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Conferencia IX. De lasperfoñas que incurren en la Defcomunion, 7c. 14.1 OBFECION dif. Contra lamifma re/puefa. 544 L Derecho Natural concede 4 E los padres el poder caftigar , y corregir los deliros:de fus lubditos , y familia. Sea fc efi, que el hijo de Liberio , Ordenado in «Socris, esa de lu familia: Luego el Derecho Natural le concedia el poderle corregir, y cal. tigar , fin incurrir en dicha Defcomupion. Rel. * pondo., diftinguiendo la mayor: El Derecho Natural concede 4 los padres.el poder caftigar, y corregir los delitos de lusfubditos,'y familia, cor caftigo proporcionado , y correlpondiente ¿la qualidad, y dignidad del delinquente, con cedo la mayor ; cn caftigo no proporcionado, nicorrelpondiente a dicha papu » Y dignia dad del delinquente , niego la mayor ; y admi. tida la menor, niego la conféquencia ¿porque ¡tel derecho , y diétamen natural lolo concede el ' que los padres caftiguen a lus hijos con caltigo proporcionado 4 la dignidad-de lus períonas ; y no esproporciónado y y correlpondiente caftigo el que por si mimos le executen con los Ordes nados im Sacris; pues la razon natural dia, que es indecente, e indecorofo el que aísi los egltiguen ; como fe ve claramente,en que fi pu- dieran caftigarlos del modo dicho ¿lo podrian hazer , aunque fueflen Sacerdotes, y Presby- teros , fi eftaban en lu caía , y familia, lo qual es difonanse a la razon. Dixe , admitidala me- mor ; porque le podia negar , quéel hijo de Li: berio, Ordenado ya in Sacris, fuelle de la fami. ' diz de Liberio,'en quanto a poder fer caftigado, 'Clerigos conflituidos en Orden Sacro mediante los Legos, O no Ecleñaflicos; atento el rigor del Derecho, niego ¿l antecedente : Los Prélados Ecleñaliicos pueden caftigar a losClerigos conf- tituidos m sacrís, mediante los Legos , O no * Ecleliafticos ¿atenta ls coliumbre fubdi ' el antecedente, ti lon Prelados ecleñialticos Res ligioíos , niego el antecedente ; (i fon Prelados Ecletiafticos, beculares , 0'no Religiolos , con cedo el antecedente , y niego la, conlequencia. De forma , que én fuerza del Derecho no pues ' den los Prelados Ecletiafticos, lean Religiofos, Y no lo (ean,caltigar alos Clerigos Ordenados ín Sacris, 6 a los xeligiolos fubditos , mediante las períonas Legas, lino que los deben corregir, y calsigar por lus proprias*períonas , menos en caío de neceísidad de no poderlo haz:r por s? miímos ; y entonces folo le pueden valer de otros Clerigos, o Religiolos, para executar dix Cho caltigo; como conita exprellamente, ex caps Univerjttatis , 24» de fertemt. excommunica, donde 'eXpreífamente lo decide el Papa por las palabras Mes : Nobis autem viáttur quod mijs caufa regularis difcipline hoc factat ábbas in propria perfona; vel (1/3 necefíitas urgeaty pur Clericuno, vel Monachum freri tubeas : dv qui tales verberari pracipit,quam illz, qui vera berant; ( esiam/s caufa fube/ffe ) excommunicas tionis Jententiam, donec ad apoftolicam Sedeme venian; ; nequaquam evadunt. 546. Y aunque en dichas:palabras habla ex< preílamente de Prelado Regular ; pero comun+ mente los VD¿lo eflienden, y encienden tama bien de los Prelados Ecicfiafticos,noReligiolosz como [e puede ver en Suarez, difp. 22. /4c?. 1% y corregido por el ,afsi como le negd., que en ¡4 94.42. ad 46. Manuel de la Concepcion, quanto 4 eficcfeto , eltuvielle baxo de fu pa- quef.ar . Villalobos, d:fffc.2 2. mur. 8. Palito, tria portflad, y que no le libralTe de ella en vire» tud del Orden Sacro. OBFECION 17, Contra la mifma re/puefa. $45 OS PreladosEclefalticos pueden 13 cafligar a los Clerigos conltituiw dos en Orden Sacro , mediante los Legos, d no Eclefafticos 5 pues pueden valerfe de dichos Le- gos,.para prender a dichos Ordenados ín Sas cris , para ponerlos En prifiones , y para lleyar- los 4 Galergs : Luego tambien el padre podra : licitamente , y fin incurrir en la Delcomunion, caftigar á lu hijo Ordenado in Yacris. Lacon- fequencia le prucba more no es menos inde- decente, e indecorolo el que los Legos caf- tiguen á dichos Cltrigogpor orden dedos Pre- lados Ecleliafticos, que el que los cafliguen di. chos padges por la antoridad que tienen. Reís pondo al argumento , diftingo el antecedente: Los Prelados Ecleliaflicos pusden caltigar alos fupr:S.3.» um.to . Diana, refolut»22. Pero ada * vierten todos los DD, que en dicho capitulo na «fe comprehende el Obilpo ¿en quanto a deber caltigar por lu propria períona: antes bien. por fualto grado , y Dignidad le efta prohibido el * executar dichos caftigos por si mitmo , ín capa Non licet ,86. dijtiné?. Y alsi debe valeríe de otros Clerigos , para-executar dicho caltigo, Y, añado, que fegun Palao , mum.9. con Félino , y Molina, dichos Prelados , quele yalen de otros Clerigos, para executar lemejantes caltigos, des ben atender, O á lo menos era bien ¿que atien= dan ¿que el Clerigo ; executor del cafligo . (ea de grado fuperior al Clerigo caftigado;pués dis chos AA. defienden por baftantemente probas ble , queel Maeftro conflituido en inferior gra 4 do Eclcfaftico, mo puede caltigar al Difcipulo conftituido en cs ell , por lerindecer 4 te, y contra el diétamen de la razon. 547 He concedido en la dittincion dada al antecedente, quelos Prelados Ecleliafticos , no Religiolos, pueden valeríe de los Legos , para prender, aprifionar, azotar , dec. a los Clerigos hs - eenítia

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