BCCSAL000512-F-10000000000000

Conferencia XIX. De La Difimicion 3 Divifron 3 dote: 269 cofñada la Párticula , ves copulativamense , la Defcomuniony y Sulpenkion ab Officio : Luego fiendo valida la cenfura impucfta con dichas pa- labras disiuntivas 3 tambien gs valida la Snípen- lion impuelta con dichas palabras /a/pendo se, O Ge Ju/jpenfasa E dos *Concuiona El sfpento del Orden, no queda fufpenío de lajurildicion, lra Palao, und.5. pum. 12. Salmaniicente,pusnci.a mun. 16. Leandro,di/p-3.q4/f. 23. donde lo dápor cierto Torrecilla; de las Cenluras , pare, 3. fec. 2. $.3.mum.6. CONtra algunos pocos citados por Leandro. Y le prueba , porque el Orden, y el vío de ella es diftinto de la jurifdicion , y de el vío de la miíma juriídicion , y no eftán.entre si . conexos ,e infeparavles ; Puesle pueden dár el Orden. y ía vío tin lajurifdicion,o el vío de ella: Sed fic ef que la Sufpenñon , por fer pena, no fe ha de ellender a lo que en ella no fe exprella: Luego el fufpenío del Orden, no queda (ulpen- fo de la jurifdicion, Y afsi , el que esta fulpen- fo de folo el Orden, podra exercer todos los ac- tos dejuriídicion , que no embolvieren el vío de el Orden, de que elta fufpento; y alsi , podrá imponer Delcomuniones , O Cenluras, conceder ¿facultad para oir confelsiones , podra elegir, y conferir Beneficios ; mas no podrá el miímo ab folver de lospecados., porque dicha ablolucion embuelve el vío del Orden. : 1025 Conclulicn 5.El fufpenfo de la jurif- dicion no queda luípento del Orden. Irá Lean- dro, que(?. 24. menos que algun ado de dicho Orden embuelva el vío de la jurildicion.. Y la razon es; porque los.a*tos de jurifdición mu- chas vezes fon feparables, e inconcxos de los aétos de Orden: Sed /1c ef? ¿quela Sulpention no le ha de eltender á los calos no expreflados: Luego el fubpento de la jurildicion , no queda fuípenío del Orden. Veale el Calpente,nm.16. donde lo da por cierto. Y afsi el lalpentode la * jurjídicion podrá celebrar ¿pero no confellar; porque el confeflar dize ado de juriídicion , y el celebrar no. de 1026 Conclufion 6. El Sulpeninide la Co. hacion , y recepcion de Ordenes .¿ no'queda ful. penío de la Colacion , y recepción de la primera Tonfura Ita Learido, que/?. 13. Diana, re/01.6, con atros que citan. Y fe prueba; porque la pri mera Tonfura no es.Orden, fegunla fentencia comuniísima , que referimos en el Trab. 12. de la tercera parte de Conferencias , que añadimos Alo que de dicha tercera parte dexo eferico el Padre Corella:Luego el fufpenfo de la Colacion, O recepcion de las Ordenes, no efá fufpenío de la Colacion,y recepcion de dicha psima Tun- Íura. 1027 Conclufion7.El Sufpenfo del Orden fupcrior, no queda fufpento del Orden inferior, Tra Palao ,pund. 5. $. 1. Pam. 11. Leandro, que/?. 14. Machado , doc.:3. m. 9. y lo danpor Part. 5. | cierto. Y la razones , porque quando fe prohta be lo mas, no fe prohibe lo menos : Luego el Inípento del Orden fuperior, no queda (ufpenío del Orden inferior. Y por configuiente elíuf- penío del Sacerdociu ; puede exercer las accio, nes de el Diaconado, y Subdiaconado, y ei duly pento:de el Diaconado las del Subdiaconado; V eale Tambien el Salmanticenie,pund?. 3.5.28. donde tambien dá por cierta la conclulion. 1028 Conclufion 8. La Suípenfion de el Orden inferior , verb. grat. de el Diaconado, quando fe pone la particula £amtum , d la para ticula, dumtaxat , O quando fe impone para caltigar al Reo en aquello en que pecó ¿verb grat. 1 d,'inquió en quanto al Subdiaconado, lo (uípenden de dicho Subdiaconado., diziendog Uf punatar in eo, quod deliguit , no (ulpen« de del Orden luperior , menos que el ado dell Orden fuperior incluya , O embeba el ado, di vlo de dicho Orden inferior, Ita Palao,141. 154 Salmanticeníe , mum. 29. Leandro, quel. 15. Y es de todos ; porque la fuípenfion tiene (us efeftoscon dependencia de. la voluntad del quel la impone (como arriba fe dixo ) el qual la ef tiende , ó reflringe a lo que quitre : Luego ly Sulpenfion impuelta lolamente reípedto del Or den inferior, no fufpende del Superior, quan4 do le impons con dichas particulas reltridiy vas. La confequencia le prueba 3 porque las pes nas no [6 deben eftender á otros calos ¿ que a log exprellados : Y de efta Conclufion le infiere; que el que eftá fufpenío del Subdiaconado, ú' del Diaconado, fiendo Sacerdote, y puefto la Sufpenfión con las limitaciones dichas, no po4 dra celebrar el Sacrificio de la Mifa , porque dicho Sacrificio dela Miffa embuelve los exer4 cicios de el Diaconado , y Subdiaconadó ; pues ha de dezir la Epiftola ; y Evangelio, qué lon proprios de dichos Ordenes ; pero el Sas cerdote , luípenío folamente de el modo dicho, del Subdiaconado ¿0 de el Diaconado, podrá ablolver (i fuere Confelor , y podrá adminits trar la Extrema-Uncion , porque ellos aos no embuclven en si el vío de el Diaconado, y; Subdiaconado. A $ 1029 Concluíion'9. El Suípenfo de el Orden abfolutamente , y fin, reltriccion , que: da fulpenío , y privado de todos los aétosy exercicios , y minifterios de todos los Ordenes; alsi mayores , como menores. Efta Conclufion es cierta entre los Autores , como le puede ver en Leandro , quef. 12.Palao mum. 1 :. Saly manticeníe nam. 27. Calpente, /2é4.2.num. 154. Torrecilla,»num.6. y alli los demás. Y le prucbaz porque la propolicion indefinita equivaleá la vniverfal,o difiributiva , como confta ex leg. Sá Jervitas , 24» fo de fervitut.orban. pred. lega fi ita reliciam , leg. plaribas , 44. fi. de legatiss Y es vulgar principio de Derecho , quando ay la miíma razon en todas las cípecies,e individuog La A

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz