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-ConferencialX.De las per fonas que incurren en la DeJcomunian, UP: 14S Objecion contra la primera re/puefas $77 E' que queriendo matar á Pedro, mató a Vablo,ignorándo inven« ciblemente quefuelte Pablo, y juzgando con di. ¿ha ignorancia invencible , que exa Pedro, no efta obligado ¿reílituir los daños ocationados de la muerte de Pablo : Luego el que mata á Anto nio Clerigo, ignorando inuenciblemente que lea Antonio,juzgandole invenciblemente porPedro, no incurre en la Delcomunion del Canon: Luego Marcial, en el caío de que hablamos, no incurrio en la Delcomunion del Canon. El primer anteces dente fe prueba , porque aísi lo lleva M anuel de la Concepcion, tr.10.di /p.1.9.26.COn otros que alli cita, Tamburino, /apren.3 1. citando al Car= denal de Lugo, Refp.al argumento. Lo r. que aunque dicha fentencia. la defienden dichos Aa. la contraria es de otros muchiísimos , como le puede vet en los AA. citados. Relp.lo 2. admi. tiendo el antecedente , y negandola coníequen- cia,y la difparidad confilte, en que para que aya obligación de reltituir algun daño caulado por el homisido, es necefíario, que dicho homicidio fea woluntario, € injurioforetpeto de los herederos del difunto, 4 quienes le debe hacer la reftitu« cion; porque nadie efta obligado a reflituir el da, ño caulado,á otro,li no ha cometido culpa, d in- guria en caularle dicho daño; pues fuponemos, que no Íe habla de la obligacion de reflituir ras sione contraltas, vel ratione rei accepte ,welra: tione iniufie acceptionis, no lolo ratione iniufa 14 damnificationis. Y como el que mató á Anto= nio,igndrando invenciblemente que fuelle Anto. nio, y juzgandole con dicha ¡gnorancia iavencia ble por Pedro , no pecó contra los herederos de 'Antonia, ni les hizo injuria voluntaria caulando + les dicho daño, por efto no elta obligado ¿la ref tisucion ; perocomio para incurrir la Deícomu- nion del Canon no es necelarioque la accion, d percuísion lea voluntaria,y pecaminofa,relpedo: de Clerigo determinado y fino que balta que tea mortalmente pecamino/a , e injuriofa al ¿fado Clerical;y li dicha perculsion es homicidio, bala queíca pecaminofa , y voluntaria en razon de Clericidio; y el homicidio que cometió Marcial, fuewoluntario, y pecamino fo en razon de Clerja sidio, por cíto Marcial incurrió endicha Delcos munion del Canon. ñ Objecion contra la fegunda re/puefa al cafos 578 Edro, enemigo de Marcial, conve. Pi en quanto Clerigo conAntonio en quanto Clerigo: Luego 1 Marcial advirtió, y concciósqueAntonio era Clerigo, aunque no ada virtiefle que era Antonio, y ¿ quilo matará Cleri- 20, y de fatto le mato; Sed /íc e/f, que el que vos luntariamente mata al Clerigo, incurre en la Dele gomunion del Canon; Luego Marcial , en el gaíg Part. y de que hablamos ¿incurrió.eh la Deícomunion, del Canon. Refpondoal argumento , dillingo el antecedente. Pedro, enemigo de/Marcial, conves nia en quanto Cleriga con Ántoñio en quanto Clerigo,con conveniencia real, O 4 parte rei,mes go el antecedente : Pedro ¿ enemigo, de Marcial, convenia en quantoClerigo conAntohio €n quan- to Clerjgo ¿con cunveniencia de razon formal, y; . ex parte intelleóius,concedo el antecedente,y dif. tingo el configniente. Si Marcial advirtió, y cos noció que Antonio era Clerigo,, aunque no ad. virticfle que era Antonio,ya quiío matar a Clerig govws fic, 0 ¿lola la razon de Clerigo , niego el Jupueño del configuiente; yá quilo matar á Cleg tigo en quanto conocido por el,O a Clerigo deters minodo ,concedo la conlequencia , y concedida la menor (ubfumpta,niego la fegunda confequen. cia. La razon de la folucion, y diflincion dada es; porque aunque es verdad que Pedro,y Antonioy de nucítro caío , convenian enla razon de C/eri. go, pues vno , y otro lo eran ; pero dicha conve. niencia no ceníifte en que aya alguna razon de Clericato comun á parte rei á.entrambos, por la qual le puede decir , que el que mata ,Ó quiere matar a Pedro,mate, o quiera matar a Antonioz fino que dicha conveniencia confifie, , en. que el entendimiénto puede pre/sindir , o concebir la razon deClerigo comun ¿Pedro,y a Antonio (in concebir la Petreidad Ó Antonicáad. Y como la percuísion,o poficion de manos violentas de Mara cial no fe encaminaba, ni dirigia d dicha razon de Clerigo precia,O abfBraida, fimo enquanto ton. traida Pedro por la Petreidad Lin entaminarla, ni dirigirla de algun.modo,con advertencia, y vo» luntad a la razon de Clerigo contraida ¿Anto nio. De aquies, que dicha muerte, O perculsion no fue voluntaria en Marcial, en quanto percuí. fion, y muerte de Antonio,y 3Ísi por ella vo pu- do incurrir en dicha Deflcomunion.Por otra par- te lolo el afecio ; y voluntad que tenia de matar. a Pedro, no era fuliciente para que no aviendole muerto ni herido, incurrietle en la Delcomuniony conque por ningan capitulo la incurrió, 579 4 onfirmalc la folucion dada.Porque la voluntad nunca quiere aquello que no conoce, y propone el entendimiento dea fe «ff ¿que el entendimiento de Marcial. np concció exprelía, ni confuíx, d indeterminadamnte la percuísion, 9, muerte de Antonio :. Luego de ningun mcdo quiío matará. Antonio,ni fa muerte le fue voluna taria , y le corrobora todo lo dicho. Porque (u-, pongamos que ( como pudo fuecder ) dicho Ang, vonio, en el calo propuello, huvieíle do hermas no,o padre de Marcial, 4 gullenes entrañablemena t2,y como a hermano..o padre ama)a, quien día ra, que enelle calo la muerre de dicho Antos nio feria voluntária de algun modo A Marcial? Quando a tes le. feria. totalmente.contra lu vO= luntad, y tendria gran. dolor de averle muer-, £0.. Ninguno ¡lo diria : Luego: precilamente , - e

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