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2 prod pena ,reípeto de todoslos comprehen» didos en el, | o Objecion contrala primera réefpuefña a la fe- gunda duda. o feypulo el Entredicho ra. todas las: tierras de 0 Fontañio , e imputo abíoluta- fnente , y no Con reftricciog., O limitacion de mientrasfuelfen de Fontanio : Sed /2c ef , que la cola vendida , palla al que la compra ¿con todos los gravamenes , que tiene en si, fino eltanlimi- tádos para mientras fuere del-«quela vende: Luego aunque los vezinos, y habitantes de las tierras, que vendió Fontanio, delpuesde puetto el Entredicho , fuellen inocentes , 2 incúlpables, felpetto de el, quediban diempre ehtredichas dichas ticrras ; aun deípues de la venta de ellas Reípondo, diflingo la mayor: le imputo abloltá- tamente* y fin reltriccion , O limitacion de mien- tras fuclién de Fontanio(fi los vezinos, y habi- tantes de dichas tierras fueron culpables, d diez ron'cauía al Entredicho , concedola mayor ¿(ino fueron culpables , ni dieron cauídal Entredicho, fubdiflingo la mayor :fe impuío hn limitación, d reltriccion expreffa de mientras fueffen de Fona tanio , concedo la mayor ; le imputo' lin limita- gión , y reftriccion implicita, O ex inteñtione Ec- elefre , de mientras fueñen de Pontanió y hiego la Inayor, y diflingo'la menor : la cofa vendida paí- la al que la compra, con todos lós gravamenés, que tiene en si ¿lino eftan limitados exprella., ni implicitamente para mientras fuere del que la vende , concedo la mayor :la cola "vendida patía al que la compra, “con todos los grava menes, e úiéne en sí, fi effan limitadosimplicitamente, anque no lo efton exprellamente , para miéná tras fuere del quelá vende, niego la menor, y niego la confeqúencia, + 137r Demodo, que atinque el Entredichd impucftó contra todas las tiertas de Fontanio, fuesbíirelto , y ftrlimitacion, no folo refpcitó delas tierras, Gio tambien relpedo del tiempos. pro aviendo fido inocentes, e inculpables los ves hinos, 0 havitantes de las tierras que vendió Fon. «nio, fe deve dezir ¿que refpettó de dichas tieri rs ¿Meviba' el Estredi ho mplicitámente”, y fegán fa intenciórde la Igleña $ la condición de - Queperlevdra Me eñ ellas Entredicho; miential —elumefen eh el dominio de Fontania , por" la tazon dichg En lr primera repre da la fegunda duda de Cáfo. Y porque no avitrido fido culpa: blés los vez mot. Y Wiábitaritos de Sichas tierras, refpeto del Entrédicho ., «ln vnicá de, po- ner Entredicho en ellas fre calligar a Font; y eRiban envidia ; porque eran de lso Je que debes de vendidas hieran del ni perque quídaic el Entredicho delpues de ere didas ; quedaba mias gafigado Fontanió % que . s $ Tratado XV. Delas Cenfuras en efpecie. fino fuellen luyas, O queh el Extredicho fe viclle impuelto en ticeras anénas ; relped Fontanio : Luego dcfpries de vendidas ] tierras , no perfeveraba él Entredichs; dicha perfeverancia era out, enrrorden a YN gar d Fontanio , Y pur otra parte feria ocivg: y gravoía a dichós vezinos , y habitantes; y comprador 3 como advierte bien Coninhc; ; 1372 * Confirmate todo lo dicho en ela; puslta ; porque fegun los Autores, que sti y esdoérina cierta entre todos , quando le pa Entredicho general perfonal ¿vé Pueblo ¡$ > munidad ,folo 'quedán comprehendidasen Entredicho las perfonas inocentesde dicho blo, 0 Cemunidad , mientras fueren mi O partes del Pueblo, 9 Comunidad éhte y aísi (í mudando' de domicilio dexareñ partes , y miembros del Pucbla”, O Comun entredicha , quedan libres del Entredicho, | que el que lo impufo , folo quifo comprehen al Pueblo ,0 Comunidad , y lus partes £. ef? , que en el tal Entredicho na fefuele impo exprefísmente la condicion de mientras fue partes de dicha Comunidad: Luego (ola ae hibres del Entredictro , quando dexan de fe Pi tes, mudando de domicilio por la comia implicita , que leva configo' de mientras! partes del Puelo , 6 Comunidad: Luego bien quarido fe impuío cl Entredícho en tal ticrraWde Fontañío ,fedebe dezir, que ll la condicion implicita de mientras fué Fontanio , relpcéto'de Aquellas tierras vezjnos , y habitantes , fueron inocentes Y) culpables ,'re guiente , dexand8 defer [uyas porlá venta, q daban libresdel Entredicho. OBFECION at. +e/puots d dicha fegunda Contrala mifma dudas 1373 —Astiersas em que Fonta ML folo el dominio direBió dominio vtil, y de víufito , porque las te dados en feudo; emphitenlis,O en prendas hipateéa y quédaban comprebendidasen cl Ep dicho tmpucfio én todas las tierras ' de de Fóncanio : SedPc ef ¿que fi dichas ve tas / dasen feudo emphiteubs', en prenda ,Ó hip ca quedaban: Eñtredichas + podí sifbea dañen cárigadas, y compreRcndidas cof twedicho his “Perfonas Inocentes , € Sreulp relpedto decl: Luego tombicn quedaba d probeagid du mprezen el Entedicho que véngio Fobrania aunque de ¿quí sk quedafñ comprebindidos , y caligadas a ¡pnasinócent e Mezinos , y Bobitantes de LICITIS. fp? , 5374 Reípendo al ergrmento y” E Par po del Entredicho; y por co 3
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