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Conferencia XI.De la Defeomunion, que fe incurre poreliDuclo, dc. 167 $.7. dedicha Confitucion de Cleomente , dize: Cajas interdiédi relaxabionem as EXCOMMUNE= eationis abfolutionem ab alio, quam 4n0b1s,4u5 pro tempore exiftenté Bomano Eontifice, porni- tentia, O [atisfaclione congrue per acta , me in mortis articulo conffitutiz nequeart obline e, etiam pretextm, quarnim01s facultatum , Des, Veafe dicho Manuel , di/p. 5. 4 q44/k. 1. ad 4; Salmanticeníe, /upr. NuNm.45 + * 638 Supongulo 7. Que d cerca de fi las dichas Leyes Pontificias eltán recibidas, O no en Alemania , ven'Francia, ay a guna duda entre los DO. pues lo niegan algunos, y otros lo afir: man; como fe puede veren dicho Manuel; di/p. 3.quef.16. en Diana, part. 1 1. bradh, 6. refol. 26. Y en efe punto tengo por-mas probable (li yá no es cierto) que dichas Leyes, y en elpecial la de Clemente VIAL. eftán recibidas en dichas partes de Alemania, y Erancia ¡pues dicha Bula de Clemente VII mira direétamente contra las Regiones Seprentrionales; pues dize; Verzm quia ¿um magna animi nofiri moleftra , inbelle- “ximas adbúc inquibufdam, prafersim Tranf- alpinis,O* remotis Regionibus,O'c.decerpimús, O declaramus,cafdem Conffitutiones,ac decre- tum locum babere ubique gentium , O* terra- rum inter quafcumque perfonas, Dc. Y de Ale- mania affegura el P. Arriaga eltár recibidas; y de Francia lo a(legura Duvalio,Doéfor Sorbonico, referidos por dicho Manuel. Y finalmente , en efle punto,los Eltrangeros, verán" como fe: han de portar, que en muellra paña no ay duda eftan recibidas. y ¿ Ms 629 - Supda go lo 8. Que en. orden a elle aflismpto del dj:< lo.ay vna propoficion condena. da por Medir VII. y es la del numa. de fu Decreto , que dize aísi: Vir equefirisad due: Dlum provocatus, poteft illud. acceptare, De ti * miditatis notam apud alios inccurrat. Y aísi, el Cavallero defafiado , que admiticre el duelo, porque no le tengan otros por cobarde, pecard mortalmente, y por configuienteincurrirá en la Defcomunion set: alsi como elta no [e in» curre quando el duelo no especaminolo mortal. mente , alsial contrario fe incurre fiempre que en el duelo , 0 delañio ay culpa mortal; | 640 Supongo lo9.Que el Principe Cátho. lico,que para el duelo coficediere lugar, O cam po á los Inficies . no incurre en la Delcomuvion impueta por el Tridentino 5 pero la incuxgira ( dicho lugar ,'9 campo lo concediere a yn Chril- tiano, O Fiel , para el duelo, 0 delafñin , que quiere tener.con vn Infiel. Ita dicho Manuel de la Concepcion, di/p-4» quef 2.3. Thom. 3an-* chez, fupr. num. 29. Barbola , gn. 18: donde lo fuponen por, cierto 3pero fe advierte, que aunqueconcediendo dicho lugar, y eampod los Inficles , incurran: en dicha Defcomunion; pero pecar» n mortalmente, concurriendo de elie mo- do á la muerte , O vulneracion de dichos Infie- , E les y£i no le eicuiare algunasjulla , y razonable cauía. Y aunque los Hereges verdaderamente bautizados, (can en todo rigor Chrililanos;pero como el Lridentino tn aquel Imters hniftianos, entiende a los £ hriftianos Catholicos,y queco. munmente vienen con.el nombre de Chriftianos, y los Heregos comunmente no fe reputan: por Ea:gs» y por Chritianos Catholicos, por ello di £h6 Manuel, que/?. 4. con Pedro Hurtado tiene por cierto, que dicho Principe, que en lus-Cijer- ras permitiere «1 duelo a los Hereges no incurre en dicha Defcomunion del Tridentinos 641 - Supongo lo 10.* Que el que fe ófrece para ir a mirar el duelo, cor animo de impedirio antes que empiezen a batallar , 9 reñir, no ina curreen la Delcomuvion ; pero li le ofrece para” ir amirarlo , conanimo de impedirlo , defpues que ya ayan empezado á reír , o batallar , y gue le aya derramado alguna. langr: ,o dado alguna herida incurre en dicha Delcomunion. Ebe 3upuefto es cierto entre l0$ DD). como fe po ver envdicho Manuel, 9.13. donde cita d os demás. Y la razon es. porque ofreciendole á mirarlo antes de renir, o Pi e no peca , fino que antes exerce vmadto de virtud. ¿ed fic ER, que la Delcomunion contra los duelantes , no fe incurre lin pecado mortal: Luego el que le ofre» ce a mirar el duelo ..con animo de impedirlo antes de empezara reñir, y baríllar , ho incurre en dicha Delcomunion,: Y como al contrarios quando le ufrece á mirarlo con animo de impea dirio, depues de averle derramado fangre , d dado alguna herida , peca mortalmente endicha of:ria, y cooperacion; por efto en eite calo ins curre en dicha WVeflcomunion, , + 642. Supongo lo 11. Que (uelenlos AA .pre- guntar en elta materia , íi el que aconfejó el due- lo, y antes que le executalle , revocó dicho cana fejo , e hizo quanto pudo para que nofe figuiel= fe dicho duelo ; y no obítante no pudo impeñir- lo, incurra , o no en dicha Delcomunion > Mas ¡por quanto tado lo que fe puede dezir lobre efta duda , lo dexamos reluelto enla 4. part. tradi, 14 Confrr.2. $.3.09/0 458 numa 150, dá 161, ¡por.elfto dexaremos de tratar aqui dicha dudao «queltion de la revocacion del contejo, porque le puede ver alli , gue circunitancias ha dé tener dicha revocacion del conejo,» y tambien. de el mandato , para quele"diga fuficiente , y eficaz, en quanto 4 eícular de incurrir las cenfuras,y las diligencias , que debe hazer el mandante, o con- Gliante, para no incurrirlas » las quales circunl- tancias, Y diligencias le explican por todo jel dicho Za/o: a. y en elpecial en el numer. t 54. y el 161. y en efe la diflincion , que ay entre el wandante, y coníulente para las diligencias, que cada vno debe hazer, para revocar (uficiente- mente el mandato ,o confejo. DAN 643 Supongo lo : 2. Que los criados que cícriven , O llevan los papeles al delaño , por or-

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