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Conferencia XVI Delas tres figuientes Defcomuniónes, (>, A 23] dicion Eclefiatica , como arriba le ha dicho: mer. 28. donde dize, que quando le pone ena Sed fc efi, que a dicho fin, y motivo le opone inmediatamente el Juez Secular , que avoca ¿si dichas cauías , O haze las colas en dicho Canon prohibidas, aunque o haga fin pritextar y 0 A- mular jurifdicion fobre ellas: Lucgo aunque Za. neto huvieffe avocado á sí dicha cauía bin pre- textar , 0 fimular jariídicion fobre ella , incurrió. en dicha Defcomunion. Objecion contra la refpuefa al cafo, 884 N el texto del Canon 14. le dize, E hablando del modo que fe ha de hazer dicha avocación: Anclóritate propria , as de faéso quarumcnmque exemptionun, O pras textu: sed ficef que aquella particula , ac, es vnitiva , y copulativa de los eltremos , entre los qualesle pone : Luego/para incurrirle dicha Delcomunion del Cancn , avocandofe el Juez Sccular las cauías , O haziendo las cofas en el rohibidas , es ncceffario que las haga con auto. sidad ,judicial, y juntamente fimulando, d pre. textando jurildicion lobre ellas. Refpehdo al ar- gumepto , concedo la mayor, y diftingo la me. nor: la particula ac , es vnitiya, y copulativa fiempre , y en todos calos , niego la menor ,'re= gularmente, y por lo comun hablando , conce» do la menor ; y niego la confequencia ; porque dicha partícula ac, no tiene mas fuerza para vnir , y copular etremos , que tiene Ja partícula O; puesfegun Barbola, dich. 3. con muchas le- yes, y Autores. que alli cira regularmente fe po. ne dicha particula ac, por la partícula Y, y eta no fiempre fe toma copulativa, y vnitivamente, aun quando Íe pone en vna oracion lola ¿como fe puede ver en el milmo Barbola, djé?.1 10.04» AE AN ON tre colas, que fon de va mimo edo, no le toma copulativa , dino divilivamente , co. mo quando [e dize : Concedo t/bi omnia , que talis exércere potes , de jure O" cunfurtudine, que en elle calo le reluclye en disiuntiva, yes lo milmo que li dixera , de jure , Vel confuetaa dime 3 y como la execucion de las cofas en dicho Canon prohibidas , ora fe haga por el Juez Se cular , prétextando , y fimulando juriídicion fos bre elias, ora (ea fin pretextár, fi fimular dicha jurildicion , tienen el milmo 'efedto de injuriar, y ofender la Authoridad de la Silla Apoltolica,y; jurifdicion EcleGaftica ; por elto no fe debe tos mar dicha particula copulativamente, fino divify livamente, , 885 - Y le confirma la folucion ; porqué dicho Barboía , mum 0, dize , Que li vnTefta.. dor dexa vna dilpoficion, en que diga:Lego cena tum omnibus Dobluribus Furis Canontci , (O Civilis; no es neceÑiario , que el que ha de gozar dicho Legado, fea juntamente Dotter en Deres cho Canonico, y Civil , fino que bafta que lo (ea divifsivamente , 9 Dodtor «en Canunes. $ Doc= tor enLeyes; Sed fic ef? , que en la clauíula cia tadá de Barboía (e pone la particula €, en via! oracion perfeÉta. Luego anque en el Cañon 14.[c ponga la particula ac, en va oracion pera feta, no le inficre quete aya de tomar copuldz tive , respecto del ancioritate prepria, y del exemptionum pratextu y (ino que bafta que (8 tome divi/sive; y por configuiente , que el Juez Secular, que executare alguna de las acciones en ,€l prohibidas ,'ora con pretexto de jurifdica cion ¿ora finel , incurre en dicha Deícomunion, E yt - YE y E V2

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