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Conferencia 1. De la naturaleza, diviffon;towe, de lá Defceminios: Luego la Leicomunion nula, € inva:ida, n. es | Deícomunion; y por configuiente, en-el En: fo de la. onciencia ninguna qualidad, 0. cledo tic ne; aunque en el exterior, por razon del efcano dalo ¿le deberá oblervar. 0 2 16 Concluñion 3. Aunque vno fea:, d efte: notoriamente de lec mulgado (como: no fea per- cufor de Clerigo; no ay obligacion d' eyita: le, hada que efte denunciado por delcomúlgado; y ¿fo ora lea fu Defcomunion notoria .--con no: soriedad de lx cho,ora lea notoria con notorie. dad de Derecho. Es dodtrina comun , éomo le puede ver en Leandro, 41/p.2. que/f.7. Cairo Palao, punt. 4. Him. 6. LONAC: fupr. difp. 3, punci.ar $.1.num.2.Saur. de/p.9 fedi.2.numo, 8. Y leprueba lo r. porque afsi lo ienifica la Extravagante de Martino V .Ad evisanda (fian: dala. Donde dizc que ninguno fea obligado á eyitar el delcomulgado, mijs [ententia;ant cen- Jura imiujmod1 Juerit ¿(7 a ladice publicara vel denuntiata Jpecialisar, O expreffep Lo 2. Porque aísilo ha di clarado la Coftambre que ha interperado dicha Conflitucion, y Extravagan= teen elte fentido:: Luego no baíta , queel qué ño es percuflor de Clerigo., lea publico , d no> torio delcomu' gado, para que los Fieles tengan obligacion de evitarle.ino que fe:requicre,que (ca denunciado , y publicado por tal. 17. Concluficn 4.Para que el percuTor del Clerigo , fea detcomulgado vitandoyno balta; que laperculion fea notoria con motorivdad de Derecho , fino que le requiere quetea notoria con notoriedad de hecho, Es corriehte dodtris na, como fe puede ver en Palao, dicho pund?. 4. num.6.5.Li1xt, Bonacina, fupr. num.3 . Lear dro, fupr. quefi. 10. y la razon es; porque di- echa notoriedidde hecho la requierá exprefla- mente el Concilio Confiancieníe , en dicha Ex- ravagante.:ad evitanda; dondete dize: Sarvo, J quem /acrilegamangum inicótione in Cleri. cum , in fenteniiaro latam a Canone , adeo nos torie confiteris ipcidifJe , quod falium non pofsit ariqua tergiverjatione celari , mec aliquo Jufragio excu/ ari, Oc. 18 Conclulion 5. El delcomulgado 'tolés rado 0 no, vitando , no puede licitamente co municar con los Fieles , ingiriendoíe, O intro; imc tiendofe dl á dicha comunicación : es dodtri: na indubitable , delpu<s del Concilio Contar» ciente; pues en el exprellamente le dize, queen tbalivio., que dió a los Fieles ¿ para comunicar con los delcomulgados, no quifo aliviar, (úfra- gar, 0 favorecer a dichos defcomulgados , tus palabras on: Per hoc tamen buim/modi excom:- municatos, fufpenfos interdiélos, aut probtbi. tos, non intendimas in aliquo relevare , nec cis quomedolibet fuffragari: Luego, en fuerza de dichaConfiitucion,les elta prohibido,como an- tes leseftaba , ¿n cap. Gum non ab bomine , de Sensens. excommunis» 3 los deícomulgados tos —. Part. 5a y 5 lrados el entremeterle , O ingeriríe'd comunig var con los Fieles, q N 19 Concluñion$, Los Fiéles ¿no delcox mulgados , puidef" licitamente *cominicar en cuías Veliticas Y Civiles, con los deieiulga- dos tolcrados, como 4 no eftuviérai defcomula gados. tá Caltro Pála0, con Galpar Hurtado, y Vivaldo Leandro, quef?. 15.donde cón otros lo dá por cierto. Y le razan és ; porduedicho Concilio Con!tanciente, para fofiega ¿14 elcrux pulos de los Fis les ¿déterminb,que no eltuvicty len obligados a evitar la comunicacioh con log tolerados : od /0 eb que li no les ftera del to, do lícito el comunicar en colas Politicas. y Ciy viles con elos; no quedarian del todo quitadós los éfcrupulos yy f, pará dicha comunicacion, fuera n<ccflária alguna cauía , O neccísidad vrs gente , no le diltinguitian de los no tol: radosy en quanto a la'combinicacionCivil;pues con di. cha cauía , nece sidad vrgente les lícitoá los Bieles comunicar, entdichas colas Politicas .cor- los no to:erados : Luego es delitodolicito 4 los Ficlesconimicir,endichis colas Políticas y Civiles; comollos defcomulgados no eoiccadad: $. Ca/fos practicos acerca de la naturaleza Jon y Dev de la Defrorainior. nt, , diviz CASO PRIMERO. Etrucio cometid vn délito,al qual en los Sagrados Canones, eflaba anexa Delcomunion late: /ententiz, ¿unque. dicho delito no era perculion de Clerigo, y por aver, fido publico , le acufaron ante el Juéz Eclofiaf tico ; el'qual, hecha la devida informacion. des clar. y lentenció Publicamente a | etrucio por reo del dicho delito. Pregunta? , ¿en fuerza * de dicha declaracion, y Jencencia, efaban los Fieles oblizados a evitar a Pobeucla y como d deftomulgado vitando , y na toltrado ? Rola pondo , queno eltaban los Pieles obligados y evitarle,como nó tolerado;ó vitándo haíla que fuefle denunciado”, y/publicado por defcomul.. gado , ita Caftio Palio, Japr. ma 6. ía fine con Navarr.v otros. Leandr. /upr. 9.8: Dian.p. su tr. 9. ref.62. Machad: /upr, doc. 3.1. 3.con «otros muchos.*contía Suar. Villalob. Enrig. Soto, y otros; Vila razon de nueltra refpuefta es; porque enla Extrávagante referida, le r. quiés re publicación, y denunciacion exprefla, y fory mal de la Defcomunion, ibi: Qwod nemodrina ceps d comiinione alscuius in Sacraméntoruna adminifiratione , Oc. pratexta buiu/camgte Jententia y aut conjura Ecclefiaftica , Te, teneatuk aliquem vitare , Oc. mi/i fenten. ¿tia , aub cenfura buiafimadi facrit , O'cá 4 Ladies pablicata , e denuntiata /pecialia A br 20

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