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A . 7d AE PP , j | ! ' 312 Tratado XV. De las Cenfuras enefpecies. yo en dicha Clementina 1. fe prohibe a los Religio= los Benitos el dexar fu habito y alli preícripto , d mudarlo temerariamente , ibi: $i quis autem ramifJorum temerarius, extiberit violator, y, mas abaxo , porsare prafumpferit : Luego lo. lo incurren en la fulpenfioW alli puelta , quan do mudan la forma de lu habito temerariamente, lin razonable cauía , O julloltemor; Luego fi ».los Religiofos , generalmente hablando , le eícuían de temeridad , y de incúrriren la Del- comunion dicha , quando dexán el habito de fu Religion por temor razonable de la vida, fama , O hacienda ; tambien Ariftobuló, aviendo dexado du habito , y tomado el de Mercenario por dicho razonable temog,, de qué los Ladro- nes le maltratallen, O le quitaflen los dineros que llevaba, le elcuso de temeridad , y no ¡ina currió en dicha Sulpenfions Objecion contra la re/puefaal cafos 1200 L Religiolo que dexa el habito E de-lu Religion , por efpacio de Lola vna hora:, por ocultarle yy difsimular , que es tal Religiolo , ingurre en dicha Delcomtinion; legun Suarez: , numer. 31. Villalobos, dicho », 14. $. Lo /egundo , dicho Paláo , num. t 1. con otros muchos que citan : Sed yic ef? , que falea menos dicho Religiofo contra el capitulo Ye pez riculofá arriba citado , que faltó . Ariftobulo, aviendo mudado fu habito de Benito enel de «Mercenario; pues a lo menos duraria la mutacion por quarro,:0 leis horas, y aun por vn día: Lue- go Ariflobulo iricurrió en lá Suípenion impuelta contra los Religiolos Benitos en dicha Clementi. na t.+ Reípondo vo primero , que aunque los Autores citados llevan la doétriná de la mayor, Jocontrário defienden por mas probable dicho Sanchez , mum. 57. con otros que alli cita, dicho Leandro de Murcia, num. 2.con otros. Y aun en terminos de la Sufpenfion de que hablamos, lo tienen el miímo Palao , y los demás citados en da conclaf. 5. delta Conferencia, mum. 1178. r201 Reípondo lo fegundo , admitiendo la dodrina de la mayor; y negando lasmenor; por- que los Dogores, que defienden, que el dexar el Religiofo (u proprio habito, aunque (ea por elpas cio defola vna irora, incurre en dicha Deícoimu- nion , hablan de dexar dicho habito fin cauía al. guna razonable , y entonces (e juzga temeraria lá dimilsion , pues no ay razon que lo cohonelle ; y por configuiente feri temerario violador de lo difpuelto en dicho capitulo Vs periealo/a , € ina currirá: ens la Defcomunion alli impuefta, Pero en el cato de'Arifiobulo , como tenia razon pru- dente, que le cohoneftafle la mutacion de habito quehizo, nofue dicha mutacion- temeraria; y por configuiente no incurrió en la Sufpenion C jimpuefta en dicha Clementina, «por Religicío de lu Keligion , incurree 0B3 ECION da Contra la mifma re/puefta. ¡ 1203 L Religiofo , que fin: de parte alguna de lu habit di prio , le ville de habito secular ,Ó de otra ligion; de fuerte, que no puede fer cor 04) comunion impuclta contra los Religia Os dexan lu proprio habito, fegun 1 homás chez , numer. 63. donde lo defiende por fentencia : Sed fic efh , queello miímo e executó Ariftobulo : Luego Ariflobulo- en la fufpenfion impucfia contra los Ri Benitos en dicha Clementina, RefpondoR iento , lo primero, queaunque dicho lleva dicha fentencia por comun ,cotmo li la realidad ; vobiáne fentencia contraria lifica el miímo Sanchez de probable ba mente , y la llevan Tabiena , Paludano¿1 Abad, y por probable la defiende también Jupr. n. 6. Y la razon que dan es 5 dicho texto del capitulo V3 periculo/a ¿Pp penal , y odioío , le há de entender cÍtrec te , y con todo rigar ; y como el que fin parte alguna de fu habito , fe ville otro ,1 cular , O lea Regular ¿no le dice proPria y con rigor, que dexa fu habito, fino q fimula , por efto noincurre ea dicha Defé nion. Lo otro ¿ porque como dize Suarez; 34» li el Religiofo anduviere-aculto, y hn le conozcan , O porque anda dentro de YH che ¿0 porque anda de noche, Y porquef lá cara , noincurre en dicha -Delcomunic que aunque le oculta; y difsimula , no Í do el habito de fu Religion: Luego tampos que fin dexar parte alguna del habivo defu* ligion , fe vifte otro Secular , d Regular, oí curre en dicha» Defcomunicdn. Veale tamil dPelizario , tradi. $. caps 7.ftF. de num. 31. donde tambienlleva elto m probable, : PAU 1203 Reípondolo fegundo al argún que la doÁtrina de la mayor la limitan: diziendo , que el dicho Religiofo:, que n parte alguna de fu habito , fe vifte otro y ¡08 en dicha Delcomunion ; le entiende , quad , tal lucrté fe vifle el habito ageno , y 5)miLala, tanto de que Religion es, que no puede Econo: Ae " ,.... le E cido , ni de los eftraños, ni de los propi 1 giolos de lu Orden con quienes tratá y y 60m cia ; que en efte caío incurre en dicha Del nion; pero fi no fe oculta , y-difsimula ta lo dexan de conocer fus proprios Religiol quienes comunmente trata; fino ¡queaih to dicho habito ageno , le conocen Y prios Religioíos , y Familiares , po 1AcUne! en dicha Delcomunion. Afsilo tienen Pelizari0s. $ nl a
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