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Conferencia XVIII, De las tres vltimas De fcomuniones ¿>c, 251 "CONEERENCIA XVIL DE LAS. TRES U LTIMAS DESCOMU NIONES DE: LA . á *Bula dela Cena. - * i 8 A 4 f », iS , 3 , A * y S. L i Ye ó . 7 Mo p » re a pego, bl e SUPUESTOS A CERCA DE LAS TRES ÚLTIMAS | eq s “SUMARIO. ” ls Contra qu? per/onas fe impone la Defcómunian des Canon 18. dela Bula de laCena?n.954. 955: y 956» >» ; Contra qué perfonas fe imponela Defcomunion del Cangn : 9. de la Bula de la Ggna? numer. 957958 Y 959, | Contra que perfonas fe impone la Defeomunion : del Canon 20, de lawi/ma Bula ? mam. 960. y 961. el 954 Upongo lo r. Que en el Canon ! S 18. dela Bula de la Cena [cim- «pone Delcomunion contra cinco generos. de; perlonas: El 1. contra todas,y qualelquiera per» * fonas, de qualquiera ordeh, condicion , grado, y preeminencia «quelean , queimponen gavelas, tributos , pechas; di orras qualelqujera cargaya * 'Clerigos, Prelados y y peflonas Eclelaiiicas, O obre los bienes de los dichos,u de l4s Igieñas; Monaderios, Bencficios ¿0 labré losfrutos , re- ditds , y proventos y ora lo hagan dircóta , Oin- direétamente , Ora,por si ,,0ra por otros , como fea linexpretía licencia , y faculrad del Romano Pontificé. «El tegundo),contra los que piden le. mejantes tributos, galbelas., pechas , O cargas á las perfonas , O a lus bienes dichogs El tercero,« contra losque reciben dichos: tribytos , gaYelas, y ción écifs, Sc. impueltas a di perionas Eclefal- ticas, aunque cflas den M0 paguen dichas colas voluntaria, y efpontaneamente. El quarto, con» tra losque por si ,O por otros hazen yO difpo, ; nen , que dichosrtributos , y gravamienes fe im. pongan, O pidan a dicha perígnas; y contra los que executan el mindato de-la:impoficion, O Exaccion , y pedimento de dichos gravamenes;y contra los que procuran”, que le impongáñ ,o gue los, yá impucltos le pidan, y reciban. El quinto , contra losque dán auxilio, confejó , O “avor para imponcia pedir, o recibir dichos tri- butos, gravamenes, y cargas. Y renuevagl Papa los Decretos de losConcilios Generales; y Sacros ¿Cananes , que hablan de «lta materia”, y.junta- mente las penas én «ellos contenidas. Confia to», do lo dicho del Texto del miímo Canon, y le E | Defcomuniones dela Bula de la Cena, "dro ,di/pat. 18. “y perlonas Eclefialticas e . Puede ver a Palao, pundi.19. num.t.y 2.Leana waff. 14y 13. Corella ,. $ 23 106.18, V lt RS y e 5 ¿255 Supongolo 2. Que dicha Delcomui nión no comprehende" a las ¿perlonas: contra quienÍe impone , quando piden”, cobran , dre. ciben dichos tributos yy cagas a los Clerigos; icas ,en los calos:en'que por, Derecho los pueden licitamente pedir, y las taleb perlonas Eclclialticas efán obligados 2 pagat= los; porque dicha Defcomunion: no fe puedeina -Currir.y 110 que le'peque mortalmente centra lo difpueño en el Canon. Y como quardo fe haze licitamente por permitirlo, el Derecho, y *eftar ellos obligados a pagarlos , no ay pecado mor= tal ¿como tampoco quando le piden, .ó imponen; con exprefla licencia del Papa : pór elto,quando” le piden , € imponen con dicha Ucencias 0 por permisirlo el Derecho, y eltar los Eclefiafticos obligados 4 pagarlos *no fe incurre en: diclía! Deo ' 956. Supongo lo 2. Que por bienes, de los Eclefíafticos Fde que habla el Canon ¿no lolo (e* entienden Jos que tienen por titulo Eclefialticos como por razon de las Jgleíias, Monafterios, Bes neficios ,preftimonios , penfiones, U otrostitúiy los Ecleffíticos , ino tambien lus «bienes patri. moniales, O que los tiénen por titulo de dopaw , Compra , Y otro qualquiera. Elle Supuel to, estiertó entre los Doétores, como le: puedé vér en Leandro , quef.: 2. Corella, dicha gor,: 16. Palao, num. To. Salmánticeníe, de Ordine, . Cape?» punciRz. umm.36. Pero advierten , que li dichos bienes , que los Clerigos tienen por ras zon de herencia”, donacion, O compra, eftuvie- ren grayados gon alguna pécha á triburo , O car- ga, contribhoion , O fervidumbre ; podrán los Principes , y Minillros Seculares , y otras peru lonas Legas pedir, y cobrar dichos gravamencs, pechas ,O contribuciones ¿4jn contravenir 4 la cenfura de elle Canon ; pues dichas cargas .no' fe han imPuelto a las perfonas RelefiaÑicas, ni 2 lus bienes, fino. que yA eftaban impueftas antes que pallalien ¿de y no le les piden como a pe: lonas Eclefiaflicas , fino como a: Herederos; Legatarios, Donatarios , ác. aúnque para pagar : ellos

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