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Conferénci XXV, Da los efectos del Enteedicho, e 378 del cap. Alma Mater 5 y por conliguiente > tám- poco cftarán obligadosá ole Milla en diches dids; 1470 Refpondo al argumento. Lo primero que aupque la doátrina del antecedente la defien= den los Autores, en €l citados, lo contrario , y que tienen obligacion de oirla,es lo mas fundado, ' lo que le debe tener. Y por tal lo defienden di- cho Villalobos en el Ingar citado, Leandrb,g4.::f, citad. Machado ,docum. 8. num. 6. Torrecilia, num. 78. y €S comuniísima de los Doétores, Y la Yazones3 porque , como dize bien la corriente de los Autores, al que tiene dicho privilegio de ly Bula , ú otro lemejante para oir Milla en tiempo de Entredicho , no le le precifa á que víe del tal privilegio ; fino que , fupuefto el ¿fe quita el im- edimento , y la prohibicion , que tenía en fuerza del Entredicho, para oír Miflaen dicho tiempo. Y afsi como eftá libre dicho impedimento en fuerza del privile gio le obliga el precepro general de oir la Milla, que oblig4 ¿todos los Fieles, que no tienen legitimo impedimento, que los elcule. 1471 Relpe ndo lo fegundo al argumentó, admitiendo el antecedente, y negando la confe. quencia. Y Ja difparidad confiféFen que el privi- legio coricedido en la Bula de la Cruzada, para vir Mi/la entiempo de Entredicho , y los fame- jantes ¿ tl, esprivilegio per/amal : Y quando el privilegio es perfonal , y /olamente pertenece al privilegiado , le puede renunciar ; pero el privis legio concedido en dicho. cap. Alma Maten, es privilegio concedido , no á vna perfona determis nada , fino ¿la Comunidad , O al comun de los* Fieles ; aunque diredla , y primariamente ¿los Clerigos, y Religiolos , O al Orden Eclefiaftico; y fecundariamente a todos los Legos , que pue- deh ler admitidosa Y,como el privilegio general, O que pertenece á vn Elado , O Comunidad ,no le pueda renunciar cada wuno de los particulares, Como le ve en el privilegio del Canon, relpeéto de los Eclefialticos , y en el privilegio concedido 3 vna Religion , refpedto de los individuos Reli. giofos. Los quales privilegios no pueden refua. ciar los particulares Cl rigos, óÓ Religiaflo . Por eto le puede admitirg que el que tiene el puivile- gio de la Cruzada , pata olr Milla en tiempo de Entredicho,no elte obligado 4 oirla: y nofle pue- deadmitir,que no eften obligados á oirla los Cle,, rigos ; y Religiofos , y los demás Ereles, d quie. nesíe les concede aísiftir á los Divinos Oficios y a la Milla en dichas feftividades , enquele * Infpsrideel Entredicho foca ss general, eS Ln ad 2 Part. si OBFECION 1V, Contra la mifma refpueña al cafos 1472 I Nemefio en dichas feftividades podia lititamente recibir el$as cramento de la Euchariftia , Hlos Miniliros admi niftrarlele : tambien le podria adminiítrar el Sa. cramento dela Extrema: V recio en dichas felis e s 4 % vidades á los moribundos: Sid ¿0% que ello nadic lo concede; Luego tampogo le há'de con- ceder , que Nemefio pudo recibir. la Euch3HiiadS nilos Miviítros adminilirarícla. La fequela de la mayor fe prueba;porque cn dicho cap. 4/ma Ma- ter , (olo le concede la facultad de celebrar los Divinos Oficios , y la Milla ; y no fe concede la adminiftracion de los Sacramentos de la Encharif. tja, ni de la Extrema-Vncion: luego fi no obflan= te , que no le concede la adminiflracion de la Eu: chariftia en dichas feflividades , dezimos , que (8 .. . 4 ” pudo licitamente adminiltrar¿ Nemeño, y elte recibirla ; Tambien podemos dezir, que le puede adminiftrar la Extrema Vncion a los moribundog en dichas feftividades, 1473 Reípondgal argumento , niego la (da quela de la mayor; dla prueba diflingo el ante4 cedente : En dicho cap. “Alma Mater no le cona cede expreffamente la adminifiracion del Sacrad mento de la Euchariflia ¿concedo el antecedentes *en dicho capitulo no le concede implicita , O ac. celloriamente la adminiftracion del Sacramento de la Euchariftia, niego el antecedente , y niego la confequencia. Porque , comofe dixo arriba; nun. 1463. relpondiendo ¿la Objecion primera de efte cafo , en dicho sap. Alma Mater lc cona cede implicita , d accelloriamente la adminifiras cion , y recepcion dela Eucharifija ; como allí queda probado en los numeros antecedentes: pero la adminiflracion ¿40 recepcion de la Extrex ma Vncion ,ni expre//a , mi implícita , O acculy (otiamente le concede : no exprellamente , como es claro ¿tampoco implicita , O acce/fforiamente; pues dicha Extrema Vncion notiene la depen4 déncia, y conexioh con la Mifla , que tiene la Eus chariftia ; ni lecomprehende conmombre de para ticipacion de las colas Divigas , de que £6 habla” "en dicho sap. Alma Mater” nile verifica alguna ¿de las razones , con las quales queda probado, que le concede ¿implícita , O acee/fforiemense la Euchariftia. 1474 Y aísies conftafite entre'todos log. oétores , que endichas fellividades no es lisis to adminiltrarís , O recibiríe la Extrema» V ncion; regularmente hablando , no foto ¿los Legos, mas nitampoco ¿los Clerigos ¡a quienes primariaa mente le concede. elcelebrar los Divinos Ofia cios. Gomo le puede ver en Palao , namer. 17 y +8. Leandro , qusff. 374,y 38. Villalobos; diffical. 3. numer. 13. Silmanticeníe , num. 44; li nl a

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