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3 rt AM IR 2.48 Tratado EV.De las Cenfurás en efpecie. Porque fiendo cierto,que á lasperfonas, Igleías, y Monalterios,de que habla elCanon (uelen per- tenecer por razon de las mitmas Igleñas, y Vo- nallerios, la jurífdicion temporal, y la elpiricual, y.mas inmediatamente la efpiritual , paréce cier- to, y fin duda, que tambien efta le comprehende en dicho Canon. i 943 Ni.coñífta'el fundamento de Alterio,que es el yá apuntado, de que en los Canones antece. dentes le hablo de la jurifdicion elpiritual ; por- que no esinconveniente,que lo que ya ella pro- hibido por vna Leyfe prohiba parcialmente por otra"; y lo otro, porque en los Conbnesantece- dentes,no fe habla con tanta exprefsioh, como en elle ,de víurpar dicha jurildicionelpirimal. Y profiguiéndo:enforma ¿la refpueltaal argumen: so,fe niega: la primera confequencia;y a la prue. ba de ella, fe niega la mayor, la menor, y la con. uencia3 porque en dicho Canonte exprella biftantemente , que la Defcomunion fe impone contra los que víurpan la juriídition tempora), y aun tambien la efpiritual , como (e ha dicho en el numero antecedente ; y rámbien (e exprella baltantemente, que le imponecontra los que fe. queftran los bienes, de que alli (e habla , por qualquier mutivo que ló hagan. Y CASOS BXTO, cD4d Raciano víurpd'en yna ocalion los fratos, d bienes que perteneW - cian al Papa, en quanto Priricipe ,y Señor tem= poral. Preguntafe, fi Graciano ¡incurrió en la De/comunion del Canon +7.impuéña contra los que ofurpan los frutos , bienes, ó provechos,que pertenccnal Papa, y a laSilla apoffalicarRel- pondo;-que Gráciano no incurrió en dicha Defa comunion, Tta Suarez,m. 95. Palao, pun? 18. mum. 13 «donde lo dan por cierto, contra Bona- cina citado por Palao. Y la razon de nutítra rel pueftacs , lo primero ; porque el Papa en dicho Canon; folo atiende, y mira ala defenía, y pro- teccion de la Silla: Apofto!ica, Igletias, Moralte. rios,y pertonas Beleliablicas enquanto tales: sed Sic eff que Graciano vfurpando dichos bienes9 frutos del Papa , en quanto Señor temporal , no hizo injuria, vi agravio al Papa , en quanto tal, nia la Silla Apottolica:, en quanto tal : Luego Graciano no incurrió en dicha Delcomunicn. 945 Lo 2.Porque'fi Graciano huviera víur- pado los frutos, ó bienes que perténecian al Pa- pa; por razon de (u Patrimonio, d Titulo Lego, y quele pértenecian por dicho Titulo, en quan- to perfóna privada, no huviera incurrido en di- cha Delcoritunion; como todosdeben confellar, y confta delo dicho en elta Conferencia , Con» clu/.8. num.910. Luego ta mpoco aviendo víur- pado dichos'bienes ,0 fíutcs , que pertenecian al Papa ,eh' quanto Señor, y Principe tempo- ral, incurrió en dicha Delcomunion, Ea con. lequencia fe prucba; por cello no la incurririg: ¿ hion los que vfurpan losbienes , que pertenecen víurpando los bienes, y frutos que pertenecieen á al Papa por razon de fu Patrimonio,y como pera. (ona privada porque no eran bienesEclesialiicos, ni pertencciarral Pontifice,en quanto tal: Sed: 9 eff, que tampoco los bienes , que pertenecianal Papa,en quanto Principe,y Señor temporal.e frutos, y bienes Ecleñallicos , nile perteneciand el en quanto Papá: Luego Graciano no incuridi en dicha Deícomúnion. Lo 3.. porque avienda| añadido el Papa a la pálabra 2 Vos ¿as palabras, ad Sedem Apofolicám , ballanteménte pr que en aquel ad Nos, no habló dé si mifino , ey E quantoPrincipe,y Señor temporál fino en quana | to Principe,y Señor efpiritual de la Igleña:Lues * F go para incurriríe dicha Delcomunicn, vlurpan= HE do los bienes, y frutos , que perténeten al Papa, E ho le deben pertenecer en quanto es Principe, y 1 Señor temporal, fino en quanto Prinsipe, y Se. E ñor elpiricual: Luego no aviendo víurpado Gra. E ciáno bienes, frutos , que pertetiecen al Papa, en quanto Principe , o Señor efpiritual, fino en E quanto Principe.y Señor temporal, no incurrió E en dicha Delcomunion. > | TS e E a e Ecos Objecion contra la refpuefa al cafo. 946 LL Papa en dicho Canon habla de E los frutos,y bienes, ic. que pero tenecen á el,O ala Silla Apoflolica, ibi: ¿td Nos, O Sedem Apofolicam : Sed fic yf?, que elas pa» lbrasfon generales, y comprelienden, no folu al Papa, en quanto Principe, y Señor elpiritual, y los bienes, que en quanto tal le pertenecen, fino tambien al mimo , en quanto Principe, y Señor temporal,y los bienes que como á tal le pertenea cen: Luego no folo incurren en dicha Delcomua A A A TA al Papa, en quanto Principe, y Señor e(piitual, fino tambien el que víurpa los bienes, O frutos, que le pertenecen como a Señor temporal. Ref pondo , concedo la mayor , y diftingo la menor: eftas Palabras fon generales, y comprehendende $ lu naturaleza, y per fe loquendo, no lolo al Papa, E enquanto Principe, y Señor efpiritual, y losbies. + nes , que en quanto tal le pertenecen , fino tamy $ bien al Papa,en quanto Principe,y Señor tempos + ral, y los bienes , que comó a tal le pertenecen; 3 concedo la menor : eftas palabras fon generales,y comprehenden, /egun la mente del Papa,y el fin 2 que tiene en dicho Canon , al Papa, nofoloen quanto Principe, y Señor elpiritual,y los bienes, A que cn quanto tal le pertenecen, fino tambien al + Papz, en quanto Principe, y Señor temporal, yo los bienes , que como átal le pertenecen, niego +. la menor, y niego la confequencia; porque cl fin que el Papa tiene en dicho Canon , es defender dichos frutos, reditos,d proventos, y la libertad: Eclefiaftica contra las Poteftades,y perfonas Le. E gas publicas, y privadas ,en lemejante modo ,y ilines E «forma , que intenta en los Canones antecedentes de- ¡E
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