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230, dls, Tra Ds pueíta , no incurrió en dicha Deícomunion, La menor le prueba ; porque todas: las referidas palabras fignifican concurío politivo, phylico,0 moral como coníta reparando en ellas; porque cometer, y executar, que íon las dos primeras, fignifican concurío, phy1ico,, aunque tambien fe pueden cfender al concúrio" moral. Procu. rar dir auxilio ,confejo , O favor , fignifican concurfo' moral , aunque tambica algunas fe pueden juntar con el phylico. Sed fs ef ¿que aunque Freínedo fuelíe (nperior de dichos luge- fos, ú de alguno de ellos , fi dexo de impedir dicho maltratamiento , y vitraje , folo:por pura, negligencia , y fin otra mala intencion ¿no con- currió a dicho vitraje, y malrratamiento con concurío pofitivo , phyfico, ni moral, lino folo son cóncurfo negativo : Luego Erelnedo, aun- que fueffe fuperior de dichos tugetos, 1 de algu. mo de ellos, (1 dexd de impedir dicho vlrraje Lolo y pura omiísion , y negligencia, lin otra mala ¡ntencion, no incurnio en dicha Delcomunion» Objeción contra l fegunda refpueia » Al ca/ 0» 873 Icha Deflgomunion fe impone D contra los que dircéta,, o indi. reótamente fon cauía de dichos vltrajes , y colas En el prohibidas. SedJGc.e/8 que (1 Ereinedo era Juperior de alguno de dichos (ugctos, aunque: dexafle de imp: dir dicho vlraje por. fola"omi(s fon, y negligencia, y fm otra mala intencion, era cauía 3 lo menos indireéta de dicho vitraje: Luego incurrió errdi ha Delcomunion.Relpon » Ho, diftingo la mayor ; Dicha Dielcomunion Te impone contra los que Lon canía “direóta, O indiredtamcnte de dichos vitrajes , y cofasen El prohibidas, fi fón cauía phyfica , pofitiva , O fuoral , concedo la mayor : Si lon folo caula ne- pativa moral, niego la mayor , y diftingo la fmenor del milo modo , y niego la confequen- gia ; porque aunque es verdad , que Freínedo, fiendo fuperior de alguno de dichos lugetos, pecaba contra caridad , y julticia en mo impedir Alicho vltraje , y málera o pero lolo con- curría , y eracauía de el puramente negativa, y,no politiva; pnes noponía Thfiuxo politiyo, phylico , ni moral, que fon los que pide el Ca- hion como queda probado : y. por configuien- ¿Ne y aungue pecaba contra caridad, y. jufticia ,ro incurrió en dicha > Deícomunioh, *y* Tratado xr De las Cónfuras en efpecios OBFECION If, 7 Contra la mifina refpuefa, MN y 874 Na Conferencia 9. $. 3. caf0 num.s 54- dexamos dicho; ri incurre en la Defcomunion del Canon 374% obligado de julticia a evitar Ll :percuít ion de Clerigo, y pudiendo, fin grave drtrimento,é tarla, nola impide: Luego también 19cUn enla Defcomunión de dicho Canon 12, el eltando obligado de julticia á evitár dich ys trajes, y vejaciones 5 y pudiendo evitarlass dexa de impedir , 1unque (ca Lolo: por d pura omilsion, y negligencia : y POr COB y e Ae £ te, la incurrio Freínedo. Relpondo,cohe el antecedente, y niego la conlequencia. Me diíparidad conkifte , en que 11 cap. Quante,s de fentent. toccomimanteasiom Le difine expre mente , que incurren €n dicha Delcomún del Canon , Si q fuadente , los que clan obligadas de jufticia a impedir la percufsion; pudiendolo hazer , no la impideñ ; phes hablán do expreflsmente de los dichos, dize el Pap Eos delinquentibus favere interpretan y n cum po/sint, manifefto facinori definan ob re, Pero en dicho Canon 12, nofolo no fe e prelan los que eftando obligados 4 evitar dich viraje, ho le evitan , mas ni aun implicig mente los comprehende , como diximos en fegunda reípuettas j Juadente, Oc. el que fiendo tuperior, 9 ell CASO TERCERO, | 2875 Uber occ O do , y juntamente Señor de el lo temporal, y asi gozaba de Juriícicion Eg Galtica, y Secular ; y en vna ocalion 2y0c0% vaa cauía ,que fiendo efpiritual perdia$ avia empezado ante vn Comiffario de la$ Apoftolica: Prezuntafe:, /: Fileto incurrió la Defeomunion impueJta en el Cánon 141 6 tra los que avocan a si las caufas efpiritia O anexas d ellas , de que babla el dicho Cam Reípondo lo primero , que ( Fileto avotó Y dicha cauía ,en fuerza de la jurifdicion Sec que tenia ; y valiendole de dicha autoridad! poteflad Lega , incurrió en la Defcomuñíi n Canon 14. ]ta Leandro ,difp14. quad: 5. E0 otros que alli cita , Suárez , /ec1,2. numtr7ó Palao, puné?,1 5.1.6. y es de todos. Vila FARO €s pocas el fin , y motivo de dicho Carón; el defender ¿no folo la autoridad, y juril de la Silla Apoftolica, ino tambien la ¿nm Ecleñaftica,y la jurifdicion cfpiritual delos ] zes de la IgleGa. Sed /5c ef? , que fi Filete gozan do de jurifdicion efpititual, y juntamente de tsmporal, y lega ¿fc valió de dicha juri(di cion

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