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Conferencia XIX, De la Difenicion , Diiifton, e, mortal, le dize eftar ívigento del. exercicio. de los ¿os Sagrados, dondé la sulpenkion le toma pór la miímo , que indignidad , O inhabilidad para dichos Attos Sigrados . y da Sulpenion en etlc tentido. , y tomada por “indignidad , para excrcer dichos. Adios Sagrados, que proviéhe del p-cado mortal, es Sulpenfion de Derecho Divino ¿pues por Derecho Divino eftá inhabil para el Aéto sagrado, el que ellá en pecado m..rtal. Dz ninguno dedichos tres modos hes mos de tomar en el prelente Tratado la voz /m/» penfion , fino del quarto modo mas determina do, y contraido al afumpto de cenfuras,qué va-* mos tratando , y le toma por la prohibicion de algun oficio, O exercicio de poteftad , jurildi- cion , ú arden Ecleliaítico Y en efte fentido. ro00 La Sulpention la ditmen los AA, con diverías difiniciones , aunque lolo [on dive: las en los accidentes de yozes, pero todas convicnen en la efencia, y fubllancia du ella, porque vnos dizen, que la Súfpenfion : £j£ Genjura Excle. Pafiica,qda Minifter Exciefie formalisér timpes ditur , ne fonitiones Ecciepafticas exerceas, aliquave porefiste Ecclepafticaoratun.lra sua. yez, de Cenfurisdijp-25./6ct a muvaiz.Palao, de Cenfuris di/p.q» punch. 1.01, a los qua: des cali imita el Caípente, de Cen/utss, dfpat,3. ec. 1. nmum.1. Oros dizen, que la 5ufpenkión: Ef Cenfura Ecclejpafiiva,que Clérioms 09 /uam culparh privatur a jure , pel ab bomine of 0ff1c1j , ant. benefi] Im toturh ¿ebin parten, in perpetuum y vtl ad timpis. 1ta con. otros Leandro , part. q: tradi 3. d1/put. (quel. 2. con el a-:al coincide Machado ,t0m. t. libr. 1, Partes. ¿ra¿1.10. Villalobos tom. 1:tradh, 18. diffic.x. num... Osros mas brevemente la difi- nen, diziendo, que la Suípention:: £/4 Confura E:clefrytica. qua Glerico probibetar alicujms Ecciofiaftici minifterium exorcisitm, Ira. Sal. maniiceníe , tracé. ro. cap.y. pancd. Pnam, 2, con el qual en parce concuerda Layman , 10.1, tradt.5. part.3.cap-1.NáM. Ca 1001 es vozes lon como generogy por las qualescons viene con la Delcomunion , y. con el Entrediz ¿ho, y por ellas mifmasle diltingue Y divertik- ca de las demás pena». que no 1ón Genfura Ecle: Gaftica; =ámofon;la depotician,la degradación; irregularidad , y orfas, dize Djs Ciericas, vel Minifher Eccléte proo/besur y Ue exerceat Ecclefisfticas fonctiones ¡vel vorabar Ecilefaf” tica poteffate, vel oflcij , au! Vearfica y vel exercitio Ecclifiajtictóminiftero >fegun la diver: fidad de difinicionies dadas , por las quales le diftingue y diverfifica de la Veleomunion , y del Entredicho. Lo primero ; porque la'Dríco: munion , y el Entr: dicho no piden por fugeto determinado . O perfona cap;z de incurtirlos al Clévigo! 0 Miniftro de la Iglefia, pues atsi Esle "Galticos, como Legós, lon capazes de incurrir Dizele Cenfura Eclefiaflica, las quáas: poreftad , y juriídicion Eclehaftica; pero el Ena 263 en la Deízomunion, y enel Entredicho, piro en la Sufpention propria , de qué vamos hallando, y en quanto es Cenlura Ecleñaftica., ño pueden incurrir los Legos, d deglares. 40, nisun mu chas períonas tele alias 3 pues las Lrioras, y Abadelas de los Conventos de Religioías, Lon períonas Eclefiallicas, y no. obllañre, quando las privan de (us Abadias , O Priosatos., dicha pri. vación no es propriamente > ufpenfion, de la qué hablamos , ni Ceniura £elefaltica, porque di. chas Prioras , y Abadelas no tienen orden Cles rical , mi poteítad , O jurifdicion Ecleñallica,o elpiritual como por. cierto alsienta Palaos 2.24 Salmantictníe , 1153. Coninch , di/p.15. dubit. ¿Pum. 2. y alli cafi todos, contra Navarro ,: y; Ñ * Ñ 4 ' 4 *Enriquez , citados por Palaos 14 ¡002 Lo 2..Por las palabras puellas en ell numero antecedente , fe Ciflingue la 5uípention de la Deícomunion, y del.Entredicho , ea que la Defcomunion, ti es mayor;priva de todo lo que priva la Suípention,y de otras cotas mas;y aísi, dicha Delcomunion mayor, y la Sulpention le dittinguen : 2 anquamanciadens ab inslufo , vé tanguam fuperius , O inferivsa, Y lila Defcos munion es menor, ella lolo priva del vío palsival de los Sacramentos , U de fu recepcion; pero la; Sufpention no priva ex /e delwlo palsivo, Óré- cepción de los Sacramentos, fino lolo del vío dei; los atos de Orden, y de Poteítad de juriídicion Ecleíialtica; y (i priva del v[o'de algunos Sacra mentos, como es el celebrar, lolo priva de dicha] celebracion, en quanto es vío activo de Sacray mentos , 4 mas que la Delcomunion menor folo priva del*vío paísivo de los Sacramentos; y la Sufpenhion no efta limitada 4 privar de folo el vío agtivo de los dacramentos , fino que tambien fe eltiende a privar del víoadivo de otras funa ciones Ecleliaíticas, que no fon Sacramento. LO otro, en que la Delcomunion y aunque priva de los miímos vienes de que-priva la Sufpeníion, pero esbaxo divería formalidad; pues la Defco. munion priva de dichos bi-neg ¿en quanto fon comunicacion in ivinis con los Fieles ; mas la Sulpenfion priva de ellos, no en quanto fon comimicacion in Divinis, fino en quanto fon vío., y exercicio de la poteftad orden ,0 jurifa dicion Eclefafica. 1003 Diferenciale del Entredicho , 4 mas de la diftincion arriba dicha, en quanto ados fuger tos capazes de incurrir ellas Cenfuras (pues el Entredicho le pueden: ¡acurgir los" Legos, y la Sulgenfion propris., de. que hablamos, folo los Clerigos) en que la Sulpention,/2unque priva de losbienes miílmos de que priva: el Entredichos. como es la adminiftracion de los Sacramentos; pero priva de ellos baxo divería formalidad , y, relpeéto, que el Entredicho ; porque la Suípens (ion priva de dichafadminiftracion de Sacramens tos, lolo en quañito: Íon vío , 4 exercicio de la 19 A We »

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