,Al modo que lo diximos en la Quarta Parte, tr4f.14.Gonfer.2.$.2.0.105. . Y figuientes. Y aunquees verdad , que algunas vezes le concede privilegio , para diípeníar en la Irregularidad mental , perg nagíe entiende. de la puramente mental, O interior, fino de la exterior oculta ammind, y que no le puede probar.O como dizen otros , dicho privilegio no es por neceísis dad que aya para diípenlar enlrregularidad men- tal ( pues ela nunca le da); fino que fe entiende el tal privilegio , paraquitar algunos efcrupulos. Es do4Brinaafientada en Palao, Ppandd.3.0.1.y 2e ¡Tamburino.cap.4-$. 1.2. y 3. Salmantic C, Ne 1x2, y 13. Calpenle, feé?.1. 14,4. Bonacifa, di[po qa quel. 1. pund?.3.14. 1.y 5. 1639 Supongolo 9. Que la cauía formal de la Irregularidad (on las palabras , con que íc ima pone en Derecho; y por configuiente, no ay for» ma determinada , para imponerla ; fino que vnas vezes leimpondra con vnas palabras, y orrascon otras.Pero para que fe juzgue impuelta,es necef= lario que las palabras fignifiquen baltantymente la Irregularidad y en quanto diítinta de las otras Cenfuras,d penas. Y aunque Suarez fuprafec?.8, trata difufamente de diché forma: y pone muchas yeglas,para reconocer quando las palabras delDe. recho hignifican Irregularidad:pgro legun Palao, el Salmanticente, y Tamburino, todas ellas íe re. ducen 4 una; y es: Que las palabras Gignifiquen baltantemente dicha Irregularidad. O con pala bras expréllas ; como ú dize: Sis Irrigalaris: lpo regularitatem incurrat. O con palabras equiva. lentes ; como fi dize : Non promoveatur ad Or dines: Non ordiretur:Nox fat Clericus. Y tam- bien, aunque le imponga por palabras de fúturo; como li dixere: Er;t”, fret, evades trregularis, lo juzga tambien impuela ¿pfo facio la Irregulari. dad, Porque como advierte bien Suarez, ect. 8. am. 3. y con €l los demás, las cenluras de Def- comunion,Su/penjion, y Entredicbo,como le pue- den imponer ab homine ,fho le juzgan ip fo Jacio impueftas,quando las palabras Lon de fururo,me- nos que le añada alguna particula que las con- tra yga a prefente.Pero como la Irtegularidad no Lc puede imponer ab bomine (como fe ha dicho) Tratado XV.De la Irregularidad. A alsi , liempre quefe nombrarse en Derecho! que (ea por palabras de futuro , le juzga im ta ¿p/o facto, Porque el nombre milmo. turalcza de la Trregularidad contrahe las pal de futuro a quelcan de prefente > pues de lu turaleza pide. , el no elperar lentencia « x ni poderle imponer ab bomine, Neale1 Palao , puné, 4. Tamburinio., CAD. 3. (p Y punt. 2. 14m.10. ; p ' Y ll. z vi o + AN S. Conclufones acerca de la Irregularidad y ! nicion ; Divifien, y Cajas. ¿“SUMARIO. 4 La irregularidad abfoluta mo fr puede por culpa venial, num.1640. y 164150 No fe requiere dolo, ni meno/ precio para! rir la Lrregularidad, nuw. 1642. No/: puede imtrodusirirregalaridad pore bre, ui opinion de Doctores, num. 164% En duda de Derecho , mofe incurre en: im ridad, 84. 1644. ad 1646, Se incurre antes de Jengencia del Faez,de ria del delito, num. 1647. y 1640 Oncluñion r. El Pap imponer drregularida ta + delas que provienen de delito. pecado venial. Y aísi , fi el delito ¿ ta impuelta" Irregularidad , Le efcufa; pa grave por alguna circunlianciani sancia, O inadvertencia ; no feinc rr Irregularidad. Ita Palao, panél. 3. muxa manticeníe ,: /mpra nu. 12. Bonaciha 3. ut. 2. Leandro , difp. 1. quep. cali de todos. los DoBores, Y fe prueba! quela Irregularidad es pena muy grave? mo arriba le ha dicho") *Sed /ic ef, qu Papa puede imponer pena muy grave culpa venial; pues elto feria cola ini ta : luego el Papa no puedemponer dad ab/oluta* que necaísite- de delito culpa venial. 1641 Y de ella conclufion. fe infiere. fiempre , que el pecado fuere venia), dea Jus; Ó por la parvidad de la materia DY de advertencia, y deliberacion, no le acu Irregularidad ; aunque en Derecho la ay puella contra el que comeriere el 2a pecade ficrele tambien; Que el que comerieré homicidio in /ui defenfonem , y ex cdi leve, O venialmente el moderamen de. 1 da tutela, tempoco incurrirá en la l: impuelta al homicidio, 1642 Concluton 2. Por el p voluntario , fiendo extcrno , aunqui "DO

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