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Conferencia XXI. ¡De la Sufpenfioñ. ln pursicular, (sc. (hablando de los Bencticios en general ) y no hablan, ni pueden hablar , de quando el Be- neficio tiene anexo es Oraen Saro 04 dacers dosio. Pues en elte calo es evidente, que peca “mortalmente el que fe ordena don: animo de ozarle . y finintencion de ordenarje , al tiem- po debido del dicho Orden ámexo; pues le or- dena cun arimo de fa!tar ¿íu obligacion en cola grave. A 1251 Reípondo lo 2. Que aun hablando en general de los Beneficios, que-no tienen 4nexo05 los Ordenos mayores , es ballantemente proba- ble, que peca mortalmente el que recibe la Pri ma Toníura , 0 los Ordenes menores, folo con animo de gozar por algun siempo del Beneficio, y dexarle depues; rerrocediendo al eltado de Matrimonio ,d9 ¿otro : y por tal lo defienden Bañez, Pedro de Ledeíma, Molfeñio,y Filiberto, citados por dicho 5almanticeníe,n. 53.Leandro, som.2.tract.6. di“put.7.quef. 12. Ccon.otros, Barboía, fobre el cap. q: del Tridentino,S:/ff 23. de Reformat. num. 6. Y aísi fiempre le verifica, fegun dichos Autores,queLelio no huviera incur rido en dicha Sufpention, precilando a dicho Beneficiado a recibir los Ordenes mayores, aun- us fu Beneficio no huviera tenido annexo di» «ho Orden de Sacerdocio ; y encafo de no que. rer recibirlos , precilarle a que dexalle el Bene- fisio. Infancia contra fa fegunda folucion al argumento. - 3352 E L que entra en vna Religion, fin animo de profellar en ella, y gon intencion de falirle delpues ds algunos meles, peca mortalmente , fegun convienen los Doo. res en dicho Salmanticente , n4Ds. $3. y 54- y €A ns Palao,craci.27.d1/put. unic. pund.3. n.9.Lues go tambien peca mortalmente el, qué le ordenáde Ordenes menores tolo con abimó degozarel Be.. neticio por algun tiémpo , y deípues dexarle fin alcender a las mayores, Réfpóntdo,cobcedo eliárñó tecedente, y niego la contequencia. Y la diípari * dad coníiíte, en que dicho 1ugeto,que entra en la Religion lin animo de profellar, y con animo po- Íitivo de laliríe deípues de algun tiempo , engaña a la Religion en materia grave 3 pues recibe de ella los alimentos por aquel tiempo; los qualesno? le diera , li (upiera dicho animo ,c intencion: A mas de elto,' adquiere noticia de los Seeretos, e Inftisutos de la Religion, fin cauía razona= ble para adquirirlos, y contra la voluntad de dicha Religion; y alsi peca mortalmente contra jufiiecia, Pero «l quetecracna de Ordenes mes nores con animo de no afcenderá los mayores, Otolo con animo de gozar por algun tiempo del Beneficio, no falta a precepto alguno gra. ve; pues nole tiene de aícender 4 los mayow res : y aunque perciba, en aquel tiempo, los frutos d:l Beneficio , no falta contra ¡uficias pues ya lo firve , cumple con las cargas, y miniferios de el: y aísi no ay capítulo , por donde peque mortalmente. Veale tambien , lo bre el caío de Lelio , a Thomas Sanchez , libs 7. Confil.cap. 3-dub.29. y num. 2. y 3. Dona de con otros defiende, que el Obiipo puede precilar al Beneficiado a recibir ios Ordenes anea: xos a diebo Beneficio , ora fca por Derecho, ora - por Eftatuto. Y que aunque el Beneficio no ten ga orden anexo, puede preciíarle 4 recibir los Ordenes liempre , que lo pidiere la neceísidad, d vtilidad de la Igleña , lo da por cierto,y fin duda, lin citar á nadie por lo contrario.- po. E 7" CON:

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