BCCSAL000512-F-10000000000000

Confer. V111.De la Defcom, que fe incurre por la percufsion de Clerigo. :x31. fo ,fecomparaba a los Donados de las Reli. giones , y era perfong.coníagrada a Dios:Lue. so gozaba del priviléBio del dicho Canon , co. mo le gozan los Donados,fegun arriba diximos: 501 Reípondo lo 2. Que aunque Socrates no*vivielle baxo de la obediencia , y Reglá de alguna Religion, en el modo dicho, 6 fervia en 7 digha Hermiga con voto de obediencia al Obil- po, u otro Superior Ecleliaftico ,el qual cftu.. vice fujeto , O por cóntrato,o por dichó voto, , para (ervir en dicha Hermica , gozaba tambien * del dicho privilegio del Canon. Ita dicho Ma- nuel, Pelizario; y los demás citados. Y la razon es, la dicha.en la relpuelta antecedente, y .502 Reípondolo 3. Que fi Socrates no tenia las condiciones dichas en las dos relpueltas antétedentes , fino que folo fervia de Hermita. ño, por vivir apartado del Gglo, aunque tuvie(- le licenci4t del Obilpo , para lervir á dicha Her. “mita , no gozaba del privilegio del dicho Ca. mon. Es de los milmos AA. Y la razones; por- ' que aunque tuvielle licencia para lervir 4 dicha *' Hermita , no teniendo las qualidades, y condi- ciones de las relpueftas' Antecedentes , no tenia modo eltable , y firme de vivir. confagrado , y dedicado á DiosH ni era perfona Eclefiaftica; pues podia, por (ib libre alvedrio , y'voluntad, mudar de vida ,0 eflado: Luego no ay razon ' alguna, para que goza(le del dicho privilegio del Canon» Objecion contra la primera , y Segunda d re/puefña. $03 OS que gozan el privilegio de el Canon , gozan del privilegio del Flero. Sed fic ef, quelos Hermitaños , aun- que tengan las qlialidades , y condiciones de la primera, y fegunda refpueita, no gozan del pri.. vilegjo del Fuero , fegun algunos , que fin po- ner (us nombres, refiere Diana, part.4. tradi.r. refotut.3 5. Luego dicho Socrate$", aunque tus vieíle las qualidades, y condiciopes de “dichas primera , y fegunda relpuefla , no gozaba del , dicho privilegio del Canon. Refpondo al argu- mento lo r. pegando la mavor; porque. como le dixo en la conclulion primera de cla Confe- rencia num. 469. ad 473. mas condicignes le requieren ¿lo menos deípues del Tridentíno, para gozar el privilegio del Ganon, que para + gozar el privilegio del Fuero; pues dio on- cilio pide , que los Clerigos de menores Orde. , nes,d masde llevar Cogona, y Habito Clerical, eften dedicados al fervicio-de alguna Iglefía con licencia del Obitpo , O eltudiando en alguna: Univerfidad ¿9 Seminario , como fe dixo en el ligar citado;-los q uales requiíitos no fon todos n-ceflarios , para que gozen el privilegio de el Canon , como alli queda probado. 504 Reípondolo 2, en forma ,admitieng + . dola mayor, y negando la menor ; porque que los Hermitaños, de que hablamos en dicha pris mera, y fegunda refpuella,gozen del dicho pri. vilegio del Fuero es lo verdadero , como con Otros muchos afirma Diana en dicha »e/ol 35- y Palao, tract. 2. difp.onic.panél.a num 19. E OBFECION 1. Contra las mi/mas re/puefas. 505 50 gózan del privilegio del Ca. non los Clerigos, 0 Monges, 82c. Si quis iu Clericumyoel Monacbum.,Sea ic ef, que los Hermitaños , aunque tengan lasquali= dades dicttas en la primera, y legunda refpuef: ta , no [on Clerigos , ni Monges: Luego no poo de dicho privilegio, Reípondo., diftingo a mayor : Solo gozan del privilegio'del Canon los Clerigos, y Monges, que /on tales propria, y riguro/amente , niego la mayor : Solo gozan del privilegio del Canon los Clerigos , y Mon “ges , que fon tales propria, y rigurolamente, Y ¿Que lolon impropria , y reduchrvámente ¿con- cedo la mayor ; y diltinguida la menor de el milmo modo , niego la confequencia ; porque para que gozen de dicho privilegio , bafta que fean perfonas Eclefialticas , y dedicadas al fer vicio y y cúlco de Dios con 14 obediencia , y; fujecioh alli dicha ; pues de ete modo fon Clex. rigos , 0 Monges impropria , y redultivamena des : 'GASO QUINTO. 506 Enofonte en vn encuentro, que A tuvorcorivn Cavallero Lego del Orden de Santiago, le dió repetidas vezesicon + vna caña , maltratandole mucho la cara, e hi- rieridole grayemente en ella: Preguntafe, 6 Xenofonte incurrió en laDefcomunion de dicha cap. Si quis , Oc. Relpondo: Que Xenofonre incurrió enla Delcomunion de dicho Canons Ira Manuel de la Concepcioú, /upr: quel. 7. Diana, part. 9. trad?. 4. refolut.7. Bonacina, Jupr. num.6: Salmanticenfe , de Ordine, cap.7. pund.s. nm. 57. Pelizario ¿fuprs num. 148, Y es comuniísima de los DD.contra Palao, /up. mum. 6. Villalobos, /apr.num. vs. in fine , Dina. Y ¡otroscitados por elte , y por: dicho añade dicho Palao ¿que en Caftilla, y Portugal le practica lu lentencia. Y la razon de nueftra relpuelta es; porque los Cavalleros Legos de los Avitos de Santiago ¿Alcantara , Calatrava, sic. fegun la comun fentencia , lon verdaderos Religiofos de Religion aprobada por el Sumo po Sed fic eff , que todos los verdaderos eligiofos participan , y gozan del dicho privi. Legio, del o Sicho Corillo del Orden de Santiago gozaba del. dicho. privi. legio del Canon; y por contiguiente; Xenofonte incurrió: enla Delcomunion del miímo Canon, % avien= ri AR PRA A al

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz